Derecho Procesal Civil.
karlitha270394Tesis1 de Abril de 2015
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1.- Proporciona el concepto de Derecho Procesal Civil.
Es el conjunto de normas jurídicas que regulan los actos del Estado como soberano, de los particulares y terceros para que mediante la aplicación de la norma se resuelva un caso concreto.
2.-Quienes intervienen y en que carácter intervienen en el proceso civil
Juez: Titular, tiene fe pública cuando emite sentencias
Secretario: Responsable de expedientes. Los Secretarios de Acuerdos, así como los Secretarios Notificadores o Ejecutores adscritos, tendrán una fe pública amplia, en la que podrán certificar la existencia de eventos y circunstancias que dan lugar a hechos jurídicos o no jurídicos, dentro de un procedimiento que sucedan en el ejercicio de sus funciones, ya sea durante el desarrollo de una diligencia judicial, o que así lo ordene a discreción el titular del órgano jurisdiccional al que pertenecen.
Ejecutor El Ejecutor se limitará a lo que el Juez expresamente le señale en autos, ciñendo su actuación a la ley
Notificador
Partes, Actor-Demandado. Partes (Actores quienes formulan las pretenciones, y Demandado a quien se le formula dicha pretension).
Menciona y explica las etapas del proceso civil. (Ordinario)
1° Instancia.
Preliminar o previa.
Expositiva postulatoria o polémica.
o Demanda
o Auto
Prevención
Admisión
Desechamiento
o Emplazamiento
o Contestación
9 días
o Reconvención
o Auto
o Emplazamiento
o Contestación
Conciliatoria y de depuración procesal
o Audiencia de conciliación
Convenio
Cosa juzgada
o Depuración procesal
Demostrativa o probatoria
4.- Que ramas del derecho se relacionan con el proceso civil
5.- Por que decimos que el Proceso Civil es Oficioso
6.- Explique que es la acción
Facultad que tienen los particulares para poner en movimiento el órgano jurisdiccional (Demanda).
7.- Que es la jurisdicción
Es la acción del estado (Obligación que emite justicia) para decir el derecho mediante la sentencia
8-. Menciona las clases de competencia
• Inhibitoria
• Declinatoria
9.- Como se hace valer la competencia por inhibitoria
10.-Como se hace valer la incompetencia Declinatoria
11.- Que es una recusación
Que el juez ya no conozca del asunto, y se lo de a otro porque este ya externo su resultado.
La Recusación es la Facultad que la ley concede a las partes en un proceso, para reclamar que un juez, o uno o varios miembros del tribunal colegiado, se aparten del conocimiento de un determinado asunto, por considerar que pueda parcializarse o que ha prejuzgado.
En todo aquello en que no ha sido atribuido, un juez, aunque sigue teniendo jurisdicción, es incompetente.
Sólo las partes esenciales del proceso pueden pedir la recusación.
Artículo 1.59.- Cuando los Magistrados, Jueces o Secretarios no se excusen, habiendo impedimento, procede la recusación, señalando la causa legal.
Legitimación para recusar
Artículo 1.60.- Sólo podrán hacer uso de la recusación:
I. Las partes;
II. En los concursos, el síndico o interventor;
III. En los juicios sucesorios, el interventor o albacea;
IV. Cuando en un negocio intervengan varias personas antes de nombrarse albacea, interventor o representante común, se tendrán como una sola para el efecto de la recusación. Habiendo representante común sólo él puede recusar. No habiéndolo, la recusación se admitirá sólo cuando la proponga la mayoría, en proporción a la parte que
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