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Derecho mercantil


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2015  •  Apuntes  •  7.196 Palabras (29 Páginas)  •  120 Visitas

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DERECHO MERCANTIL

LICENCIADO OSCAR FLORES RABADAN

DERECHO VI

Contratos civiles y contratos mercantiles

En primer lugar debemos distinguir que los contratos  civiles son regulados por el código de comercio.

De lo anterior se deriva que para ser un contrato mercantil se requiere que al menos una de las partes tenga legalmente el carácter de comerciante.

Otra característica es que los contratos mercantiles dan lugar a procedimientos o juicios  más ágiles que en los que se ventilan los contratos civiles.

Perfeccionamiento de los contratos Mercantiles

Se presentan cuando ambas partes consienten en las condiciones que se pactan en dichos contratos, adquiriendo vida plena en instrumento jurídico y precisamente de ese perfeccionamiento son procedentes: la oferta o propuesta hasta el momento de la aceptación (perfeccionamiento del contrato) de otra manera esta podría no estar dirigida hacia algo real.

Forma de los contratos civiles

Las formalidades se refieren fundamentalmente a plasmar por escrito la voluntad de cada uno de los contratos y elevarlo a escritura notarial, no siendo obligatorio en todos los casos.

A continuación mencionaremos algunos ejemplos de contratos formales

  • Hipoteca naval, contrato de sociedad, el de seguro terrestre y marítimo, obligaciones contenidas en los títulos de crédito, etc.

Interpretación de los contratos mercantiles

Siendo la voluntad de las partes la esencia del contrato, desentrañarlo del contenido este debe ser actitud y operación previa de cualquier otra como serán la interpretación judicial o legal, naturalmente ejercitada por el juzgador quien deberá respetar en todo caso la buena fe como norma para su labor así se ha dicho que sería equivocado por parte del órgano judicial iniciar su interpretación del contrato aplicando supuestos y construcciones jurídicas, eso hasta que se ha agotado ese criterio emanado de la buena fe de los contratantes cuando el intérprete  podrá ir al encajonamiento del contrato dentro del casillero conforme a la ley pudiere corresponderle y aún más si fuere necesario llevar el instrumento al campo de la doctrina jurídica y a los usos y costumbres mercantiles.

Clasificación de los contratos mercantiles

La legislación y la doctrina los clasifica:

  1. Contratos nominados e innominados: los primeros se llaman también típicos y son regulados por el código de comercio, entre ellos se encuentra el de corregiduría, el de comisión, de  depósito, préstamo, compra-venta, permuta entre otros. A su vez los segundos son llamados atípicos, son aquellos que carecen de reglamentación expresa dentro de la propia ley, por ejemplo el de suministro, intercambio publicitario entre otros.
  2. Contratos bilaterales o unilaterales: se refiere en el primer caso a los que nacen obligaciones recíproca s para las partes; en el segundo supuesto, sólo surge obligación para una de ellas.
  3. Contratos onerosos o gratuitos: los primeros establecen provechos y gravámenes  recíprocos; en los gratuitos, el provecho es sólo para una de las partes.

Onerosos. Es importante mencionar que a su vez se subdividen en conmutativos y  aleatorios. En los primeros las prestaciones que se deben las partes son ciertas desde el momento mismo que el contrato se perfecciona; en cambio los contratos aleatorios dependen de una acontecimiento incierto o sufran perdidas.

  1. Contratos de adhesión: aquí una de las partes fija las cláusulas y la otra(s) parte(s) no hace sino aceptar dichas  cláusulas, es decir, se adhieren al contrato.

Lo contratos mercantiles se encuentran regulados en el código de comercio vigente de nuestro país del artículo 77 al artículo 88.

Compra-venta Mercantil

Este contrato se encuentra regulado en el código de comercio a partir del artículo 371 y demás relativos y aplicables, conceptuado: serán compra-ventas todos aquellos que el código de comercio les otorgue dicho carácter así como aquellas cuyo objeto directo y preferente se trafica (comercializar)

Es importante mencionar que las compra-ventas que se hagan sobre muestras o calidades de mercancía en el comercio se tendrán perfeccionadas por el sólo consentimiento de las partes.

Cuando el objeto de la compra-venta sean mercancías que no hayan sido vistas por el comprador ni puedan clasificarse por calidad conocida en el comercio el contrato no se tendrán por perfeccionado, mientras el comprador no las examine y acepte.

Compra-venta Mercantil a plazos

Cuando se pacta la entrega de mercancías en cantidad y plazos determinados, el comprador no está obligado a recibir las fuera de ellos pero si aceptaré entrega parciales quedará consumada la entrega a los que esta refiere.

Una vez perfeccionado el contrato, el contratante que cumpliere tendrá derecho de exigir del que no cumpliere la rendición o cumplimiento del contrato y la indemnización además de los daños y perjuicios.

Debemos mencionar que las pérdidas daños o menos cabos que sobrevinieren a las mercancías vendidas serán por cuenta del comprador una vez perfeccionado el contrato de compra-venta y siempre y cuando ya le hubieran sido entregadas real, jurídica o virtualmente; y si no le hubieren sido entregadas de ninguna de estas formas, los reclamos serán por cuenta del vendedor.

En casos de negligencia, culpa o dolo, además de la acción que completa contra sus  actores, serán estos responsables de las perdidas, daños o menos cabos que por su causa sufrieran las mercancías.

A partir del momento en que el comprador acepte que las mercancías vendidas quedan a su  disposición, se tendrás por virtualmente de ellos y el vendedor quedara con. Los derechos y obligaciones de un simple depósito.

Para el caso que no se hubiere fijado su entrega el vendedor deberá de tener a disposición del comprador la mercancía las 24 horas. Siguientes a la celebración del contrato de compra-venta mercantil.

Es importante mencionar que el contrato deberá pagar el precio de las mercancías que se le hayan vendido en los términos y plazos convenidos, a falta de convenio lo deberá de pagar de contado.

Los gastos de entrega en las ventas mercantiles serán de la forma siguiente:

  1. A cargo del vendedor, todos aquellos que se ocasionen hasta poner las mercancías pesadas o medidas a disposición del comprador.
  2. Las de su recibo y extracción fuera de lugar de la entrega serán por cuenta del comprador

Debemos destacar que el comprador dentro de los 5 días siguientes de recibir la mercancías no reclaman al vendedor por escrito la falta de cantidad o calidad en ellas o que dentro de 30 días contados desde que las  recibió, no reclamaré por causa de vicios internos de las mismas, entonces perderá toda acción y derecho de repartir por tales  causas contra el vendedor.

Elementos personales, esenciales de  validez y formales

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