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Derechos Humanos-Devenir e Implantación en el Mundo Occidental


Enviado por   •  11 de Octubre de 2014  •  10.849 Palabras (44 Páginas)  •  252 Visitas

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Derechos Humanos-Devenir e Implantación en el Mundo Occidental

Son aquellas condiciones que le permiten a la persona su realización en consecuencia subsume aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Los derechos humanos son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente, por lo que son considerados fuente del Derecho; sin embargo desde el positivismo jurídico la realidad es que solamente los países que suscriben los Pactos Internacionales de Derechos Humanos o Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y sus Protocolos -Carta Internacional de Derechos Humanos- están obligados jurídicamente a su cumplimiento. Así, por ejemplo, en relación con la pena de muerte, contraria a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte no ha sido firmado por países como la República Popular China, Irán, Estados Unidos, Vietnam, Japón, India o Guatemala

“Los derechos humanos son demandas de libertades, facultades o prestaciones, directamente vinculadas con la dignidad humana, reconocidas como legitimas por la comunidad internacional y merecedoras de protección jurídica tanto en el plano interno como internacional”.

A inicios de los años ochenta del siglo XX, se abrió un debate en el mundo académico e intelectual en torno a las minorías étnicas, nacionales, grupos culturales, lingüísticos y religiosos, así como sobre toda clase de entes colectivos que reclamaban extensas reivindicaciones sociales y la titularidad de derechos como sujetos. En Europa y América del Norte, especialmente en este, las minorías étnicas y nacionales en algunos Estados plantearon una fuerte crítica a estas sociedades liberales occidentales. Amparados, estos grupos sociales (“culturales”) por políticas del multiculturalismo y propuestas teóricas del comunitarismo, el valor “identidad” se ha sumado a los valores “libertad” e “igualdad” como la tríada que da sostén a los derechos humanos.

Asimismo, se afirma que los últimos escollos sociales que le quedan por vencer al modelo de la democracia liberal occidental son los movimientos religiosos y las reivindicaciones de las naciones que aún no se han constituido en Estados. Entonces, podemos afirmar a priori que la democracia liberal occidental no es aún un modelo universal, y menos un pre requisito de la post modernidad. Ciertamente, los derechos humanos, la democracia, y la noción de Estado de Derecho se encuentran vinculadas en el mundo occidental, mas no de igual forma en todos los países y en todas las culturas. Asimismo, las libertades políticas que sustentan las nuevas exigencias políticas de las naciones, minorías étnicas y de las religiones que no pertenecen a la cultura societaria imperante, son conocidas como libertades de “no-dominación”, o el valor “identidad”, las nuevas nociones de la filosófica política en la cual se sustentan los derechos comunitarios y la fundamentación jusfilosófica de los derechos humanos de tercera generación.

Configuración de los derechos humanos occidental.

Los estados europeos se fueron desarrollando hacia regímenes constitucionales, en los restringía al poder de las monarquías, influidos por los principios de la Revolución Francesa. Pero a principios del siglo XX, parecían que estos derechos eran inaccesibles para muchas personas afectadas por las guerras, el colonialismo, la ignorancia y la miseria. En algunas partes del mundo surgieron gobiernos totalitarios, que violaban sistemáticamente estas facultades y se cometían muchos atropellos contra la dignidad humana, como los sucesos ocurridos durante la Primera y Segunda guerra mundial. La necesidad de protección internacional de Derechos Humanos, para lo cual era fundamental crear una organización que tuviera como objetivo la defensa y control del cumplimiento de estos derechos. De esta manera, el 24 de octubre de 1945, representantes de 50 países se reunieron en la ciudad de San Francisco, en Estados Unidos y redactaron la carta de las Naciones Unidas, que dio origen a esta organización internacional (ONU) destinada a "preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra, a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, a promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de a libertad". Esta carta es un documento jurídico, obligatorio y sus disposiciones no pueden contradecirse por ninguno de los gobiernos de los estados que componen la organización. La ONU aprobó diferentes documentos que se refieren a diferentes aspectos de los derechos humanos.

Origen liberal de los derechos humanos.

El desarrollo de los derechos humanos tienen su raíz en la cultura occidental moderna, se remonta a los pensadores griegos y romanos, pero fue santo Tomás de Aquino quien desarrolló la teoría religiosa del "derecho natural", al cual deben subordinarse todas las otras leyes del Estado. Los filósofos de la Ilustración, Jean Jacques Rousseau, John Locke, el barón de Montesquieu, desarrollaron teorías sobre el derecho natural que proviniesen del uso de la razón y elaboraron, basándose en derechos individuales, normas sobre el Estado.

Criticas jurídicas a la declaración de los derechos humanos.

Redactada en 1948, en plena guerra fría, La Declaración Universal de los Derechos Humanos tiene serias deficiencias, vaguedades y omisiones que han dificultado la defensa de los derechos fundamentales. Para empezar, no existen en La Declaración ni definición de derecho ni definición de libertad, de tal suerte que derechos, libertades y prohibiciones se intercalan indiscriminadamente, reiterando obviedades y omitiendo afirmaciones básicas. Al igual que hay jerarquización de derechos, lo cual ha permitido que en defensa de unos se vulneren otros, a veces más importantes. Por ejemplo, el derecho a la propiedad intelectual pasa con frecuencia por encima del derecho a la salud.

Por último, las facultades que le asigna La Declaración a la ONU para asegurar el respeto efectivo de los Derechos Humanos, son totalmente insuficientes, dejando bajo la responsabilidad de los gobiernos nacionales el decretar

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