EQUIPAMIENTO URBANO. CONSIDERACIONES GENERALES
Hugo MarinesDocumentos de Investigación9 de Septiembre de 2016
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EQUIPAMIENTO URBANO
CONSIDERACIONES GENERALES
Sustento Legal
El Estado en sus diversos niveles de administración (Federal, Estatal, Municipal, Sectorial) puede imponerle a la propiedad privada los estatutos que considere de utilidad pública, siempre que aparezcan como normas aplicables a todos los gobernados y casos generales. Dichos estatutos emanan directamente de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los artículos sustantivos25, 26, 27, 73 y 115 [1]. A partir de ellos se derivan la Ley Orgánica de La Administración de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones, y participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas …”
Artículo 35 del Capítulo III de las Atribuciones del Ayuntamiento. Numeral XXV.
la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones, y participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas …”
El equipamiento urbano está constituido por el conjunto de edificios y espacios abiertos predominantemente públicos, en donde se prestan a la población servicios públicos especializados, como educación, cultura, salud, comercio y comunicaciones.
En ellos, la comunidad realiza actividades colectivas, y se apoyan las actividades productivas y administrativas de los centros de población.
ASPECTO ECONÓMICO
El Equipamiento, estará vinculado intrínsecamente con el elemento económico, pues el carácter colectivo del mismo busca, atreves de la acumulación poblacional, una economía de escala, y ésta última a su vez define el método, diseño y tecnología constructiva.
El estudio de un proyecto completo y de sus etapas debe analizar su relación de costo-beneficio y sus mercados potenciales de vivienda; además de enunciar las restricciones y la adaptabilidad de un sitio, estimar los costos de construcción de las instalaciones para la salud y la educación y los posibles para el fomento del trabajo a los residentes.
En el caso ideal, los servicios requeridos por una familia se deben concentrar en un sólo lugar; sin embargo, hay razones económicas relacionadas con el tamaño del área que dificultan el desarrollo de un modelo de estas características. Es posible que al concentrar los servicios en pocos lugares se deben adaptar algunas instalaciones con el fin de que se puedan utilizar para el desempeño de mayor número de actividades; tal es el caso de los patios de escuelas, que se usan como campo de juegos para niños y para la práctica de ciertos deportes. Los centros recreativos de propósitos múltiples, que son usados por varias actividades atléticas, son más económicos que los de un solo propósito y es posible que contribuyan a despertar intereses en actividades sociales de otra índole.
El fraccionador debe ser responsable de prever, proveer y donar al municipio o a la comunidad, las vías públicas y los espacios requeridos por los servicios de equipamiento urbano, así como ejecutar las obras necesarias para el saneamiento y las instalaciones o servicios públicos municipales de infraestructura, y las necesarias para dar oportunidades de empleo a los residentes
Instrumentos de coordinación.
Son las normas y procedimientos que garantizan la articulación de acciones entre las dependencias gubernamentales federales, estatales, municipales, locales y sectoriales en congruencia con las políticas, estrategias y proyectos que impulsa el Programa Específico de Dotación de Equipamiento Regional, Urbano y Local que se genera por la introducción de un nuevo desarrollo habitacional.
Incluyen, además, los instrumentos de apoyo a la coordinación regional conforme a acuerdos de gestión.
Estos instrumentos se sustentan en las disposiciones normativas aplicables en un territorio o demarcación específicos y que, en conjunto, sientan las bases institucionales para el establecimiento de mecanismos efectivos de planeación y gestión urbana.
Uno de los principales instrumentos es la Ley de vivienda, ley federal, que establece lo siguiente: “las acciones de suelo y vivienda financiadas con recursos federales, así como las de los organismos que financien vivienda para los trabajadores en cumplimiento a la obligación que consigna el Articulo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, deberán observar los lineamientos que en materia de equipamiento, infraestructura y vinculación con el entorno establezca la Secretaria de Desarrollo Social, escuchando la opinión de la comisión para cada grupo objetivo de la población, a fin de considerar los impactos de las mismas, de conformidad con lo establecido en la ley General de Asentamientos Humanos y demás disposiciones aplicables.[2]
Los Instrumentos de Coordinación son dependientes y deben ser congruentes con los Instrumentos de Planeación y los Instrumentos de Regulación inscritos en los Planes y Programas de Desarrollo Municipal, local, de centro de población y de Plan Maestro.
Viabilidad Económica.
Aunque la Administración Pública parte del hecho de que el desarrollo urbano se sustenta en una Economía Social, es posible que la organización, producción y comercialización de bienes y servicios colectivos, que tienen por finalidad principal la consecución de beneficios sociales, puedan alcanzar un equilibrio con el beneficio económico y a una labor sana de las Finanzas Publicas .
El estudio de un proyecto completo y de sus etapas debe analizar su relación de costo-beneficio y no olvidar los mercados potenciales de vivienda; además de enunciar las restricciones y la adaptabilidad de un sitio, estimar los costos de construcción de las instalaciones para la salud y la educación y los posibles para el fomento del trabajo a los residentes.
Análisis Costo – Beneficio.
Es la evaluación socioeconómica que considera, en términos reales, los costos y beneficios directos e indirectos que los programas y proyectos de inversión[3], en específico para equipamiento regional-urbano-local generan para la sociedad, incluyendo externalidades[4] y efectos intangibles.
La dotación de equipamiento será coincidente con otros sectores de la economía y la planeación territorial para lograr una economía de escala.
En el caso ideal, los servicios requeridos por una familia se deben concentrar en un sólo lugar; sin embargo, hay razones económicas relacionadas con el tamaño del área que dificultan el desarrollo de un modelo de estas características. Es posible que al concentrar los servicios en pocos lugares se deben adaptar algunas instalaciones con el fin de que se puedan utilizar para el desempeño de mayor número de actividades; tal es el caso de los patios de escuelas, que se usan como campo de juegos para niños y para la práctica de ciertos deportes. Los centros recreativos de propósitos múltiples, que son usados por varias actividades atléticas, son más económicos que los de un solo propósito y es posible que contribuyan a despertar intereses en actividades sociales de otra índole.
La distribución poblacional puede atender a distintos factores, sin embargo existe una asociación básica entre concentración de población y dinamismo económico.
La construcción de cualquier nuevo asentamiento humano sustentable debe generar beneficios y costos. Los factores económicos, demográficos y geográficos, son susceptibles de mediciones objetivas, científicas, periódicas, confiables y oportunas, traducibles en términos monetarios o financieros.
Sin embargo también aparecen factores que no se pueden cuantificar en términos monetarios, como:
1•El bienestar social.
2 La salud física y mental.
3 El grado de satisfacción propia.
Y sin embargo son factores que no se pueden dejar de lado en las inversiones[5] que deben propiciar la creación de equipamiento urbano integrado a las áreas habitacionales y la nueva población, ya que constituye una inversión a largo plazo que se justifica indirectamente en términos monetarios.
Los Planes Sectoriales de Desarrollo Urbano, se referirán a las líneas sectoriales de acción específica en materia de equipamiento e infraestructura urbana y las que por su naturaleza sean necesarias. Dichos Planes serán congruentes con el Plan de Desarrollo Urbano de Centros de Población del que deriven y contendrán, por lo menos, lo siguiente:
1. La descripción y diagnóstico de los aspectos sectoriales de que se trate.
2. Las previsiones presupuestales y los medios de financiamiento.
3. Los plazos de inicio, revisión y terminación de las obras, acciones servicios en materia del Plan.
El desarrollo económico y social derivado de la introducción de equipamiento urbano está encaminado a desplegar la vocación productiva de la población del lugar así como su capacidad competitiva, para lograr equidad en los beneficios del crecimiento.
El planificador territorial diseñador urbano debe ser responsable de prever, proveer y donar al municipio o a la comunidad, las vías públicas y los espacios requeridos por los servicios de equipamiento urbano, así como ejecutar las obras necesarias para el saneamiento y las instalaciones o servicios públicos municipales de infraestructura, y las necesarias para dar oportunidades de empleo a los residentes.
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