ESTATUTO Art. 1.- Denominación – Duración – Domicilio
crisabel_1Tarea6 de Mayo de 2018
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ESTATUTO
Art. 1.- Denominación – Duración – Domicilio :
Razón Social: La Sociedad se denomina GRUPO MHM SOCIEDAD ANONIMA CERRADA (Grupo MHM. S.A.C ). Empresa encargada de la distribucio y elaboración de chocolate.
Tiene una duración indeterminada; inicia sus operaciones en la fecha de este pacto social y adquiere personalidad jurídica desde su inscripción en los registros públicos.
Su adomicilio social se fija en :
Distrito – San juan de Lurigancho. Av Wiesse, paradero 8 . Urb. Cto rey .
Art. 2.- Objeto Social :
La Sociedad tiene por objeto dedicarse a : La distribución y elaboración de Chocolates, teniendo como insumo básico el cacao, extraido únicamente de la región Ucayali ( posee 1 clima perfecto para su cosecha ). . Para cumplir dicho objeto la sociedad podrá realizar todos aquellos actos y contratos que sean lícitos sin restricción alguna.
Art. 3.- Capital social:
El monto de capital social se fija en s/. 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 nuevos soles) y está íntegramente desembolsado mediante aportaciones dinerarias de los socios. Dicho capital social se divide en 100 PARTICIPACIONES SOCIALES (acciones nominativas) de 500.00 s/, cada una de ellas.El capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.
Art. 4.- Responsabilidad del nuevo socio :
Quien adquiere una acción o participación en una sociedad existente responde, de acuerdo a la forma societaria respectiva, por todas las obligaciones sociales contraídas por la sociedad con anterioridad. Ningún pacto en contrario tiene efectos frente a terceros.
Art. 5.- Transferencia y adquisición de acciones :
Los otorgantes acuerdan suprimir el derecho de preferencia para la adquisición de acciones, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 237 de la “LEY GENERAL DE SOCIEDADES” ( Ley 26887)O
Art. 6.- Organos de la sociedad:
La sociedad que se constituye, tiene los siguientes órganos:
- Junta General de Accionistas o Asociados
- Directorio
- Gerencia
Art. 7.- JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS: Órgano supremo de la sociedad. Los accionistas constituidos en junta general debidamente convocada, y con el quórum correspondiente, deciden por la mayoría que establece esta ley los asuntos propios de su competencia. La convocatoria a junta de accionistas se sujeta a lo dispuesto en el artículo 245º de la “Ley general de sociedades”
Art. 8.- DIRECTORIO: Órgano colegiado elegido por la junta general. Encargado de dirigir las acciones de una sociedad. El cargo solo recae en personas naturales. Seran elegidos con representación de la minoria
Art. 9.- GERENCIA: Cuenta con uno o más gerentes designados por el Directorio, salvo que el estatuto reserve esa facultad a la junta general. La Junta General de Socios puede designarse uno o más Gerentes sus facultades, remoción y responsabilidades se sujetan a lo dispuesto por los artículos 185º y siguientes de la “LEY”.
Art. 9º.- MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO, AUMENTO Y REDUCCIÓN DEL CAPITAL.
La modificación del Pacto Social, el aumento y reducción del capital se sujetan a lo dispuesto por los artículos 198 y 199º de la “LEY”, así como el aumento y reducción del capital social, se sujeta a lo dispuesto por los artículos 201 al 206 y 215 al 220, respectivamente de la “LEY”.
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