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Ensayo Derecho Natural


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2012  •  2.962 Palabras (12 Páginas)  •  1.719 Visitas

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En este trabajo sobre Derecho Natural, inicialmente nos referiremos al Iusnaturalismo, dejando claro que esta es la escuela o sistema de pensamiento jurídico que se detiene en la propuesta de la existencia (ya sea real o ideal) del Derecho Natural, siendo este su elemento propio y lo realza como un elemento fundamental del Derecho, haciendo toda una sistematización jurídica alrededor suyo, sostiene que hay una conexión intrínseca entre Derecho y Moral.

La noción Naturaleza se refiere a la esencia y las propiedades características de cada ser, al conjunto y disposición de todo lo que compone el universo y a la virtud y calidad de las cosas, pues bien, veremos que el Derecho Natural es aquel inherente a la persona humana, aquel que emana de la naturaleza misma del hombre, y que por esta razón no es creada por los órganos de Estado, según lo sostienen los iusnaturalistas quienes además lo consideran anterior y superior a las leyes estatales, las cuales lo reconocen y protegen.

Ahora bien, también en este trabajo, quedara claro que esta corriente de pensamiento jurídico, presente por más de 25 siglos, done su idea fundamental es la tesis de la existencia de un Derecho anterior a cualquier norma jurídica positiva y que además está unido a otros conceptos jurídicos, como Derechos Humanos, Naturaleza Humana, Valores jurídicos, Justicia y Bien común, pues más que una tesis, constituye un sistema de pensamiento que ha sido compartido por múltiples juristas o filósofos, incluso con planteamientos diversos y hasta contradictorios.

Dejando claro que el Derecho Natural no ha sido creado deliberadamente por un órgano gubernamental, podemos decir que está constituidos por criterios y principios rectores de la conducta humana, y que además los partidarios de esta corriente consideran como eternos e inmutables, además no está representado por un conjunto unitario y sistemático de normas, que exista en algún lugar concreto y cuya validez todos reconozcan. “se formula en postulados ideales, absolutos y universales, que tienen la pretensión de ser intrínsecamente válidos, es decir que valen por sí mismos. Para los iusnaturalistas es un DERECHO MODELO que busca la AUTENTICA JUSTICIA.

En la actualidad la noción de Derecho Natural está recogida en la declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.

DERECHO NATURAL

Se entiende por Derecho Natural a aquel conjunto de principios fundamentales que tutelan la vida del individuo y que tienen un carácter universal permanente e inalienable. No son creados por el hombre ni por instituciones humanas, sino por la propia naturaleza: de ahí que sean reconocidos por la razón.

La teoría del derecho Natural afirma que existe un Derecho anterior a la formación del Estado, un cuerpo de reglas que la razón puede descubrir analizando la naturaleza del hombre, tal como Dios lo ha creado. Sus principios no necesitan ser consagrados expresamente por el gobernante; se imponen a él y están vigentes para todos los seres y pueblos del mundo, cualesquiera sea su nivel de desarrollo o civilización. Entre estos Derechos figuran por ejemplo, el Derecho a la vida y a la libertad, el Derecho a formar familia, el de la tutela de los padres sobre los hijos menores, el de la defensa de la integridad personal, el de buscar por medios honestos la subsistencia, el de recibir reparación por el daño injusto. En última instancia el Derecho Natural se inspira en la noción de justicia, que es, como él, universal, permanente e inalienable.

Las teorías sobre el Derecho Natural fueron de inmenso beneficio par a la sociedad. Tuvieron su origen en el jus gentiun que los romanos invocaron para darle un tratamiento más humanitario a los pueblos conquistados y que remplazó con normas jurídicas lo que hasta entonces era solo la fuerza del dominador. En realidad el jus gentiun respondía a la noción de un Derecho Natural reconocido como obligatorio para todos los hombres, tal como había sido planteado en el pensamiento griego por algunos filósofos como Heráclito, Platón, Aristóteles y los estoicos que siguieron a Zenón. Entre los filósofos y jurisconsultos que siguieron en esa línea de pensamiento, cabe citar a Cicerón, quien afirmó: “el verdadero Derecho es la razón conforme a la naturaleza, es de aplicación universal, inmutable y eterna; con sus mandatos llama al hombre al bien, y le aleja del mal mediante sus prohibiciones”.

Durante la Edad Media la idea del Derecho Natural fue sostenida y defendida, entre otros por algunos de los más altos exponentes del pensamiento cristiano como San Agustín, (siglo IV- V) San Isidoro de Cevilla (siglo VII) y Santo Tomas de Aquino, quienes la consideraban básica para la organización de la sociedad y de la defensa de la personalidad humana frente a los abusos cometidos por el sistema feudal imperante y los regímenes tiránicos; para ellos, esa idea se deriva de la razón de que Dios dotó al hombre y servía al elevamiento espiritual del individuo. Para Santo Tomás las reglas del Derecho Natural tienen una base racional; lejos de pensar que la razón se opone a la Fe, el doctor de Aquino dice que esta es la expresión más importante de aquella. También sostiene que, en caso de contradicción, las normas del Derecho Natural deben prevalecer sobre las del Derecho Positivo.

Luego en el siglo XVI, la teoría del Derecho Natural se prolonga con los Españoles Francisco Suárez y Francisco de Vitoria, hasta adquirir nuevos perfiles en el siglo XVII con la contribución del Holandés Hugo Grocio (1583-1643), considerado como el pensador que formuló el concepto de Derecho Natural de manera más completa y el primero que lo aplicó a las relaciones internacionales, a través de su obra De jure belli ac pacis, publicada en 1624.

Con Grocio, el Derecho Natural se separa de su fundamento religioso; es concebible por fuera de toda referencia a un principio sobrenatural. Este Racionalismo, muy próximo al de Rene Descartes, tendrá una marcada influencia en los espíritus liberales de la Época. También el Alemán Samuel Pufendorf contribuyó, un poco más tarde, a la difusión del concepto remozado, con su obra Derecho de la Naturaleza y de Gentes (1672). Las diversas declaraciones de Derechos promulgados en circunstancias diversas a lo largo del siglo XVII y XVIII en Inglaterra, Estados Unidos y Francia, principalmente. No son otra cosa que la formulación solemne de los principios sostenidos por los Iusnaturalistas.

DISTINTAS CORRIENTES DE DERECHO NATURAL

Derecho Natural Tradicional: El Derecho Natural Tradicional es el propio de la Escolástica, aunque tiene parte de sus precedentes en Aristóteles. De ahí que dentro de la Escolástica existía

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