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DERECHO NATURAL

nestorvzTesis6 de Octubre de 2012

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DERECHO NATURAL

INTRODUCCION:

Que significa la palabra DERECHO

En Roma el Jurisconsulto Celso definió el Jus como “el arte de lo bueno y lo equitativo” o sea alcanzar la realización de la Justicia a través de la conducta humana.

Ya en la era cristiana se empezó a utilizar el vocablo directum del que deriva la palabra Derecho, considerado como un sistema que aspira a ser justo y a imponer la justicia en la vida social.

Pero también tenemos el otro punto de vista: el que designa como derecho a las prerrogativas que tienen los seres humanos para actuar lícitamente frente a los demás.

Al primero se lo denomino Derecho Objetivo y al segundo Derecho Subjetivo.

Centrándonos en el Derecho Objetivo encontramos que los actos de la conducta humana por poseer libre albedrio pueden ser considerados por el resultado que persiguen o bien en si mismos.

En el primer caso estos actos se encuentran en el terreno del Arte, en el segundo caso en los dominios de la ética.

Arte: comprende a las ciencias prácticas y técnicas que enseñan como actuar o conducirse para obtener los resultados que pretendemos.

Ética: no tiene en cuenta la eficacia de su resultado sino hace referencia a las reglas a las cuales el hombre debe ajustar su conducta (que debe ser una conducta recta). Pertenece al mundo del deber ser, son las ciencias normativas.

Del campo de la normatividad ética derivan dos grupos que se diferencian entre si:

a.-Las normas morales ( que persiguen el bien individual mediante la practica de las virtudes)

b.-Las normas sociales ( que ordenan en el sentido del bien común las relaciones reciprocas de los hombres)-

LAS NORMAS JURIDICAS

El Derecho se conforma o se nutre de normas morales, normas sociales y reglas técnicas.

a.-Normas Morales: distinguen lo bueno de lo malo, lo justo de lo injusto y es “inmutable y universal”

b.- Normas sociales: son la reglamentación practica de los preceptos morales determinadas por las necesidades de cada época y ubicación geográfica y régimen político-económico, son “normas contingentes y cambiantes”

c.- Reglas técnicas: son los medios de los que deben valerse las personas para alcanzar los fines permitidos por el derecho.

Las normas jurídicas constituyen la piedra basal del Derecho, lo que le da forma y sentido al sistema que permite ordenar los actos humanos de acuerdo a las exigencias y necesidades de la comunidad. Aunque no regulan toda la actividad humana, sino solo aquella que es necesario reglamentar.

El Derecho confía en el libre albedrio desechando todo determinismo negativo de la responsabilidad humana, para el derecho los hombres son siempre responsables de sus actos, que encuentran sanción si caen en la orbita de las normas jurídicas que son de cumplimiento obligatorio.

Estamos situados entonces en un ámbito de libertad donde el derecho reconoce sus bases como proviniendo de la moral y esto es reconocido por la doctrina como DERECHO NATURAL.

En el comienzo de la historia, en el origen de las civilizaciones aparecen y se confunden tres órdenes normativos:

a.-La Religión

b.- La moral

c.- El Derecho

a.- Con el correr del tiempo y el desarrollo de las culturas, la religión va perdiendo preeminencia ya sea por el debilitamiento de las creencias como por la creciente complejidad de las relaciones sociales y viéndose entonces la necesidad de crear normas de cumplimiento obligatorio.

b.- La moral ocupa un lugar intermedio entre la religión y el Derecho, ya que los tres aspiran a regular la conducta humana, pero el origen y los fines son distintos.

La moral proviene de la razón humana y persigue el bien individual mediante la práctica de las virtudes.

c.- Desde esta concepción el Derecho es la realización objetiva de la justicia.

Esta aspiración la vemos en ejemplos prácticos como por ejemplo la protección de la libertad y calidad de vida de las personas, la protección a la familia, el derecho laboral, el Derecho Internacional en especial el de los DDHH. En el concepto de buena fe, en los principios generales del Derecho, etc.

Ahora bien siendo el Derecho un ordenamiento necesario para la vida del hombre en sociedad y teniendo carácter obligatorio, ¿Debe uno someterse y cumplirlo solo porque es obligatorio?, ¿se lo debe obedecer aunque sea arbitrario e injusto?

Encontramos algunas respuestas en:

a.- Teorías teocráticas: el Derecho es un mandato divino, es lo justo, lo querido por Dios y por lo tanto no pueden discutirse las leyes ni la autoridad de los gobernantes cuyo poder deriva de Dios.

b.- Teorías autocráticas: en este caso el mandato proviene del Estado o de los gobernantes directamente, y tampoco pueden ser discutidas.

En ambos casos se da lugar al despotismo y repugna a la razón de las mentes libres estas actitudes contrarias al convencimiento de que el derecho debe ajustarse siempre a los principios superiores de justicia.-

c.- Teorías iusnaturalistas: esta doctrina sostiene que el orden jurídico se justifica por su conformidad a los principios superiores de justicia. Por lo que la obligatoriedad del derecho no deriva de la simple existencia de un mandato legal sino que debe estar adecuado a los preceptos fundamentales que constituyen su base racional.

Estos principios superiores se conocen desde la antigüedad con el nombre de DERECHO NATURAL, porque derivan de la naturaleza o esencia del ser humano, de su condición de ente racional.

En este orden de cosas podemos decir que el Derecho se justifica no solo por su origen (emanado de autoridad competente) sino también por su contenido que estará ajustado a esos principios fundamentales.

( Ver: Dialogo entre Creonte y Antígona) Tragedia griega. Sófocles (siglo V a.C.)

ORIENTACIONES DEL Derecho Natural A TRAVES DE LA HISTORIA

Evolución de la doctrina del derecho natural

*

PRINCIPALES ESCUELAS DEL DERECHO NATURAL

GRECIA

Sin duda los griegos han sido los creadores de la filosofía, sin embargo no aplicaron su magistral predisposición para la reflexión y observación filosófica a los problemas jurídicos. Por lo que puede afirmarse que en Grecia no existió una filosofía del derecho, sino que los fenómenos jurídicos quedaron subsumidos en la filosofía general.

No obstante la idea y concepción de la justicia constituyeron una de las especulaciones más antiguas y profundas del pensamiento griego, ya que desde los orígenes del pensamiento griego la justicia constituyo uno de los temas centrales de los pensadores griegos.

Desde los presocráticos se busco lo correcto y justo en la naturaleza, pero para los griegos lo importante era la justicia no la ley. Los griegos no contaron en ningún momento de su historia un sistema jurídico adaptado a su realidad histórica. Su filosofía fue una filosofía de la naturaleza, donde el sujeto no era tenido en cuenta hallándose dominado por las leyes cósmicas. Como se relata en el pasaje de Antígona (tragedia de Sófocles) en el cual ella le dice al tirano que le prohibía dar sepultura a su hermano “Tus decretos no tienen fuerza para prevalecer contra las leyes no escritas, obra de los dioses”.

A) PRESOCRATICOS. Anaximandro (600 a. C) considero una imagen objetivista y estática del universo. Heráclito (500 a.C) modifica esta concepción del mundo, distinguiendo una imagen estática y objetiva dominada por una razón universal denominada logos, y otra imagen dinámica y cambiante donde “Todo fluye, y nada es”.

A partir del pensamiento de Heráclito, el pensamiento griego distingue entre la justicia y la ley. Considerada esta ultima como precepto humano. Se distingue asi, el derecho natural, estático y objetivo, del derecho positivo, dinámico como toda creación humana.

B) SOFISTAS. Aproximadamente en el siglo IV a.C., los sofistas enseñaron que no existe una razón universal y que todo fluye, como afirmaba Heráclito, y además que todo es relativo, siendo el hombre la medida de todas las cosas (Protagoras)

Del Vecchio dice que en esta primera etapa se comenzó a entrever una antítesis entre lo justo por naturaleza y lo justo por ley. Antítesis que en un momento se agudiza al punto de negarse la existencia real de lo justo por naturaleza como sostenían Arquelao discípulo de Anaxagoras, y luego también los sofistas. Estos negaron la posibilidad de un conocimiento objetivamente valido; de allí que la justicia se redujera a una opinión individual, o a lo “que le place al mas fuerte”. En forma similar pensaron después Pirron y Carneades.

C) SOCRATES. Con Sócrates (469-399 a.C) se funda la ética y esbozan los principios de un derecho natural. No dejo nada escrito pero se conoce su pensamiento por Platón y Jenofonte.

El método de Sócrates constaba de dos momentos:

1) La ironía, mediante la cual abrumaba de preguntas a su interlocutor hasta hacerlo enfrentar con sus propias contradicciones o falta de argumentos.

2) La mayéutica, o parto de ideas, mediante la cual, basándose en argumentos, el interlocutor hallaba la verdad.

A diferencia de los sofistas que preconizaban un conocimiento particular y sensible, Sócrates buscaba un conocimiento universal e inteligible. Este afán de certeza objetiva hacia nacer la noción de concepto. Sócrates se esforzó por llegar a un concepto de Justicia universal que estuviese por encima de las contingencias y de los hombres y que no estuviese a merced de intereses mezquinos y arbitrarios. Decía que las leyes hay que obedecerlas siempre aunque fueran injustas por

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