Estimado Ingeniero Santander, en el último mes hemos observado que reiteradamente se ausenta de su puesto de trabajo
Luis PanimbozaDocumentos de Investigación8 de Agosto de 2015
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Desvinculación involuntaria
Ambato 2 de Agosto del 2015.
Atención
Ing. Patricio Santander Escobar
Presente.
Estimado Ingeniero Santander, en el último mes hemos observado que reiteradamente se ausenta de su puesto de trabajo y abandona el edificio por varias horas sin mediar justificación alguna, lo que ha ocasionado un retraso grave en los proyectos en los que participa.
Dicha infracción está sancionada por el artículo 22 del reglamento interno de trabajo, con una suspensión sin goce de sueldo o hasta la recisión de su contrato, según sea el caso.
La empresa siempre se ha basado en el cumplimiento de sus normas y reglas, de manera que usted es reincidente y se procederá a efectuar lo que dice el código de trabajo.
Sin otro particular por el momento se despide de usted,
Atentamente
Lic. Luis Panimboza
Dir. Recursos Humanos
Desvinculación
En la Ciudad de Ambato, a los siete días del mes de Agosto del año 2015 comparecen por ante este Servicio de Conciliación Laboral Obligatorio del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social los Señores Santander Escobar Patricio Ángel, por una parte y por la otra parte el Señor Juan Nicolás Simon Gutiérrez en representación de la Empresa “Hotel Cotopaxi” acreditando representación como Gerente de la empresa, cuya actividad es de servicios hoteleros y turísticos ,
con domicilio en las calles Padre Salcedo y Sánchez de Orellana, con documentación que exhibe y se devuelve a fin de convenir las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Abierto el acto, las partes de común acuerdo expresan que vienen a formalizar la ruptura de la relación laboral que los uniera hasta el día 11 de Agosto del presente año.
En los términos del artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo, quedando constancia que el empleado ingresó el día 7 de Enero de 2015, que el vínculo se registraba bajo el Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad de jefe de Ventas en la empresa con un mensual de $ 1200 dólares.
SEGUNDA: La parte empleadora y el empleado, manifiestan que dejan sin efecto los términos de los despachos telegráficos cursados entre sí antes de ahora, habiendo arribando a un acuerdo conciliatorio extintivo de la relación laboral.
TERCERA: El empleado expresa que una vez percibida la suma total del acuerdo, nada más tendrá que reclamar a su empleador por ningún concepto emergente de la relación laboral que los uniera.
CUARTA: Ambas partes de plena conformidad con lo acordado, solicitan la HOMOLOGACIÓN del presente acuerdo conciliatorio en los términos del artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, con lo que se dio finalizado el acto, previa lectura y ratificación de la misma, firmando los comparecientes por ante el funcionario actuante, tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, quien CERTIFICA para constancia de los interesados.
Desvinculación voluntaria
Ambato 13 de Septiembre de 2015
Ing. Luis Panimboza
Por medio de la presente le comunico que por convenir así a mis intereses particulares, con esta fecha he resuelto dar por terminada voluntariamente la relación laboral y/o contrato individual de trabajo que me unía con usted(es) en términos de la Fracción I del artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo.
Le manifiesto expresamente que durante el tiempo que presté mis servicios, nunca sufrí riesgo de trabajo alguno, de igual modo a la fecha no se me adeuda prestación alguna de ningún tipo, y por último y en virtud de esta renuncia voluntaria no me reservo acción o derecho que ejercitar de ninguna naturaleza en el futuro, ni en contra suya ni de su negocio, ni de su representante legal, ni de ninguna otra persona que hubiere sido mi patrón.
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