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Facultades De La Secretaría De Hacienda Y Crédito Público México


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2011  •  6.260 Palabras (26 Páginas)  •  3.421 Visitas

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ORGANOGRAMA

Secretario

Objetivo

Atender en nombre del Ejecutivo el despacho de los asuntos a cargo de la Sría., así como planear y conducir sus actividades con sujeción a las políticas para el logro de los objetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo.

Funciones

- Coordinar, dirigir y supervisar el despacho de los asuntos de la competencia de la Sría.

- Someter al acuerdo del Ejecutivo los asuntos encomendados a la Sría. y al sector paraestatal que le corresponde coordinar.

- Dirigir y controlar la política del Gobierno Federal en materia financiera, fiscal, de gasto público, crediticia, bancaria, monetaria, de divisas, de precios y tarifas de los bienes y servicios del sector público, de estadística

- Establecer relaciones y mecanismos de coordinación que permitan obtener la congruencia global de la Administración Pública Paraestatal con el Sistema Nacional de Planeación y con los lineamientos generales en materia de financiamiento.

- Proponer, para aprobación del Ejecutivo, el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo, el Programa Operativo Anual de Financiamiento y el Programa del Gasto Público Federal y dirigir la ejecución de los mismos para apoyar el Plan Nacional de Desarrollo

- Dirigir y coordinar la elaboración e integración del Plan Nacional de Desarrollo y los programas regionales y especiales que le encomiende el Ejecutivo.

- Proponer al Ejecutivo el Programa Sectorial del Ramo y aprobar los Programas Institucionales de las entidades paraestatales del sector coordinado

- Proponer el proyecto de presupuesto de la Sría., el de los ramos de deuda pública y de participaciones a entidades federativas y municipios

- Someter a la aprobación del Ejecutivo la iniciativa de la Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, correspondiente al año calendario para su presentación ante el Congreso.

- Dirigir la formulación de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal y someterla a la consideración del Ejecutivo, para su presentación ante la Cámara de Diputados.

- Planear, coordinar y evaluar la operación de las entidades del sector paraestatal que corresponda coordinar a la Sría. y vigilar que conduzcan sus actividades con sujeción a los objetivos, estrategias y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas Sectorial e Institucional, correspondientes.

- Evaluar y someter a consideración del Ejecutivo, las propuestas para la creación, transformación, fusión, escisión, enajenación, disolución, extinción y liquidación, según corresponda, de las Entidades Administración Pública Paraestatal.

- Presidir los Órganos de Gobierno de los Organismos Desconcentrados de la Sría. y de las entidades del sector coordinado, cuando así lo determinen las disposiciones jurídicas aplicables, y designar, cuando así proceda, a la persona que presida a los mismos.

- Planear, coordinar y evaluar el Sistema Bancario Mexicano, respecto de la banca de desarrollo y las instituciones de banca múltiple en las que el Gobierno Federal tenga el control por su participación accionaria.

- Ejercer las facultades que las leyes confieren a la Sría. respecto al Banco de México como Banco Central.

- Ejercer las atribuciones que le señalen las leyes en lo referente a banca múltiple, seguros y fianzas, valores, organizaciones auxiliares del crédito, sociedades mutualistas de seguros y casas de cambio.

- Someter a la consideración del Ejecutivo, las propuestas de modificación de estructura orgánica básica, que determinen los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

- Informar al Congreso sobre el estado que guarde la administración de la Sría. y el sector coordinado por la misma y concurrir cuando se le cite para la discusión de una Ley o el estudio de un asunto concerniente a su ramo.

- Proponer al Ejecutivo los proyectos de iniciativas de Leyes o Decretos

- Refrendar para su validez y observancia, los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes expedidos por el Ejecutivo, en asuntos que sean competencia de la Sría..

- Opinar, previamente a su expedición, sobre los proyectos de normas y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y desincorporación de activos, servicios y ejecución de obras públicas de la Administración Pública Federal.

- Suscribir los convenios en materia de Coordinación Fiscal que se celebren con los gobiernos de las entidades federativas.

- Representar al Ejecutivo en los juicios constitucionales en términos de los artículos 19 de la Ley de Amparo y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Federal

- Aprobar las medidas técnicas y administrativas para la mejor organización y funcionamiento de la Sría., expedir su Manual de Organización General y establecer lineamientos para la expedición de los demás manuales administrativos que se requieran para el eficiente despacho de los asuntos encomendados a cada unidad administrativa.

- Evaluar el funcionamiento de los Órganos Administrativos Desconcentrados

- Aprobar las bases sobre los nombramientos del personal de la Sría., para la adquisición, y arrendamientos de bienes y servicios para la contratación de obras y servicios relacionados con las mismas, y ordenar al Oficial Mayor su expedición.

- Resolver los recursos administrativos que se interpongan en contra de las resoluciones dictados por los servidores públicos y las unidades administrativas que de él dependan directamente

- Otorgar y revocar concesiones para la operación de Bolsas de Valores

- Designar al Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, al de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, al de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y al de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros

- Adscribir orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere el Reglamento Interior a la Sría., a las SubSría.s, a la Oficialía Mayor, a la Procuraduría Fiscal de la Federación y a la Tesorería de la Federación; delegar sus facultades en los servidores públicos de la Sría. y, en el caso de las unidades administrativas regionales

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