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Función Legislativa


Enviado por   •  29 de Agosto de 2013  •  1.430 Palabras (6 Páginas)  •  469 Visitas

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Función Legislativa: es la facultad que tiene el congreso de elaborar las leyes. Para el trámite de éstas, se requieren cuatro debates (el primero en la comisión de origen, el segundo en la respectiva plenaria y el tercero y cuarto en la comisión y en la plenaria de la otra cámara). En cada sesión habrá de verificarse el quórum; es decir, el número de miembros de la respectiva corporación necesaria para deliberar y para decidir, de acuerdo con el tipo de ley.

Congreso de la república de Colombia

El Congreso de la República conforma la rama legislativa y le corresponde reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el Gobierno y la administración.

El Congreso se integra por el Senado y la Cámara de Representantes, mientras el Gobierno Nacional se compone por el Presidente de la República, los ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos.

El Congreso de la República cumple la función de:

Función Constituyente: Para reformar la Constitución Política mediante Actos Legislativos.

Función Legislativa: Para elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación.

Función de Control Político: Para requerir y emplazar a los Ministros del Despachos y demás autoridades, y conocer de las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado.

Función Judicial: Para juzgar excepcionalmente a los funcionarios del Estado por responsabilidad política.

Función Electoral: Para elegir Contralor General de la República, Procurador General de la Nación, Magistrados de la Corte Constitucional y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Defensor del Pueblo, Vicepresidente de la República cuando hay falta absoluta.

Función Administrativa: Para establecer la organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes.

5. ORGANIZACIÓN DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

El Congreso es un cuerpo colegiado, es decir, que está conformado por varios miembros, por 102 senadores y 166 representantes, 100 son elegidos por voto popular en todo el territorio nacional y dos más en representación de las comunidades indígenas a través de circunscripción especial; cada uno tiene igualdad de poder y de responsabilidad. Tanto los senadores como los representantes son elegidos a través de una elección directa que se realiza cada 4 años, teniendo la posibilidad de ser reelegidos.

11. FORMAS DE REFORMAR LA CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA

El Congreso lo hace por acto legislativo, La Asamblea Constituyente es convocada por el pueblo, previa ley aprobada por el congreso, Y el referendo aprobado por el pueblo, se convoca por ley expedida también por el Congreso.

6. COMISIONES DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA

El trabajo legislativo del Congreso se realiza en dos fases fundamentales: la primera se desarrolla en comisiones especializadas por temas y la segunda en las plenarias, donde se aprueban, modifican o rechazan las iniciativas trabajadas en las comisiones. El Senado y la Cámara tienen tres tipos de comisiones: Constitucionales permanentes, Legales y Accidentales.

Comisiones Constitucionales

Son siete comisiones en Senado y siete en Cámara de Representantes. Todos los miembros del Congreso tienen la obligación de pertenecer a alguna de estas Comisiones, y sólo podrán pertenecer a una.

Comisiones legales

Además de las Comisiones Constitucionales Permanentes, en el Congreso funcionan otras muy importantes que desarrollan temas que le competen al Legislativo. Las siguientes comisiones legales le son comunes a las dos cámaras:

Comisiones accidentales

La Cámara y el Senado pueden conformar Comisiones Accidentales para el cumplimiento de funciones y misiones específicas. Entre ellas están las que requieren el desplazamiento de congresistas al exterior y las de mediación, cuyo objeto primordial es lograr la conciliación de textos y/o artículos divergentes que se presenten en los proyectos aprobados.

7- REQUISITOS PARA SER SENADOR

Para que una persona pueda ser elegida como Senador debe cumplir con ciertos requisitos, entre ellos: ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y ser mayor de treinta años a la fecha de la elección.

8- REQUISITOS PARA SER REPRESENTANTE A LA CAMARA

Ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de 25 años de edad en la fecha de las elecciones cuando se aspira a esta corporación.

12. IMPUNIDAD PARLAMENTARIA

Los congresistas son inviolables por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio del cargo, sin perjuicio de las normas disciplinarias contenidas en el reglamento. De los delitos que cometan los congresistas, conoce en forma privativa la Corte Suprema de Justicia, única autoridad que puede ordenar su detención. En caso de flagrante delito deben ser detenidos y puestos a disposición de la misma corporación. Gozan, aún después de haber cesado en su mandato, de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en actos congresuales y por los votos emitidos en el ejercicio de su cargo. Sólo el Procurador General de la Nación puede ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de los Senadores y Representantes. La privación de la libertad sólo es procedente cuando se ha proferido resolución acusatoria y ejecutoriada.

1. Función legislativa

Mediante esta función el Congreso, órgano legislativo, hace las leyes, que no son otra cosa que la manifestación de la voluntad soberana del estado, emitida de acuerdo con los mandatos constitucionales y destinada a regir el destino de los súbditos sometidos a dicha voluntad.

Salvo las excepciones previstas en la Constitución (artículo154) y la ley, es indiferente en cual de las cámaras inicia el estudio de un proyecto legislativo pero la iniciativa debe partir de los organismos autorizados por la constitución para proponer proyectos de ley, y que son:

• Los miembros del Congreso.

• Los ministros del despacho.

• Los magistrados de la Corte Constitucional.

• Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

• Los magistrados del Consejo de Estado.

• Los miembros del Consejo Nacional Electoral.

• El Procurador General de la Nación.

• El Contralor General de la República.

• El 5% del censo electoral.

• El 10% del total de los concejales y diputados del país.

2. El Congreso de la República cumple la función de:

Función Constituyente: Para reformar la Constitución Política mediante Actos Legislativos.

Función Legislativa: Para elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación.

Función de Control Político: Para requerir y emplazar a los Ministros del Despachos y demás autoridades, y conocer de las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado. La moción de censura y la moción de observación pueden ser algunas de las conclusiones de la responsabilidad política.

Función Judicial: Para juzgar excepcionalmente a los funcionarios del Estado por responsabilidad política.

Función Electoral: Para elegir Contralor General de la República, Procurador General de la Nación, Magistrados de la Corte Constitucional y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Defensor del Pueblo, Vicepresidente de la República cuando hay falta absoluta.

Función Administrativa: Para establecer la organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes.

Función de Control Público: Para emplazar a cualquier persona, natural o jurídica, a efecto de que rinda declaraciones, orales o escritas, sobre hechos relacionados con las indagaciones que la Comisión adelante.

Función de Protocolo: Para recibir a Jefes de Estado o de Gobiernos de otras Naciones.

Además, el Senado de la Republica tiene las siguientes atribuciones especiales:

TÍTULO IV.

DE LAS DISPOSICIONES ESPECIALES DEL SENADO DE LA REPÚBLICA

CAPÍTULO I.

DE LAS ATRIBUCIONES DEL SENADO

ARTÍCULO 313. ATRIBUCIONES ESPECIALES. Son atribuciones especiales del Senado de la República:

1. Admitir o no las renuncias que hagan de sus empleos el Presidente de la República o el Vicepresidente.

2. Conceder licencia al Presidente de la República para separarse temporalmente del cargo, no siendo caso de enfermedad.

3. Declarar el abandono del cargo y la incapacidad física permanente del Presidente de la República.

4. Decidir sobre las excusas del Vicepresidente para ejercer la Presidencia de la República.

5. Elegir los Magistrados de la Corte Constitucional.

6. Elegir al Procurador General de la Nación.

7. Aprobar o improbar los ascensos militares que confiera el Gobierno, desde Oficiales Generales y Oficiales de Insignia de la Fuerza Pública, hasta el más alto grado.

8. Autorizar al Gobierno para declarar la guerra a otra Nación.

9. Permitir el tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la República.

10. Rendir concepto previo al Gobierno sobre la prórroga para el segundo período del Estado de conmoción interior.

11. Conocer de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el Presidente de la República o quien haga sus veces, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General de la Nación, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos. En este caso conocerá por hechos u omisiones ocurridos en el desempeño de los mismos.

12. Conocer de la dejación del ejercicio del cargo, por motivo de enfermedad y por el tiempo necesario, del Presidente de la República.

13. Elegir los miembros de la Comisión de Administración del Senado.

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