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TIENE FUNCIONES: LEGISLATIVAS, ADMINISTRATIVAS Y JURISDICCIONALES. .

yah.100Síntesis15 de Febrero de 2017

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LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ESTADO: Estructura Política creada para organizar, coordinar y dirigir las actividades del grupo social asentado en un territorio.

 TIENE FUNCIONES: LEGISLATIVAS, ADMINISTRATIVAS Y JURISDICCIONALES.  

Cuenta con 3 niveles de gobierno:

GOBIERNO FEDERAL: Órgano de autoridad, que ejerce jurisdicción en todo el territorio nacional, coordinando a las autoridades estatales.  

GOBIERNO ESTATAL: Coordina esfuerzos y tareas de diversas autoridades municipales que funcionan en la circunscripción territorial que funcionan de una entidad federativa.

 GOBIERNO MUNICIPAL: Nivel de Gobierno que atiende a las necesidades de un grupo social asentado en una circunscripción determinada.  

-Órganos de gobierno-

A. LEGISLATIVO: Su principal función es la de hacer leyes.

 B. EJECUTIVO: Realiza actos de gobierno que satisfagan las necesidades de la sociedad.

 C. JUDICIAL: Su función es la de aplicar la ley a casos concretos.  

Administración pública: Órganos dependientes del poder ejecutivo que se encargan de planear, organizar y dirigir las actividades de los gobernados. Es llevado a cabo por el Poder Ejecutivo.  

Poder Ejecutivo Colegiado: Sistema en el cual el Parlamento escoge a un grupo de personas que ocuparan dicho cargo.

 Poder Ejecutivo Unipersonal: Este poder se deposita sólo en un presidente, en el cual se centran todos los derechos y obligaciones que este alto puesto demanda.

 Secretarios de Estado: Son los colaboradores que elige el Presidente de la república para ayudarlo a llevar a cabo sus funciones administrativas.  

  • Son nombrados y removidos por el Presidente.
  • Deben dar cuenta al Congreso, dentro del período de sesiones extraordinarias, del estado que guardan sus respectivas secretarías.
  • Deberán firmar todos los Reglamentos, decretos, Acuerdos y órdenes del Presidente  

-LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN MÉXICO SE ORGANIZA-

BAJO 2 SISTEMAS-

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA: Organización en la que el Presidente es el centro del poder de una serie de organismos que desarrollan el plan de Trabajo del Ejecutivo.

 Está formada por:

 A. El presidente de la república.

 B. Las secretarías de Estado y los departamentos administrativos.

C. La Procuraduría General de la República (PGR).

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DESCENTRALIZADA (DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA):

Organización administrativa que crea organismos fuera del poder central, que tienen autonomía y patrimonio propios para realizar actividades o servicios públicos. Para la creación de un organismo descentralizado se establecen ciertos elementos:  La denominación del organismo, el domicilio legal, el objeto del organismo, la manera de integrar el órgano de gobierno, las facultades y obligaciones de los órganos de gobierno.

DESCENTRALIZACIÓN POR REGIÓN: Organización administrativa destinada a manejar los intereses colectivos de una población radicada en determinado territorio. Un ejemplo ilustrativo de este tipo de descentralización es el MUNICIPIO.

 MUNICIPIO: Base de la división territorial y de la organización política y administrativa de una entidad federativa. Tiene autonomía orgánica, autonomía técnica para realizar sus fines; tiene personalidad jurídica y patrimonio propio.

Es administrado por un AYUNTAMIENTO.

Y tiene que cumplir con servicios públicos como:

 

A. Agua potable y alcantarillado.

B. Alumbrado público.

 C. Limpia.

 D. Mercados

 E. Panteones.

 F. Rastro (lugar donde matar ganados).

G. Calles, parques y jardines.

H. Seguridad pública y tránsito.  

DESCENTRALIZACIÓN POR SERVICIO: Organización administrativa que crea organismos dotados de capacidad y conocimientos técnicos para satisfacer una necesidad de orden colectivo.  

-Debido a que el Estado no puede llevar a cabo la realización de todos los servicios públicos y es necesario que se satisfaga las necesidades, crea organismos fuera de su régimen centralizado-  

 Empresas de participación estatal: Organismos en los que el gobierno obtiene una ganancia.  Empresas descentralizadas por servicio: Empresas que no generan una ganancia sino sólo tienen el objetivo de cubrir necesidades colectivas.  

Material elaborado para fines educativos. Prohibida su distribución a personal NO autorizado.  

DESCENTRALIZACIÓN POR COLABORACIÓN: Es una de las funciones públicas que cumplen un ejercicio privado, es decir, se ejerce la actividad pública pero con nombre propio de la organización privada.  

DESCONCENTRACIÓN ADMINISTRATIVA: Transfiere facultades que la centralización hace a órganos inferiores para que en el ámbito de su competencia resuelvan cuestiones administrativas.                              

Sus características son: Está dentro de la centralización administrativa, la relación jerárquica de superior a inferior se hace más patente, no tienen autonomía económica, sino autonomía técnica, la competencia se ejerce dentro de las facultades del gobierno federal.  

CONCESIONES: Acto administrativo del Poder Ejecutivo en el que otorga a un particular el aprovechamiento o explotación de un servicio público o bienes del Estado.

 Se compone de dos elementos: “La situación reglamentaria” y “El contrato administrativo”.

Se puede clasificar en 2 grupos:

CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO: Cuando un organismo público concede a una persona física o moral el manejo de un servicio público bajo el control de la autoridad concedente.

 CONCESIÓN PARA LA EXPLOTACIÓN DE BIENES: Poder que otorga el Ejecutivo a un particular para el aprovechamiento de los productos de la explotación de determinados bienes, de manera temporal.

Cuenta con 3 sujetos jurídicos: 

 Concedente: Es el Poder Ejecutivo.

 Concesionario: Particular quien explota o aprovecha la concesión otorgada.

Público: Es el que recibe los beneficios de la concesión a cambio de un pago por la misma.

-En la concesión se pueden presentar 2 situaciones jurídicas-                

RESCATE: Derecho del organismo público de poner fin al contrato de concesión, con su respectiva indemnización.

REVERSIÓN: Derecho del Estado para hacerse propietario de las instalaciones y obras materiales realizadas por el particular al término de la concesiones

-PODERES QUE REÚNE EL PRESIDENTE-

PODER DE MANDO

Porque ejerce autoridad, sobre todos los funcionarios de la Administración Pública Federal.

PODER DE VIGILANCIA

Instrumenta procedimientos de control para cuidar que los actos de sus colaboradores se encaminen a realizar los objetivos de su plan de Gobierno.

PODER DE REVISION

Solicita informes de las labores de sus colaboradores y aprueba sus actividades, para verificar que sus planes y programas se cumplan.

PODER DE DECISION PARA RESOLVER LOS CONFLICTOS DE SU COMPETENCIA

En los casos en los que existan dudas sobre cuál es el órgano administrativo competente, para realizar una actividad administrativa.  

PODER DISCIPLINARIO

Corrige y en su caso sanciona, a los colaboradores.

-El poder ejecutivo como órgano administrativo y como órgano político-

-SECRETARÍAS DE ESTADO-

ÓRGANO ADMINISTRATIVO: Tiene funciones administrativas. Son todas las tareas encaminadas a satisfacer el bien común de la nación.

ÓRGANO POLÍTICO. Tiene funciones políticas. Consiste en mantener relación con los otros 2 poderes y con los gobiernos de otras naciones

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