Guia De Derecho Penal
iphonedy26 de Junio de 2013
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GUIA DE DERECHO PENAL
Temas
Parte general
La ley penal
Teoria del delito
Teoria de la pena y de las medidas de seguridad
Parte especial. Delitos contra:
- la vida y la integridad de la persona
- la libertad personal
- la familia, la libertad sexual y el normal desarrollo
psicosexual
- el honor
- el patrimonio
- el erario y el servicio publico
- la procuracion y administracion de justicia
- el equilibrio ecologico y la proteccion del ambiente
- la salud
- la proteccion del derecho de autor
Delitos electorales y en materia del Registro Nacional de
Ciudadanos
Delitos especiales
Definicion y ambitos de validez
Implicaciones procedimentales en delitos graves y no graves
Modelos de derecho procesal penal y el derecho procesal penal mexicano
Los sujetos de la relacion procesal y otros intervinientes
Estructura de la averiguacion previa y estructura del proceso penal
Medios de prueba
Medios de impugnacion
Medidas cautelares
Procedimientos incidentales en el proceso penal
Procedimientos especiales en materia penal
Derecho de ejecucion penal
Concepto, funcion y caracteristicas
Fuentes del derecho de ejecucion penal
Ejecucion de la pena en prision
PARTE GENERAL
1. CUESTIONES GENERALES
1.1 CONCEPTOS BASICOS Y FUNCIONES DEL DERECHO PENAL
Las raices del derecho penal se encuentran en representaciones etico-sociales de valor de la comunidad juridica: constituyen el fundamento para que surjan bienes juridicos, normas juridicas y tipos penales.
CONCEPTO: El derecho penal, es aquel conjunto de normas juridicas que une ciertas
y determinadas consecuencias juridicas, en su mayoria reservadas a esta rama del derecho, a una conducta humana determinada, la cual es el delito, y la consecuencia juridica de este es la pena; y en todos los casos, ella afecta al autor de un delito que ha efectuado culpablemente.
1.1.1 CIENCIA, DOGMATICA Y POLITICA CRIMINAL
CIENCIA:
Las ciencias penales son un conjunto sistematico de conocimientos relativos al delito, al delincuente, a la delincuencia, a la pena y a los demas medios de defensa social contra la criminalidad. Gracias a estas ciencias podemos descubrir, como, cuando, donde y con que se produjo el delito.
DOGMATICA:
Desde un punto de vista funcional, en el contexto general de la obtencion de las normas juridicas, la dogmatica debe garantizar una aplicacion igualitaria y previsible del derecho, no es un fin en si misma, sino un medio para lograr una garantia del poder punitivo estatal, desde el punto de vista del estado de derecho.
Con ella se persigue una aplicacion del derecho, la mas igualitaria posible, y la obtencion de las finalidades politico- criminales preestablecidas dentro del ordenamiento juridico.
POLITICA CRIMINAL:
Se fija en las causas del delito, intenta comprobar la eficacia de las sanciones empleadas por el derecho penal, pondera los limites hasta donde puede el legislador extender el derecho penal, para coartar lo menos posible el ambito de libertad de los ciudadanos, discute como pueden configurarse los elementos de los tipos penales para corresponder a la realidad del delito.
Es un conjunto sistematizado
de principios conforme a los cuales el Estado debe de organizar la lucha contra la criminalidad, debe fundamentarse sobre el estudio cientifico del delincuente y de la delincuencia, de la pena y de las medidas de defensa social contra el delito.
1.1.2 LA PROTECCION DE BIENES JURIDICOS COMO FUNCION DEL DERECHO PENAL
Los bienes juridicos pueden proteger intereses o valores individuales, sociales, del estado o en su caso de los sistemas federales de las entidades federativas y de personas morales. La proteccion de los bienes juridicos se lleva a cabo por medio de las normas penales; en el sistema juridico mexicano estas se encuentran contenidas en el Codigo Penal Federal, y en el Codigo Penal del Estado, y en las leyes penales que tipifican conductas delictivas y que tienen como objeto Mantener el orden politico social de una comunidad mediante penas y medidas adecuadas de seguridad.
1.1.3 OTRAS FUNCIONES
Establecer las categorias de los delitos y sus respectivas definiciones.
Senalar las penas que les corresponden y la consiguiente medida de seguridad. la reparacion del dano y la comprobacion del cuerpo del delito y la probable responsabilidad.
1.2 EL CONCEPTO DE DERECHO PENAL
Rama del derecho publico interno, que define los delitos y senala las penas y medidas de seguridad aplicables cuyo objeto es mantener el orden politico social de una comunidad.
Mediante penas y otras medidas adecuadas de seguridad, combate las conductas que ponen en peligro a la sociedad.
1.2.1 EL DERECHO PENAL OBJETIVO (IUS POENALE) Y DERECHO PENAL SUBJETIVO (IUS
PUNIEND)
EL DERECHO PENAL OBJETIVO (IUS POENALE):
Es el conjunto de normas juridicas que asocian el delito como presupuesto y la pena como consecuencia juridica. Son normas juridicas establecidas por el estado, que determinan delitos, las penas y las medidas de seguridad con que aquellos son sancionados
DERECHO PENAL SUBJETIVO (IUS PUNIEND):
Facultad del Estado para crear los delitos, las penas y mediadas de seguridad aplicables a quienes los cometen o a los sujetos peligrosos que pueden delinquir. Con la finalidad de luchar contra la criminalidad
1.3 ESCUELAS Y DOCTRINAS PENALES
Escuela Clasica:
Tiene caracteres comunes como son:
- Metodo logico-abstracto.
- Imputabilidad basada sobre el libre albedrio y la culpabilidad moral.
- El delito como ente juridico.
- La pena se concibe como un mal y un medio de tutela juridica.
Escuela Positiva:
Su sistema penal es duro, y su concepcion del delito es como delito natural y con la temibilidad que pudo y debio ser, un criterio positivo del derecho penal.
Escuelas Intermedias: tenia una teoria:
- Correlacionista.
- Positivo critico
- Neoclasismo
-Teoria penal humanista.
1.4 PRINCIPIOS-LIMITE AL PODER PUNITIVO ESTATAL EN EL MARCO DEL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO EN LOS AMBITOS SUSTANTIVO, PROCESAL Y PENITENCIARIO. EL DERECHO PENAL MINIMO RACIONAL Y GARANTISTA
- Principio de Division de Poderes.
- Principio de legalidad y legitimidad
- Principio de igualdad ante la ley.
- Principio de intervencion minima
- Principio de jurisdiccionalidad.
- Principio del bien juridico.
- Principio
de acto de conducta
- Principio de tipicidad
- Principio de culpabilidad.
- Principio de inocencia.
2. LA LEY PENAL
2.1 DELIMITACION CONCEPTUAL
El concepto se basa en el tipo de conducta antijuridica que esta establecido en un Codigo
2.2 ESTRUCTURA DE LA NORMA PENAL
La norma penal tiene su estructura en la propia ley penal ya que esta define los delitos, es decir, la conducta antisocial y antijuridica, los tipos asi como las sanciones aplicables segun el caso.
2.3 AMBITOS DE VALIDEZ DE LA NORMA PENAL
• ESPACIAL: Este codigo se aplicara por los delitos cometidos en el territorio.
• TEMPORAL: Es el derecho aplicado conforme a la ley vigente.
• PERSONAL: Este codigo se aplicara a todas las personas sin distincion alguna, con excepcion de los inimputables.
2.4.- INTERPRETACION E INTEGRACION DE LA NORMA PENAL
INTERPRETACION: tiene por objeto la aclaracion del sentido legal y dado el caso, la adaptacion de la ley a las exigencias y nuevos criterios del sentido legal.
Clases de interpretacion:
1. Por su origen o por los sujetos que la realizan:
- Privativa o doctrinal
- Judicial o Jurisdiccional
- Autentica o legislativa
2. Por los medios o metodos empleados.
- Gramatical
- Logico
3. Por los resultados
- Declarativa
- Extensiva
- Restrictiva
- Progresiva
3. TEORIA DEL DELITO
3.1 CONCEPTO, OBJETO, FUNCION E IMPORTANCIA DE LA TEORIA DEL DELITO
CONCEPTO: Es una parte de la ciencia del derecho penal, comprende el estudio de los elementos positivos y negativos del delito, asi como sus formas de
manifestarse.
OBJETO: Atiende al cumplimiento de un cometido, consistente en la facilitacion de la averiguacion de la presencia o ausencia del delito de cada caso concreto.
FUNCION: Se encarga de estudiar las partes comunes de todo hecho delictivo, con el fin de determinar si existe o no un hecho delictivo
IMPORTANCIA DE LA TEORIA DEL DELITO: El origen de la estructura del delito inicio con Hegel, filosofo que dio una explicacion del mundo, misma que basaba en la razon. Todo movimiento correspondia a la razon. Delito = Razon. Juristas Hegelianos como Berner, Enrico, Giovanni Hellmuth Mayer, tomaron los principios de este para estudiar el delito. Ellos confundian el delito con la accion. Delito Mundo objetivo Conducta (unico elemento)= Accion “inervacion
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