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LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL


Enviado por   •  3 de Agosto de 2021  •  Ensayos  •  3.345 Palabras (14 Páginas)  •  103 Visitas

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I. Actividades consideradas como altamente riesgosas: Las actividades que implican la generación

o manejo de sustancias con características corrosivas, reactivas, radioactivas, explosivas, tóxicas,

inflamables o biológico-infecciosas en términos de lo dispuesto por la Ley General del Equilibrio

Ecológico y la Protección al Ambiente;

II. Criterio de equivalencia: Lineamiento obligatorio para orientar las medidas de reparación y

compensación ambiental, que implica restablecer los elementos y recursos naturales o servicios

ambientales por otros de las mismas características;

III. Daño al ambiente: Pérdida, cambio, deterioro, menoscabo, afectación o modificación adversos y

mensurables de los hábitat, de los ecosistemas, de los elementos y recursos naturales, de sus

condiciones químicas, físicas o biológicas, de las relaciones de interacción que se dan entre éstos,

así como de los servicios ambientales que proporcionan. Para esta definición se estará a lo

dispuesto por el artículo 6o. de esta Ley;

IV. Daño indirecto: Es aquel daño que en una cadena causal no constituye un efecto inmediato del

acto u omisión que es imputado a una persona en términos de esta Ley;

V. Se entiende por cadena causal la secuencia de influencias de causa y efecto de un fenómeno

que se representa por eslabones relacionados;

VI. No se considerará que existe un daño indirecto, cuando entre la conducta imputada y el

resultado que se le atribuye, sobrevenga el hecho doloso de un tercero que resulte completamente

determinante del daño. Esta excepción no operará si el tercero obra por instrucciones, en

representación o beneficio, con conocimiento, consentimiento o bajo el amparo de la persona

señalada como responsable;

VII. Los daños indirectos regulados por la presente Ley se referirán exclusivamente a los efectos

ambientales de la conducta imputada al responsable;

VIII. Estado base: Condición en la que se habrían hallado los hábitat, los ecosistemas, los

elementos y recursos naturales, las relaciones de interacción y los servicios ambientales, en el

momento previo inmediato al daño y de no haber sido éste producido;

IX. Fondo: El Fondo de Responsabilidad Ambiental;

X. Ley: La Ley Federal de Responsabilidad Ambiental;

XI. Leyes ambientales: La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley

General de Vida Silvestre, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, la

Ley de Aguas Nacionales, la Ley de Cambio Climático, y la Ley General de Bienes Nacionales; así

como aquellos ordenamientos cuyo objeto o disposiciones se refieran a la preservación o

restauración del equilibrio ecológico y la protección del ambiente o sus elementos;

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL

CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN

Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Nueva Ley DOF 07-06-2013

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XII. Mecanismos alternativos: Los mecanismos alternativos de solución de controversias, tales

como la mediación, la conciliación y los demás que permitan a las personas prevenir conflictos, o

en su caso, solucionarlos, sin necesidad de intervención de los órganos jurisdiccionales, salvo para

garantizar la legalidad y eficacia del convenio adoptado por los participantes y el cumplimiento del

mismo;

XIII. Procuraduría: La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente;

XIV. Sanción económica: El pago impuesto por la autoridad judicial para penalizar una conducta

ilícita dañosa, dolosa con la finalidad de lograr una prevención general y especial e inhibir en el

futuro comportamientos prohibidos;

XV. Secretaría: La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

XVI. Servicios ambientales: Las funciones que desempeña un elemento o recurso natural en

beneficio de otro elemento o recurso natural, los hábitat, ecosistema o sociedad.

Artículo 3o.- Las definiciones de esta Ley, así como la forma, prelación, alcance, niveles y

alternativas de la reparación y compensación del daño al ambiente que en ella se prevén, serán

aplicables a:

I. Los convenios, procedimientos y actos administrativos suscritos o sustanciados de conformidad a

las Leyes ambientales y los tratados internacionales de los que México sea Parte;

II. El procedimiento judicial de responsabilidad ambiental previsto en esta Ley;

III. La interpretación de la Ley penal en materia de delitos contra el ambiente y la gestión

ambiental, así como a los procedimientos penales iniciados en relación a estos;

IV. Los mecanismos alternativos de solución de controversias previstos en las Leyes, y

V. La Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos

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