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LITIGACIÓN ORAL EN MATERIA PENAL.


Enviado por   •  1 de Junio de 2016  •  Apuntes  •  1.009 Palabras (5 Páginas)  •  262 Visitas

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UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO

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FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

MATERIA: PROCESAL PENAL II

TRABAJO INDIVIDUAL

ESTUDIANTE: WASHINGTON FRANCO CEDEÑO

DOCENTE: Dr. CADENA LINZAN DANIEL VICENTE Mg.

CURSO: 8VO “A” DIURNO

PERIODO ACADÉMICO

MARZO 2016- AGOSTO 2016


ENSAYO

LITIGACIÓN ORAL EN MATERIA PENAL

Tal como está consagrado en la Constitución del 2008, en el COIP y los tratados internacionales sobre los derechos humanos, en materia de garantías procesales, la litigación oral se basa específicamente en hacer cumplir el  derecho al debido proceso,  De ese modo, el principal aspecto, regulado por nuestra legislación y las normas internacionales en materia de garantías básicas del debido proceso, se refiere a la idea del derecho a “ser oído por un tribunal”.  Idea, que está expresamente mencionada en el artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, tratados que fueron suscritos y ratificados por el Ecuador, donde se señala expresamente que el propósito del derecho a ser oído, debe ser visto como la noción genérica de salvaguardia del resto de garantías específicas en la legislación.

Por lo tanto, esta idea central respecto a la regulación de los derechos humanos en el ámbito procesal está constituida por la representación de un juicio. El cual  es considerado, por los estándares internacionales de derechos humanos así como en nuestra legislación,  un marco de protección general para todas las garantías del procedimiento. Sin la existencia o creación de un  juicio es difícil concebir la existencia de un proceso penal capaz de respetar los derechos individuales de toda persona procesada.

Como ya mencione, el núcleo central del derecho a ser oído está compuesto por la noción de que cada persona acusada tiene el derecho a ser juzgado en un juicio oral. La noción de juicio, a su vez, se encuentra muy estrechamente vinculada a ciertos principios o elementos indispensables del mismo tales como la oralidad que ya lo hemos especificado y que es un principio rector, la publicidad que todo proceso debe ser público a excepción los que determine la ley como delitos sexuales; es una forma de que la sociedad visualice y crea en el sistema constitucional de derecho y de que estén conscientes de la administración de justicia y por último el principio de contradicción que las partes dentro del proceso deben presentar sus argumentos, presentar pruebas y a contradecirse las que se presenten en su contra.

De este modo la jurisprudencia desarrollada, por el Comité de Derechos Humanos del Pacto, estipulo  que el juicio es una audiencia oral y pública, de naturaleza adversarial, es decir que en el juicio las partes tienen la posibilidad de presentar evidencia, contradecir la evidencia presentada por sus contrapartes y presentar sus argumentos al tribunal.

Es necesario brindar una explicación más profunda acerca de los alcances de estos tres principios o elementos qué son componentes centrales de la noción de juicio, de acuerdo a los estándares desarrollados por el derecho internacional de los derechos humanos.

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