Las reglas del código tributario
Enviado por jhulior • 26 de Noviembre de 2013 • Tutoriales • 3.307 Palabras (14 Páginas) • 187 Visitas
Código orgánico tributario.
Artículo 1. Las disposiciones de este Código Orgánico son aplicables a los tributos
nacionales y a las relaciones jurídicas derivadas de esos tributos.
Para los tributos aduaneros el Código Orgánico Tributario se aplicará en lo atinente a
los medios de extinción de las obligaciones, a los recursos administrativos y judiciales,
a la determinación de intereses y lo relativo a las normas para la administración de
tales tributos que se indican en este Código; para los demás efectos se aplicará con
carácter supletorio.
Las normas de este Código se aplicarán en forma supletoria a los tributos de los
estados, municipios y demás ante la división político territorial. El poder tributario de
los Estados y Municipios para la creación, modificación, supresión o recaudación de los
tributos que la Constitución y las leyes les atribuyan, incluyendo el establecimiento de
exenciones, exoneraciones, beneficios y demás incentivos fiscales, será ejercida por
dichos entes dentro del marco de la competencia y autonomía, que le son otorgadas de
conformidad con la Constitución y las Leyes dictadas en su ejecución
Para los tributos y sus accesorios determinados por Administraciones Tributarias
extranjeras, cuya recaudación sea solicitada a la República de conformidad con los
respectivos tratados internacionales, este Código se aplicará en lo referente a las
normas sobre el juicio ejecutivo.
Parágrafo Único: Los procedimientos amistosos previstos en los tratados para evitar
la doble tributación, son optativos y podrán ser solicitados por el interesado con
independencia de los recursos administrativos y judiciales previstos este Código.
Artículo 2. Constituyen fuentes del derecho tributario:
1. Las disposiciones constitucionales.
2. Los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados por la República.
3. Las leyes y los actos con fuerza de ley.
4. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de régimen de tributos
nacionales, estadales y municipales, las reglamentaciones y demás
disposiciones de carácter general establecidas por los órganos
administrativos facultados al efecto.
Parágrafo Primero: Los contratos de estabilidad jurídica a los que se refiere el
numeral 4 de este artículo deberán contar con la opinión favorable de la Administración
Tributaria respectiva, y estarán en vigencia una vez aprobados por el Órgano
Legislativo correspondiente.
Parágrafo Segundo: A los efectos de este Código se entenderán por leyes los actos
sancionados por las autoridades nacionales, estadales y municipales actuando como
cuerpos legisladores.
Artículo 23. Los contribuyentes están obligados al pago de los tributos y al
cumplimiento de los deberes formales impuestos por este Código o por normas
tributarias.
Sección Primera
Facultades Atribuciones y Funciones en Generales
Artículo 121. La Administración Tributaria tendrá las facultades, atribuciones y
funciones que establezcan la Ley de la Administración Tributaria y demás leyes y
reglamentos, y en especial:
1. Recaudar los tributos, intereses, sanciones y otros accesorios.
2. Ejecutar los procedimientos de verificación y de fiscalización y determinación
para constatar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones de carácter
tributario por parte de los sujetos pasivos del tributo.
3. Liquidar los tributos, intereses, sanciones y otros accesorios, cuando fuere
procedente.
4. Asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias solicitando de los
órganos judiciales, las medidas cautelares, coactivas o de acción ejecutiva de
acuerdo a lo previsto en este Código.
5. Adoptar las medidas administrativas de conformidad con las disposiciones
contenidas en este Código.
6. Inscribir en los registros, de oficio o a solicitud de parte, a los sujetos que
determinen las normas tributarias y actualizar dichos registros oficiosamente o
a requerimiento del interesado.
7. Diseñar e implantar un registro único de identificación o de información que
abarque todos los supuestos exigidos por las leyes especiales tributarias.
8. Establecer y desarrollar sistemas de información y de análisis estadístico,
económico y tributario.
9. Proponer y aplicar y divulgar las normas en materia tributaria.
10. Suscribir convenios con organismos públicos y privados para la realización de
las funciones de recaudación, cobro, notificación, levantamiento de estadísticas,
procesamiento de documentos
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