Ley 10 Y Ley 10 Resumen Ejecutivo Colombiano
trianab199415 de Marzo de 2014
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LEY 10
Se busca definir qué servicios básicos de salud se ofrecerán, los niveles de atención y sus grados de complejidad; como también la participación, derechos y deberes de la comunidad. A las personas que presten servicios de salud se les llevara a cabo un control, una inspección y una vigilancia, al igual que a las entidades públicas y privadas que presten este servicio, donde se les deberá dictaminar la organización y funcionamiento de servicios de salud pública como prepagada, los cuales como mínimo deben prestar una atención primaria de urgencias, sin importar factores socio-económicos, siguiendo los principios básicos
El sistema de salud debe fomentar, prevenir, tratar y rehabilitar; para intervenir en factores biológicos, ambientales, de comportamiento y de atención; que son considerados un riesgo para la salud.
En pocas palabras saber que cada ciudadano tiene derecho a el servicio de salud y saber que las entidades tienen sanciones si no cumplen con este propósito .
Ley 60
Capítulo I: Este capítulo consiste en realizar la acción de: fomento de la salud, prevención de la enfermedad, asegurar y financiar la prestación de los servicios de tratamiento y rehabilitación; en el caso del 1 nivel de atención de la salud de la comunidad, se debe realizar directamente a través de sus dependencias o entidades descentralizadas
CAPÍTULO ll
EL SITUADO FISCAL
El situado fiscal, es el porcentaje de los ingresos corrientes de la Nación que será cedido a los departamentos y estos serán administrados bajo responsabilidad de los departamentos y distritos de conformidad con la Constitución Política.
Del total que corresponda a cada departamento, será obligatorio destinar como mínimo el 60% para educación y el 20% para salud. El 20% restante lo deberá destinar el departamento o distrito, a salud o educación según sus metas en coberturas y demás fuentes de financiación de estos sectores. Como mínimo el 50% del situado fiscal destinado a salud deberá aplicarse al primer nivel de atención y debe ser transferido a los municipios y distritos cuando estos asuman esa competencia
El plan de ampliación de coberturas, el mejoramiento de la calidad y de descentralización en el caso de salud, deberá consagrar los siguientes aspectos:
1. La población cubierta y la población objetivo por atender en salud de acuerdo a las metas anuales para ampliación de la cobertura.
2. Los servicios públicos y privados de salud que existen en los municipios, y los niveles de atención en salud que deberán quedar a cargo de cada una de las administraciones locales.
3. Se determinará el programa de subsidios para el acceso de la población pobre a la seguridad social en salud
4. Los recursos financieros disponibles a la fecha y su proyección futura, teniendo en cuenta el situado fiscal, los recursos propios de los municipios aplicados a salud y educación.
5. La infraestructura y el personal que se incorporará al nivel central del departamento con responsabilidades de dirección, asesoría y control.
El plan de asunción de responsabilidades frente a las coberturas, a la calidad y a la eficiencia de los servicios que contenga como mínimo los siguientes aspectos:
1. coberturas y calidad de los diferentes niveles de atención y su población objetivo.
2. El personal, instalaciones y equipos disponibles.
3. Los recursos financieros destinados a la prestación de los servicios.
4. Otros aspectos propios de cada sector, en el departamento y sus municipios.
CAPITULO III: Se estipula el pago de salarios y honorarios a médicos, enfermeras, promotores y demás personal técnico y profesional,
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