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Resumen Ejecutivo


Enviado por   •  3 de Febrero de 2013  •  6.700 Palabras (27 Páginas)  •  284 Visitas

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RESEÑA HISTORICA

A. ANTECEDENTES DE LA BANCA CENTRAL EN GUATEMALA

1. La fundación del Banco Central: la reforma de Orellana

Los orígenes legales e institucionales del actual sistema de banca central en Guatemala se remontan al período de la reforma monetaria y financiera de 1924-1926. Entonces, fue creado el Banco Central de Guatemala como establecimiento de emisión, giro y descuento, de carácter privado y con participación del Estado como accionista. Esta reforma culminó durante el mandato del General José María Orellana (1921-1926), y fue conducida en su etapa final por un equipo bajo el liderazgo del Licenciado Carlos O. Zachrisson (entonces Ministro de Hacienda), que trabajó sobre la base de los estudios técnicos elaborados por el profesor EdwinWalter Kemmerer, de la Universidad de Princeton.1

El origen de esta reforma se vincula a los graves desequilibrios monetarios y financieros que ocasionó el régimen monetario anterior, basado en la existencia legal de un oligopolio de bancos emisores reglado por el gobierno de Manuel Estrada Cabrera, que generó una gigantesca deuda del gobierno para con esos bancos. En 1919, el propio gobierno de Estrada Cabrera invitó al profesor Kemmerer para estudiar las condiciones monetarias del país y hacer las recomendaciones que el caso ameritara para emprender la reforma. Kemmerer recomendó, entre otras medidas, el establecimiento de un banco central que sería el agente fiscal del gobierno y que tendría el derecho exclusivo de emitir billetes.

Ese intento de reforma se vio frustrado por una serie de eventos políticos y económicos (como los derrocamientos de los presidentes Estrada Cabrera y Manuel Herrera). No fue sino hasta en 1924 cuando el presidente Orellana invitó de nuevo al profesor Kemmerer a visitar el país y proponer un plan de reforma financiera. Antes de ello, en 1923, Orellana había promulgado un decreto que establecía una "Caja Reguladora" para estabilizar los tipos de cambio, la cual se convertiría en el embrión del Banco Central de Guatemala. En noviembre de 1924 fue promulgada la Ley Monetaria de la República de Guatemala, que daba vida a la nueva unidad monetaria, el Quetzal, bajo el régimen del patrón oro clásico. En 1925, el gobierno publicó las bases de lo que debería ser el banco central y solicitó propuestas de redacción de la ley correspondiente a los diferentes sectores interesados. Finalmente, mediante Acuerdo Gubernativo del 30 de junio de 1926, se fundó el Banco Central de Guatemala, que coronó la obra de la reforma económica del Gobierno de Orellana.

Las reformas emprendidas pusieron fin a la emisión monetaria desordenada, crearon un respaldo real a la moneda nacional, estabilizaron su paridad e instauraron el orden en los flujos bancarios y financieros del país. Sin embargo, como se puede adivinar, el proceso mismo de la reforma fue sumamente complicado, como lo demuestra la propia crónica orellanista de los hechos (La Administración del General José María Orellana y el Arreglo Económico de Guatemala):

"No se consiguieron todos estos resultados sino al cabo de una cruenta lucha contra toda serie de obstáculos. Como fácil es suponer, todos los intereses creados, añadidos a los pequeños intereses de la política, se pusieron en juego, al principio para desacreditar el plan propuesto y en seguida para ponerle trabas y obstáculos a su desarrollo. Fácil es considerar lo que esta lucha significó en un ambiente de por sí pesimista y en donde la voz de las pasiones, los intereses y la política menuda, encuentra siempre fácil eco. Hubo que luchar enérgicamente, en la acción, en el gabinete de trabajo, en la prensa..."

2. La segunda época: reforma monetaria y bancaria de 1946

La Gran Depresión mundial (1929-1933) afectó gravemente a la economía guatemalteca, y sometió a una difícil prueba al Banco Central y su política monetaria basada en el patrón oro clásico. Dado que dicho patrón no daba cabida a una política monetaria anticíclica, se hizo necesario impulsar la reforma monetaria y bancaria de 1944-1946, mediante la cual se creó el Banco de Guatemala como heredero del antiguo Banco Central de Guatemala. Esta reforma se culminó durante el gobierno revolucionario del Doctor Juan José Arévalo, y fue conducida bajo el liderazgo del Doctor Manuel Noriega Morales (Ministro de Economía y, posteriormente, primer presidente del Banco de Guatemala), cuyo equipo de trabajo contó con la asesoría del Doctor Robert Triffin2 y de David L. Grove, economistas del sistema de la Reserva Federal de los Estados Unidos de América3.

La reforma, impulsada por los aires renovadores de la Revolución de Octubre de 1944, consistió en otorgarle al Banco de Guatemala la calidad de banco estatal y la facultad de realizar una política monetaria, cambiaria y crediticia encaminada a crear las condiciones propicias para el crecimiento ordenado de la economía nacional. Para ello se dotó al Banco Central de instrumentos que le daban un mayor control sobre la oferta de dinero (manejo de las tasas de interés y descuento, y facultad para establecer encajes), así como una participación en el crédito de fomento (designación de cupos de crédito en determinadas actividades sectoriales), acorde esta última función a la tesis prevaleciente de basar el desarrollo en el modelo de sustitución de importaciones. Como uno de los grandes legados de la Revolución de Octubre, la Ley Orgánica del Banco de Guatemala (Decreto 215 del Congreso de la República, del 11 de diciembre de 1945) le confería a éste la calidad de entidad autónoma dotada de amplias facultades en el uso de instrumentos de política para contrarrestar los vaivenes cíclicos de la economía.

Conjuntamente con la Ley Monetaria (Decreto 203) y la Ley de Bancos (Decreto 315 del Congreso de la República), la Ley Orgánica del Banco de Guatemala conformaba un cuerpo armonioso de legislación financiera que dotaba al país de un marco legal a la altura de las que entonces eran las más modernas teorías y técnicas financieras, tal como fue el caso en muchos países de Latinoamérica que alrededor de esas épocas adoptaron también regímenes legales similares al guatemalteco, inspirados en las nuevas tendencias provenientes de Bretton Woods.

El proceso de concepción y redacción de las mismas fue arduo y no estuvo exento de obstáculos. De hecho, desde los albores de la Revolución, la Junta Revolucionaria emprendió la tarea de reformar el sistema financiero, emitiendo a principios de 1945 una Ley Monetaria y una Ley del Banco Central; la vida de estas dos leyes fue muy breve, dado que el equipo técnico dirigido por el Doctor Noriega Morales consideró que las mismas no habían sido elaboradas con el cuidado debido ni contenían los preceptos adecuados que, finalmente, fueron incorporados en las nuevas leyes redactadas con la asesoría de los expertos internacionales, las que, con diversos cambios a través del tiempo, regularon al sistema de banca central durante más de cincuenta cinco años.

La aprobación de le Ley Orgánica del Banco de Guatemala por parte del Congreso de la República implicó un esfuerzo especial por parte de las autoridades del Ejecutivo. Es sabido que existieron temores por parte del Doctor Noriega Morales respecto a que la ley fuera a ser modificada indebidamente durante su discusión legislativa, lo cual hizo del conocimiento del presidente Arévalo. Éste habría de narrar, años después, los hechos acontecidos entonces:

"(El Doctor Noriega Morales) fue a mi despacho y me dijo: "Presidente, aquí está el proyecto de Ley Orgánica del Banco de Guatemala, pero tengo miedo." ¿Y qué miedo es? "En el Congreso hay economistas, hay diputados que creen que saben muchas finanzas y van a tomar este proyecto y lo van a corromper; hemos trabajado año y dos meses en este proyecto y nos parece injusto que en una discusión oratoria en el Congreso el proyecto vaya a quedar maltrecho y salga un Banco de Guatemala incorrecto." "Yo voy a hacer lo que pueda", le dije, "para tranquilidad de usted", y al día siguiente invité al Presidente del Congreso, un talentoso abogado, Julio Bonilla González; (le dije) "me pasa esto y, aunque yo estoy prohibido por la ley para intervenir en casos del Congreso, voy a romper ese compromiso, hoy voy a cometer el acto delictoso (sic) de presionar: yo necesito que el Congreso apruebe la Ley Orgánica del Banco de Guatemala sin cambiarle una coma." De los sesenta diputados, cincuenta y nueve eran arevalistas, y era una época en que estábamos en luna de miel, el Congreso y el Ejecutivo, trabajando de común acuerdo y todo para Guatemala. Bonilla González se fue a su Congreso, habló con las comisiones del caso y todo el mundo dijo "si la cosa es tan delicada, pues así será", y pasó la Ley Orgánica del Banco de Guatemala sin discusión en el Congreso de la República. El presidente Arévalo, con fama de democrático, actuó dictatorialmente..."

B. EL PROCESO DE MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL: 1989-1999

La estructura básica de la legislación financiera guatemalteca emitida en 1945 y 1946 permitió el ordenado funcionamiento del sistema en sus primeros cuarenta años de vigencia, unas veces a pesar y otras veces en virtud de los cambios legislativos que se les introdujeron en diversas ocasiones . Sin embargo, al concluir la década de los años ochenta resultó evidente que tanto las crisis económicas regionales, como la liberalización de la banca y de los mercados financieros internacionales, los avances en materia electrónica, de computación y de las telecomunicaciones, la internacionalización de los mercados de valores y de capitales, así como la mayor interdependencia en el mercado internacional, rebasaron la concepción que de tales mercados tuvieron los legisladores de los años cuarenta.

Como reacción a ese proceso de obsolescencia de la legislación financiera, en 1993 la Junta Monetaria aprobó el Programa de Modernización del Sistema Financiero Nacional. Mediante dicho programa se propuso actualizar el marco regulatorio vigente, buscando reformas que favorecieran la estabilidad macroeconómica y que propiciaran una mayor apertura del mercado financiero, así como un mayor papel de las señales del mercado como asignadoras de los flujos financieros; todo ello mediante el impulso de modificaciones reglamentarias y legales, las cuales no pretendían la derogación completa de las leyes vigentes sino, más bien, su adecuación a los nuevos tiempos.

De hecho, el programa había dado inicio en 1989 con la adopción, por parte de la Junta Monetaria, de la liberalización de las tasas de interés para los intermediarios financieros regulados y de la eliminación del tipo de cambio de carácter regulado. Estas medidas estaban contempladas como una posibilidad dentro de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, pero lo estaban como situaciones de carácter excepcional respecto de la regla general.

El Programa de Modernización incluyó una serie de medidas adoptadas tanto por la Junta Monetaria como por el Congreso de la República y los Ministerios de Estado. Fueron más de cincuenta las resoluciones emitidas por la Junta Monetaria en los ámbitos de la política monetaria, del régimen cambiario, de la política crediticia, de la liberalización y diversificación de los productos y servicios bancarios, de la normativa prudencial y del funcionamiento de la supervisión financiera. Por su parte, las disposiciones más destacadas en el ámbito legislativo fueron:

• el Acuerdo Legislativo No. 18-93, que reforma la Constitución Política de la República e introduce la prohibición de que el banco central financie al gobierno;

• el Decreto 12-95, que reforma la Ley Orgánica del Banco de Guatemala para fortalecer la capacidad supervisora de la Superintendencia de Bancos;

• el Decreto 23-95, que reforma la Ley de Bancos;

• el Decreto 24-95, que reforma o deroga algunos artículos de las leyes bancarias concernientes a los requerimientos mínimos de capital;

• el Decreto 29-95, que libera la contratación de las tasas de interés;

• el Decreto 44-95, que reforma la Ley de Bancos de Ahorro y Préstamo para la Vivienda Familiar;

• el Decreto 34-96, que crea la Ley del Mercado de Valores y Mercancías;

• el Decreto 5-99 que crea la Ley para la Protección del Ahorro; y

• el Decreto 26-99, que reforma de nuevo la Ley de Bancos y la Ley de Sociedades Financieras, fortaleciendo la normativa prudencial y la capacidad de supervisión de la autoridad de vigilancia e inspección.

C. EL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL

Del proceso de reflexión y análisis generado en torno a la implementación del Programa de Modernización a lo largo de la década de los noventa resultó evidente que, para consolidar los logros obtenidos y profundizar la modernización completa del marco regulatorio del sistema financiero nacional, era necesaria una reforma aún más profunda de la legislación vigente, la cual debería tener un carácter integral. Lo anterior implicaba reformar todo el conjunto de normas y leyes que regían al sistema de banca central y a la intermediación financiera.

El proceso de reforma integral no se limitaría a una reforma puntual de algunos artículos de las leyes existentes. Por el contrario, comprendería la sustitución completa de las leyes del Banco Central, monetaria, de bancos y otras. Al contrario del Programa de Modernización de la década de los noventa, el cual pretendía una modernización o actualización parcial de la normativa vigente para hacerla compatible con la evolución de los mercados financieros, el nuevo proceso de reforma integral habría de implicar un cambio en la concepción del papel de la banca central y en la orientación de la regulación financiera.

Los lineamientos de la reforma integral se formalizaron el 1 de junio de 2000, cuando la Junta Monetaria, en Resolución JM-235-2000 emitió la Matriz del Programa de Fortalecimiento del Sistema Financiero Nacional, la cual contenía una serie de medidas clasificadas en tres grandes áreas de acción:

a) Bases para la reforma integral (programa de corto plazo). En este componente se consideró la elaboración de un diagnóstico de la situación del sector financiero que permitiera preparar las bases para las reformas legales estructurales.

b) Reforma integral a las leyes financieras.

c) Modificaciones reglamentarias que comprendieran la normativa que desarrollaría el contenido de la reforma integral de las leyes financieras.

La primera de esas áreas de acción fue crucial para orientar apropiadamente el diseño de la reforma legal. Para ello se llevó a cabo un diagnóstico profundo de la situación del sistema financiero, en general, y del sistema de banca central, en particular. Este se formalizó en el marco del Programa de Evaluación del Sistema Financiero -PESF- ejecutado conjuntamente por el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional en la segunda mitad del año 2000 . Uno de los principales resultados del PESF fue un análisis de las debilidades y fortalezas de la legislación financiera y la identificación de los principales aspectos de las mismas que podían ser objeto de reforma.

Como resultado de los lineamientos planteados por la Junta Monetaria y del diagnóstico del PESF, la preparación de la reforma integral de las leyes financieras se centró en la elaboración de cuatro proyectos de ley fundamentales:

a) Ley Orgánica del Banco de Guatemala . Orientada a favorecer la estabilidad macroeconómica que permita a los agentes económicos la correcta toma de decisiones referentes al consumo, al ahorro y a la inversión productiva. también al sector financiero, para cumplir con su misión de asignar eficientemente el crédito, para lo cual debía definir claramente el objetivo fundamental del Banco Central, fortalecer su autonomía financiera, y exigirle transparencia y rendición de cuentas ante la sociedad.

b) Ley Monetaria . Esta debía complementar a la anterior, estableciendo las responsabilidades de la emisión monetaria, la definición de reservas internacionales y la determinación de las especies monetarias.

c) Ley de Bancos y Grupos Financieros . Orientada a propiciar la estabilidad del sistema financiero, permitir una mayor eficacia en la canalización del ahorro, fortalecer el sistema de pagos y aumentar la solidez y solvencia del sistema financiero. Para el efecto debía establecer un marco general, ágil y flexible para el funcionamiento de los grupos financieros, que permitiera la supervisión consolidada, favoreciendo la administración de riesgos y la salida ágil y ordenada de bancos con problemas.

d) Ley de Supervisión Financiera . Orientada a favorecer la solidez y solvencia del sistema financiero, promover el ahorro al propiciar la confianza del público en el sistema bancario y viabilizar la estabilidad del sistema financiero. Para ello se debía fortalecer a la Superintendencia de Bancos, otorgándole independencia funcional, y dándole facultades para ejercer, con efectividad, la vigilancia e inspección de las entidades financieras del sistema.

Las cuatro leyes fundamentales, cuya vigencia inicia el 1 de junio de 2002, en conjunción con la Ley de Libre Negociación de Divisas, que cobró vigencia en mayo de 2001, constituyen un cuerpo integral y consistente de regulación financiera que atiende la delegación que el Estado, por mandato constitucional , hace al sistema de banca central de ejercer vigilancia sobre todo lo relativo a la circulación de la moneda. En efecto, la Constitución Política de la República establece en su artículo 132 que:

"Es potestad exclusiva del Estado, emitir y regular la moneda, así, como formular y realizar las políticas que tiendan a crear y mantener condiciones cambiarias y crediticias favorables al desarrollo ordenado de la economía nacional. Las actividades monetarias, bancarias y financieras, estarán organizadas bajo el sistema de banca central, el cual ejerce vigilancia sobre todo lo relativo a la circulación de dinero y a la deuda pública. Dirigirá este sistema la Junta Monetaria de la que depende el Banco de Guatemala, entidad autónoma con patrimonio propio, que se regirá por su Ley Orgánica y la Ley Monetaria".

En tal sentido, es fácil inferir que las cuatro leyes financieras fundamentales se enfocan a regular lo relativo a la circulación del dinero; es decir, a la creación de dinero primario por parte del Banco Central, y a la creación de dinero secundario por parte de los bancos del sistema.

Es de esperar que con este marco legal, y con su aplicación conjunta por parte de las autoridades monetarias, será posible aplicar una política monetaria de primer orden, acorde con las mejores prácticas internacionales. Todo ello para:

• Facilitar el control de la inflación a fin de que se reduzca a niveles similares a los de países industrializados.

• Crear las condiciones para que las tasas de interés, en un mercado competitivo y con el apoyo de la política fiscal, converjan a niveles internacionales favorables al crecimiento económico.

• Fortalecer el sistema bancario en su liquidez, solidez y solvencia.

• Evitar malas prácticas bancarias por parte de personas carentes de conocimientos bancarios y de solvencia moral.

• Fortalecer la supervisión financiera, en congruencia con las mejores prácticas internacionales, lo cual no sólo permitirá proteger el ahorro nacional, sino que redundará en la atracción de flujos financieros hacia el país.

Tomado de: Antecedentes, Elaboración y Espíritu de la Nueva Ley Orgánica del Banco de Guatemala, del Licenciado Mario García Lara, mayo de 2002

A manera de conclusión de está reseña histórica de la Banca Central , se transcribe a continuación una parte del discurso del licenciado Lizardo Arturo Sosa López, Presidente de la Junta Monetaria y del Banco de Guatemala, pronunciado el 31 de mayo de 2002.

Como puede apreciarse, las leyes que cobran vigencia a la media noche de hoy, constituyen una reforma integral y armónica del sistema financiero nacional que permitirá al país fortalecer y modernizar la supervisión bancaria, en congruencia con las mejores prácticas y estándares internacionales, lo cual no sólo protegerá y fomentará el ahorro nacional sino que redundará en la atracción de flujos financieros al país. Esto debe generar mayor estabilidad, solidez, solvencia y liquidez del sistema financiero nacional.

Además, Guatemala contará con una política monetaria de primer orden destinada a controlar la inflación y, de esta forma, coadyuvar a la creación de un ambiente macroeconómico que redunde en mayores y mejores tasas de crecimiento económico, que sustenten el desarrollo económico integral de nuestra nación.

El conjunto de leyes financieras configura una reforma radical (es decir, que va hasta las raíces de todo lo relativo a los mecanismos de la circulación del dinero y el crédito) como la que pocas veces se produce en la historia de las naciones. Comparables, quizá, fueron los procesos de reforma financiera ya mencionados, en 1926, durante el gobierno del General José María Orellana, y en 1946, durante el gobierno del Doctor Juan José Arévalo. Durante el primero se constituyó el Quetzal como moneda nacional y se sentaron los cimientos para el funcionamiento de un sistema bancario dirigido por el banco central. Durante el segundo, se fundó el Banco de Guatemala y se adecuó el sistema monetario a los estándares que la comunidad internacional adoptó en la posguerra mundial. Ambas reformas del siglo pasado, al igual que la nueva reforma que nos regirá a partir de mañana, requirieron de un laborioso proceso de diseño, discusión y aprobación legal, que demandó el esfuerzo patriótico de los distintos actores involucrados a nivel político, técnico, nacional e internacional, cuyo resultado fue, en ambos momentos de nuestra Historia, fundamental para mejorar el funcionamiento de nuestra economía y, consecuentemente, el bienestar de todos los guatemaltecos.

________________________________________

1. Durante la segunda y tercera décadas del siglo veinte, el profesor Kemmerer asesoró a varios gobiernos latinoamericanos (Chile, Colombia, Ecuador y Perú) en la creación de sus bancos centrales, a imagen de los bancos de la Reserva Federal que habían sido establecidos en Estados Unidos en 1913.

2. A mediados del siglo veinte, el Doctor Triffin también dirigió otros equipos asesores para las reformas financieras de otros países latinoamericanos.

3. Cabe agregar que la redacción de algunas partes de esa Ley Orgánica del Banco de Guatemala también contó con la asesoría del Doctor Raúl Prebisch, exgerente del Banco Central de la República Argentina.

4. Por ejemplo, el espíritu y la letra de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala de 1946 se vio trastocado, entre otras disposiciones legales, por el Decreto 1,704 (de septiembre de 1967) que modificó la conformación de la Junta Monetaria, por el Decreto 62-70 (de septiembre de 1970) que acortó el período de la presidencia del banco central, y por el Decreto 106-71 que creó el "Sector Público Financiero" (aunque éste último se corrigió posteriormente mediante el Decreto Ley 41-85).

5. El PESF (o FSAP, por sus siglas en inglés) fue conducido por un equipo de expertos que visitaron Guatemala en dos misiones presididas por Alfredo Leone y Augusto de la Torre, en julio y septiembre de 2000. El PESF dio lugar a un proceso de asesoría y seguimiento al proceso de reformas legales por parte de los expertos funcionarios de los organismos internacionales.

6. Se aprobó el 23 de abril de 2002, mediante Decreto Número 16-2002 del Congreso de la República.

7. Se aprobó el 24 de abril de 2002, mediante Decreto Número 17-2002 del Congreso de la República.

8. Una primera versión de esta ley se había aprobado mediante el Decreto 4-2002 en febrero de 2002. La versión final, revisada y compatibilizada con las otras leyes financieras, se aprobó el 29 de abril de 2002, mediante Decreto Número 24-2002 del Congreso de la República.

9. Se aprobó el 25 de abril de 2002, mediante Decreto Número 18-2002 del Congreso de la República.

10. Es de hacer notar que Guatemala es uno de los pocos países cuya Constitución Política establece, por una parte, el sistema de banca central a cargo de cumplir con la función estatal de regular la circulación de la moneda y, por otra, le confiere al banco central la calidad de entidad autónoma.

El Banco de Guatemala:

Proceso de construcción de su edificio Ricardo Martínez

El Banco de Guatemala abrió sus puertas el 1 de julio de 1946, en la 5ª. avenida y 10ª. calle de la zona 1; el inmueble perteneció a la familia Nottebohm, familia que debido a su origen alemán sus bienes fueron confiscados por el gobierno de la república, a raíz de la Segunda Guerra

Mundial. En esta casa permaneció el Banco durante tres años, hasta mayo de 1949, cuando, justamente el 9 de dicho mes, la Institución pasó a ocupar la casa solariega que perteneció al canónigo doctor José Antonio de Larrazábal (1769-1853), quien fue representante del Reino de Guatemala ante las Cortes de Cádiz. El inmueble se ubica en la 8ª. Avenida 9-41 de la zona 1 (nomenclatura antigua: octava avenida sur No. 7). Allí permaneció el Banco a lo largo de 19 años.

A los cuatro años, en 1953, la necesidad de construir un edificio para albergar a la cada vez más creciente institución bancaria era latente. La administración del Banco se dirigió a la Junta Monetaria con fecha 3 de junio de ese año para exponer que debido a que el Banco de Guatemala era una Institución joven que se encontraba en plena etapa de desarrollo y en procesos constantes de reorganización con el propósito de lograr una mayor eficiencia y no obstante a los esfuerzos realizados para readecuar las dependencias de la institución dentro del edificio, éste resultaba insuficiente, al grado que fue necesario contratar locales cercanos para el almacenamiento de su papelería; situación que vendría a agravarse ante la inminente puesta en funcionamiento de su cuarto de máquinas que requeriría de espacios especiales y condiciones de aislamiento y seguridad. Expansión, justificada por la Administración, como una extensión de sus funciones tendiente a situar al Banco en el plano que le corresponde dentro de la economía nacional.

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL BANCO DE GUATEMALA

I. MARCO LEGAL

El artículo 26 inciso (h) del Decreto Número 16-2002 del Congreso de la República de

Guatemala, Ley Orgánica del Banco de Guatemala, dispone que una de las atribuciones

de la Junta Monetaria es aprobar o modificar la estructura administrativa del Banco de

Guatemala, a propuesta del Gerente General. Asimismo, el artículo 32 del referido

Decreto establece que el Gerente General tendrá bajo su responsabilidad la administración del Banco de Guatemala y responderá ante el Presidente de esta Institución y ante la Junta Monetaria del correcto y eficaz funcionamiento del Banco.

En tal sentido y con el propósito que el Banco de Guatemala cumpla con su objetivo

fundamental de contribuir a la creación y al mantenimiento de las condiciones monetarias, cambiarias y crediticias más favorables al desarrollo ordenado de la economía nacional y promover la estabilidad en el nivel general de precios, y desarrolle las funciones que le define el citado Decreto en su artículo 4, la Institución cuenta con la estructura administrativa que se describe a continuación.

II. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

El Banco de Guatemala, para cumplir con su objetivo fundamental, desarrolla en forma

eficiente y eficaz las funciones que le encomienda su marco legal, en particular su ley

orgánica. Para el efecto, dispone de una estructura organizacional encabezada por sus

órganos superiores Junta Monetaria, Presidencia y Gerencia General, e integrada por la estructura administrativa que es coordinada por la Gerencia General, por medio de las Gerencias de Área, mismas que se conforman por departamentos, secciones y unidades. Cada una de las dependencias que conforman la organización del Banco Central tiene definida una función principal o razón de ser, complementada por sus funciones básicas, objetivos y metas operativas. En síntesis, la función principal de cada órgano y de cada dependencia de la organización es la siguiente:

A. JUNTA MONETARIA

La Junta Monetaria, integrada conforme los artículos 132 de la Constitución Política

de la República de Guatemala y 13 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala,

ejerce la dirección suprema del Banco de Guatemala.Consejo Técnico Asesor de Seguros Según lo establece el artículo 101 de la Ley de la Actividad Aseguradora, la función básica del Consejo Técnico Asesor de Seguros es prestar toda la asesoría que la Junta Monetaria requiera para atender asuntos de su competencia en las materias

de seguros, reaseguros y su intermediación.

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL BANCO DE GUATEMALA

B. PRESIDENCIA

La Presidencia del Banco de Guatemala está conformada por el Presidente y el

Vicepresidente, quienes a su vez también lo son de la Junta Monetaria. Entre las

atribuciones del Presidente están la de proponer a la Junta Monetaria la Política

Monetaria, Cambiaria y Crediticia, incluyendo las metas programadas; y velar por la

correcta ejecución de la política referida.

1. Comité de Ejecución

El Comité de Ejecución se integra por el Presidente del Banco de Guatemala,

quien a su vez lo coordina, por las autoridades del Banco de Guatemala y

asesores técnicos designados por la Junta Monetaria. Tiene bajo su

responsabilidad la ejecución de la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia que

determine la Junta Monetaria y, para el efecto, cumplirá las atribuciones que le

establece la ley orgánica de la Institución.

2. Auditoría Interna

Tiene a su cargo desarrollar una actividad independiente y objetiva de aseguramiento y consultoría, en el ámbito de su competencia, para agregar valor y proponer mejoras a las operaciones del Banco de Guatemala, con el propósito de apoyar a la Institución en el cumplimiento de sus objetivos, aportando un enfoque sistemático y disciplinado para evaluar y sugerir cambios para la mejora de los procesos de gestión de riesgos, control y dirección. Para cumplir con su función principal, la Auditoría Interna dependerá a nivel staff de la Presidencia del Banco de Guatemala, a quien deberá rendir informe directamente, y gestionará administrativamente por medio de la Gerencia General de la Institución. La Auditoría Interna contará con las unidades

administrativas siguientes:

a) Unidad de Auditoría de Riesgo y Control

b) Unidad de Auditoría de Estudios

c) Unidad de Auditoría de Sistemas

d) Unidad de Auditoría Financiera

e) Unidad de Auditoría Operativa

C. GERENCIA GENERAL

La Gerencia General tiene bajo su responsabilidad la administración del Banco de

Guatemala y responde ante el Presidente de la Institución y ante la Junta Monetaria

del correcto y eficaz funcionamiento del Banco.

Oficialía de Cumplimiento Tiene a su cargo vigilar el cumplimiento de programas y procedimientos internos, así como el cumplimiento de las obligaciones que la Ley Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos y la Ley para Prevenir y Reprimir el Financiamiento del Terrorismo y DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL BANCO DE GUATEMALA sus respectivos reglamentos le imponen al Banco de Guatemala como persona

obligada. La Oficialía de Cumplimiento depende de la Gerencia General.

D. GERENCIA ECONÓMICA

La Gerencia Económica tiene bajo su responsabilidad el diseño y el seguimiento de

la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia del país, en el marco de un Esquema

de Metas Explícitas de Inflación, la evaluación periódica de la referida política, la

identificación de las principales macrotendencias económicas, el análisis del

Sistema Financiero Nacional, principalmente, en aspectos asociados con la liquidez,

solvencia, funcionamiento, riesgo y competitividad de dicho sistema, así como la

preparación de las principales estadísticas económicas necesarias para la toma de

decisiones en materia de política monetaria. Para cumplir con esta función principal,

la Gerencia Económica cuenta con las dependencias que se describen a

continuación:

1. Consejo Técnico

Es la unidad staff que tiene a su cargo propiciar las condiciones que permitan

canalizar adecuadamente el apoyo técnico que requieren las autoridades para

el cumplimiento de las funciones de la Institución. Asimismo, facilitar la

comunicación y coordinación entre los diferentes departamentos del Banco de

Guatemala que integran el Consejo Técnico, para que realicen en forma eficaz

y eficiente los trabajos que se les han asignado por medio del referido Consejo.

2. Departamento de Análisis Macroeconómico y Pronósticos

Su función principal es diseñar la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia en

el marco de un esquema de metas explícitas de inflación, así como analizar y

evaluar integral y consistentemente las variables macroeconómicas y otros

asuntos asociados con la Política Monetaria que adopte la Junta Monetaria,

para la consecución del objetivo fundamental del Banco de Guatemala. Para el

efecto, cuenta con las secciones siguientes:

a) Sección de Programación Financiera y Análisis de Inflación

b) Sección de Análisis de la Economía Internacional, Tratados y Convenios

c) Sección de Análisis Macroeconómico

3. Departamento de Estadísticas Macroeconómicas

Su función principal es recopilar, compilar y diseminar la información estadística

de las variables macroeconómicas que elabora el Banco de Guatemala y en su

estructura interna cuenta con las secciones siguientes:

a) Sección de Cuentas Nacionales

b) Sección de Indicadores de Coyuntura e Índices de Precios

c) Sección de Estadísticas Monetarias y Financieras

d) Sección de Estadísticas de Balanza de Pagos

e) Sección de Encuestas y Estadísticas Básicas

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL BANCO DE GUATEMALA

4. Departamento de Análisis de Estabilidad Financiera

Su función principal es asesorar a las instancias que correspondan en temas

relacionados con el análisis de la estabilidad financiera, las tendencias, los

riesgos, la competitividad y la regulación del sistema financiero nacional, así

como en el análisis de medidas macroprudenciales. Para cumplir con dicha

función, en su estructura interna cuenta con las secciones siguientes:

a) Sección de Análisis Macroprudencial del Sistema Financiero

b) Sección de Investigación Financiera Aplicada

5. Departamento de Investigaciones Económicas

Su función principal es desarrollar investigación económica aplicada, análisis

económico acerca de la evolución y tendencia de los fenómenos

macroeconómicos, tanto internos como externos, así como modelos

macroeconómicos y econométricos relevantes. Para cumplir con su función,

cuenta con las secciones siguientes:

a) Sección de Modelos Macroeconómicos

b) Sección de Investigación Económica Aplicada

E. GERENCIA FINANCIERA

La Gerencia Financiera tiene bajo su responsabilidad, principalmente, la

coordinación de la ejecución de la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia; la

inversión de las Reservas Monetarias Internacionales del Banco de Guatemala y la

atención de las operaciones en moneda extranjera del sector público y del sistema

bancario; la elaboración y ejecución de los programas de adquisición, emisión,

amortización y destrucción de especies monetarias; la atención de las operaciones

de depósitos, retiros y canje de especies monetarias con los bancos del sistema;

monitoreo del cumplimiento de la observancia de lineamientos que dicte la Junta

Monetaria para la administración de las Reservas Monetarias Internacionales (RMI),

incluida la medición y análisis de indicadores de riesgo y desempeño de los

portafolios de inversión del Banco Central; el registro contable de los eventos

económico-financieros que afectan el patrimonio del Banco; y la implementación de

las acciones que permitan contribuir al fortalecimiento del sistema de pagos. Para el

cumplimiento de dichas funciones, la Gerencia Financiera cuenta con las

dependencias siguientes:

1. Departamento de Ejecución de Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia

Es el encargado de ejecutar la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia

determinada por la Junta Monetaria, de conformidad con los lineamientos del

Comité de Ejecución, así como realizar las actividades derivadas de la función

que le corresponde al Banco de Guatemala como Agente Financiero del

Estado; para ello cuenta con las secciones siguientes: DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL

BANCO DE GUATEMALA

5

a) Sección de Operaciones Monetarias y Cambiarias

b) Sección de Análisis de Mercados Monetario, Cambiario y Crediticio

c) Sección de Liquidación de Operaciones Monetarias

2. Departamento Internacional

Tiene como función principal invertir las Reservas Monetarias Internacionales

del Banco de Guatemala, de conformidad con los lineamientos que dicte la

Junta Monetaria, así como atender las operaciones en divisas del Banco de

Guatemala, del gobierno central, del resto del sector público y del sistema

bancario. Las secciones con que cuenta son las siguientes:

a) Sección de Inversión de Reservas Monetarias Internacionales

b) Sección de Operaciones Extranjeras

3. Departamento de Análisis de Riesgo de Reservas Monetarias

Internacionales

Es responsable de coadyuvar para que la administración de las Reservas

Monetarias Internacionales del Banco de Guatemala se realice en observancia

de los lineamientos de inversión que dicte la Junta Monetaria mediante el

monitoreo de su cumplimiento, así como la medición y análisis de indicadores

de riesgo y desempeño de los portafolios de inversión del Banco Central y la

investigación conforme el diseño, desarrollo, implementación y utilización de

herramientas analíticas apropiadas.

4. Departamento de Contabilidad y Sistema de Pagos

Su función principal consiste en llevar cuenta y razón del patrimonio de la

Institución; procurar el buen funcionamiento del sistema de pagos; efectuar el

registro de las operaciones derivadas de la ejecución de la política crediticia y

de los fideicomisos y fondos de garantía a cargo del Banco de Guatemala; y

administrar, en lo que le compete al Banco Central, la devolución del crédito

fiscal a los exportadores. En su estructura interna cuenta con las secciones

siguientes:

a) Sección de Registro de Operaciones y Estados Financieros

b) Sección de Registro de Reservas Monetarias Internacionales

c) Sección de Fideicomisos y Fondos Especiales

d) Sección de Registro y Liquidación de Operaciones de los Subsistemas de

Pago

e) Vigilancia de los Subsistemas de Pago

5. Departamento de Emisión Monetaria

Es el encargado de elaborar y ejecutar los programas de adquisición, emisión,

amortización y destrucción de especies monetarias; atender a los bancos del

sistema en las operaciones de depósitos, retiros y canjes de especies

monetarias; custodiar títulos-valores, numerario y monedas de oro; y atender DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL

BANCO DE GUATEMALA

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actividades del museo numismático que, en el ámbito de su competencia, le

corresponden. Las secciones con las que cuenta son las siguientes:

a) Sección de Emisión

b) Sección de Tesorería y Operaciones con Bancos

c) Sección de Estadística y Control de Numerario

F. GERENCIA ADMINISTRATIVA

La Gerencia Administrativa tiene bajo su responsabilidad atender las funciones

administrativas y las de servicios, en divisiones claramente definidas de acuerdo con

su naturaleza y especialización. Estas funciones estarán enmarcadas,

principalmente, en la comunicación y relaciones institucionales, la administración del

recurso humano, la planificación y desarrollo organizacional, los sistemas

informáticos, la proveeduría de bienes y servicios y la seguridad institucional. Están

supeditadas a esta Gerencia las dependencias siguientes:

1. Planificación y Desarrollo Organizacional

Es la unidad staff encargada de asesorar a las autoridades y dependencias de

la Institución en materia de planificación estratégica y operativa, integración del

presupuesto institucional, así como en el diseño y propuestas de estrategias de

desarrollo organizacional planificado, que se orienten al fortalecimiento de la

eficiencia y eficacia de la gestión administrativa, principalmente, en las áreas

de: administración de proyectos; optimización de procesos de trabajo;

documentación de procedimientos administrativos; análisis de estructura

administrativa; administración de la continuidad institucional y administración de

riesgos, basándose en estándares y prácticas líderes.

2. Departamento de Comunicación y Relaciones Institucionales

Es el encargado de asesorar a las autoridades y dependencias del Banco en

materia de comunicación y relaciones institucionales, proponiendo y ejecutando

acciones comunicacionales que coadyuven al fortalecimiento de la imagen,

confianza y credibilidad institucional. Cuenta para el efecto con las secciones

siguientes:

a) Sección de Comunicación

b) Sección de Relaciones Institucionales y Cultura

c) Sección de Bibliotecas

3. Departamento de Recursos Humanos

Su función principal consiste en coordinar el sistema de Recursos Humanos del

Banco de Guatemala, para contar con el personal idóneo; en apoyo a la gestión

organizacional, con el propósito de alcanzar el objetivo fundamental de la

Institución. Para ello, cuenta con las secciones siguientes: DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL

BANCO DE GUATEMALA

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a) Sección de Administración de Remuneraciones y Prestaciones del Personal

b) Sección de Planificación y Relaciones Laborales

c) Sección de Desarrollo de Recursos Humanos

d) Centro de Capacitación, Adiestramiento y Desarrollo del Personal

4. Departamento de Servicios Administrativos y Seguridad

Es el encargado de proveer de bienes, suministros y servicios a cada una de las

dependencias de la Institución, supervisar la ejecución del presupuesto

funcional de egresos, así como proporcionar seguridad al personal, bienes y

valores propiedad de este Banco Central. Para este propósito, este

departamento cuenta con las secciones siguientes:

a) Sección de Compras y Control Presupuestario de Egresos

b) Sección de Mantenimiento

c) Sección de Secretaría Administrativa

d) Sección de Investigaciones Especiales

e) Sección de Seguridad Especial

f) Sección de Seguridad

5. Departamento de Tecnologías de Información

Su función principal es brindar productos, servicios, asesoría y apoyo técnico en

materia informática a las autoridades y dependencias del Banco de Guatemala

para lograr la constante modernización institucional, apoyando con ello el logro

de los objetivos institucionales; para el efecto, contará con las secciones

siguientes:

a) Sección de Infraestructura Informática

b) Sección de Bases de Datos

c) Sección de Proyectos Informáticos

d) Sección de Servicios Informáticos

e) Sección de Gestión y Calidad Tecnológica

G. GERENCIA JURÍDICA

La Gerencia Jurídica es el área especializada en materia legal para asesorar a la

Junta Monetaria, autoridades y funcionarios del Banco de Guatemala, y en la que se

materializan las decisiones adoptadas por dicha Junta. Para ello cuenta con las

dependencias siguientes:

1. Secretaría de la Junta Monetaria

Su función principal es preparar, convocar y atender las sesiones de Junta

Monetaria; elaborar los documentos que se deriven de dichas sesiones y

comunicar las decisiones adoptadas a quienes legalmente corresponda. DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL

BANCO DE GUATEMALA

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2. Asesoría Jurídica

Su función principal es asesorar en materia legal a la Junta Monetaria,

autoridades y funcionarios del Banco de Guatemala.

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