Los objetos del juicio. Las partes procesales
magmaniTrabajo8 de Septiembre de 2014
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Por otra parte, la capacidad procesal es la capacidad para comparecer en CUADRO COMPARTATIVO
Sujetos procesales. Partes procesales. Son personas (individuales o colectivas) capaces legalmente, que concurren a la substanciación de un proceso contencioso; una de las partes, llamada actor, pretende, en nombre propio la actuación de la norma legal y, la otra parte, llamada demandado, es al cual se le exige el cumplimiento de una obligación, ejecute un acto o aclare una situación incierta.
En resumen partes son, solo:
1. el actor y
2. el demandado. Los sujetos Procesales son: el juez, el fiscal, el imputado, el actor civil y el tercero civilmente responsable.
Son sujetos procesales indispensables el juez, el fiscal y el imputado.
Son sujetos procesales dispensables la parte civil y el tercero civilmente responsable.
Derecho civil DERECHOS DE LA PARTE CIVIL (ACTOR CIVIL)
La parte civil puede presentar recusaciones, puede promover cuestiones de competencia, exigir notificación de constitución o apersonamiento al Ministerio Público o a los otros sujetos procesales. Tiene la facultad de solicitar que se le cite al tercero civilmente responsable como por ejemplo: el propietario del vehículo del que causó el accidente de tránsito. Nombrar apoderado y abogado defensor. También tiene derecho a que se le proporcione informe del proceso, copias certificadas de las piezas procesales que sean de su interés. Tiene derecho a presentar pruebas y testigos, así como a solicitar pericias, inspección ocular, debate pericial, etc. Puede presentar informes y conclusiones y alegatos escritos. Puede impugnar las resoluciones que considera que le perjudican o que no existan de acuerdo a ley.
Cuando se trata de delitos en agravio del estado como terrorismo, TID, contrabando, etc., interviene el procurador general de la república del sector correspondiente, en representación del estado y para ejercer su defensa. Son sujetos procesales:
El tribunal, que es el Órgano de Control, de Juicio y de Ejecución de Sentencia.
El Juez de Control, durante la fase preparatoria e intermedia, hará respectar las garantías procesales, decretara las medidas de coerción que fueren pertinentes, realizará la audiencia preliminar y aplicara el procedimiento por admisión de los hechos.
El Juez de Juicio en las deferentes causas que le sean atribuidas, como juez unipersonal o integrante de un tribunal mixto o de jurado, según el límite superior de la pena imponible en cada caso, actuará así:
• Como Juez unipersonal en las causas por delito que no tengan asignada la pena privativa de libertad y aquellas cuya pena privativa no sea mayor de cuatro años; en el procedimiento abreviado y en el procedimiento de faltas.
• Como Juez presidente de un tribunal mixto en las causas por delito cuya pena privativa de libertad sea mayor de cuatro años y no exceda de dieciséis. Dirigirá la audiencia oral y redactara la sentencia respectiva.
• Como Juez presidente de un tribunal de jurado en las causas por delito cuya pena privativa de libertad sea superior a dieciséis años. Dirigirá la audiencia oral y dictara la sentencia conforme al veredicto del jurado.
Las partes son el sujeto activo del proceso ya que sobre ellos recae el derecho de iniciarlo y determinar su objeto, mientras que el juez es simplemente pasivo pues sólo dirige el debate y decide la controversia. Ahora bien, por la existencia de diversos campos del derecho, donde se utiliza la concepción de parte, se ha originado una gran dificultad para conceptualizarla en el ámbito del derecho procesal, creando gran controversia para su especificación; sin embargo de acuerdo a sus componentes se puede decir que las partes
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