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NEGOCIACION

Joselyn20306 de Julio de 2013

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INSTRUCTIVO IMPUTACIÓN AL PAGO

El presente instructivo tiene como finalidad el adiestrar a todos los contribuyentes en el correcto llenado de los formularios de impuestos en caso de presentación de declaraciones sustitutivas en las cuales tenga que determinar y pagar valores adicionales de impuesto, interés o multa, tomando en cuenta los valores pagados previamente en declaraciones anteriores.

Para el efecto es necesario repasar la definición de ciertos elementos claves en una imputación al pago:

Plazos para presentación de declaraciones: Los plazos para presentación de declaraciones son también conocidos como fecha máxima de declaración y pago. En el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno se especifican estas fechas por el tipo de impuesto que corresponda A continuación se presenta un cuadro con el resumen de estas fechas

PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR IMPUESTOS

NOVENO

DIGITO

DEL RUC IMPUESTO A LA RENTA ANTICIPOS

IMPUESTO

A LA

RENTA ICE Y

RETENCIONES

EN LA FUENTE IVA

PERSONAS NATURALES SOCIEDADES MENSUAL SEMESTRAL

1er 2do

semestre semestre

1 10 de marzo 10 de abril 10 de julio y septiembre 10 del mes siguiente 10 del mes

siguiente 10 de julio 10 de enero

2 12 de marzo 12 de abril 12 de julio y septiembre 12 del mes siguiente 12 del mes

siguiente 12 de julio 12 de enero

3 14 de marzo 14 de abril 14 de julio y septiembre 14 del mes siguiente 14 del mes

siguiente 14 de julio 14 de enero

4 16 de marzo 16 de abril 16 de julio y septiembre 16 del mes siguiente 16 del mes

siguiente 16 de julio 16 de enero

5 18 de marzo 18 de abril 18 de julio y septiembre 18 del mes siguiente 18 del mes

siguiente 18 de julio 18 de enero

6 20 de marzo 20 de abril 20 de julio y septiembre 20 del mes siguiente 20 del mes

siguiente 20 de julio 20 de enero

7 22 de marzo 22 de abril 22 de julio y septiembre 22 del mes siguiente 22 del mes

siguiente 22 de julio 22 de enero

8 24 de marzo 24 de abril 24 de julio y septiembre 24 del mes siguiente 24 del mes

siguiente 24 de julio 24 de enero

9 26 de marzo 26 de abril 26 de julio y septiembre 26 del mes siguiente 26 del mes

siguiente 26 de julio 26 de enero

0 28 de marzo 28 de abril 28 de julio y septiembre 28 del mes siguiente 28 del mes

siguiente 28 de julio 28 de enero

Recordemos siempre que cuando una fecha máxima de declaración y pago coincida con días de descanso obligatorio o feriados, aquella se trasladará al siguiente día hábil. Ejemplo: Si mi plazo para presentar una declaración vencía el 26 de marzo pero este día coincidió con un sábado mi fecha

máxima de declaración y pago se trasladará al lunes 28.

Fecha de Exigibilidad: Es aquel día hábil posterior al de la fecha máxima de declaración y pago. Ejemplo si mi fecha máxima de declaración y pago es el 24 de abril mi fecha de exigibilidad será el 25 de abril.

Intereses: El artículo 21 del Código Orgánico Tributario dispone para el cálculo de intereses a cargo del sujeto pasivo por mora tributaria lo siguiente “La obligación tributaria que no fuera satisfecha en el tiempo que la ley establece, causará a favor del respectivo sujeto activo y sin necesidad de resolución administrativa alguna, el interés anual equivalente a 1.5 veces la tasa activa referencial para noventa días establecida por el Banco Central del Ecuador, desde la fecha de su exigibilidad hasta la de su extinción. Este interés

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