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Negociacion


Enviado por   •  19 de Julio de 2013  •  1.385 Palabras (6 Páginas)  •  231 Visitas

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.- BASES TEÓRICAS DEL PROYECTO INTEGRADOR

OPERADORAS

Normalmente se considera Operador Turístico a la empresa que ofrece productos o servicios turísticos, generalmente contratados por él, e integrados por más de uno de los siguientes ítems: transporte, alojamiento, traslados, excursiones, etc.

Puede ser Operador Mayorista si trabaja exclusivamente con Agencias de Viajes o Mayorista / Minorista en caso de ampliar su oferta al público en general.

CATEGORIAS DE LAS AGENCIAS DE VIAJES

En razón de las funciones especializadas que realicen, las agencias de viajes serán clasificadas en tres (3) categorías:

a) agencias de viajes mayoristas

b) agencias de viajes de reservaciones y pasajes

c) agencias operadoras de turismo

PARRAFO.- Una misma agencia podrá ser clasificada en más de una categoría.

Art 6.- Son consideradas agencias mayoristas, las empresas comerciales cuyo objeto consiste en promover el turismo, mediante el cumplimiento de las siguientes funciones que le son propias:

a) programar, organizar, promover y vender planes turísticos y espacios aéreos, según los define su propia naturaleza, para ser operados o ejecutados con exclusividad por las agencias de viajes o reservaciones y pasajes y las agencias operadoras.

b) programar, organizar y promover planes turísticos para ser operados o ejecutados fuera del país por sus propias organizaciones o por sus corresponsales, pero bajo su responsabilidad.

c) la mediación en la venta de boletos y reservas de plazas en toda clase de medios de transporte.

d) la reserva y venta de habitaciones y servicios en los establecimientos hoteleros y demás alojamientos turísticos.

e) la organización, venta, y realización de servicios combinados, incluyendo la recepción, asistencia y traslado de los clientes.

f) la fluctuación por delegación y correspondencia de otras agencias nacionales o extranjeras, para la prestación en su nombre, y a la clientela de éstas, de cualquiera de los servicios enumerados en el presente artículo.

g) información turística y difusión de material de propaganda así como la venta de guías turísticas y de transporte, horario y publicaciones del mismo género.

h) expedición y transferencia de equipaje por cualquier medio de transporte relacionado con los boletos de transporte por ellas emitidos o vendidos.

i) formalización a favor de clientes de pólizas de seguros de pérdida o deterioro de equipajes u otros que cubran los riesgos derivados y viajes.

j) alquiler de útiles y equipos destinados a la práctica de turismo deportivo

k) otorgar financiamiento para todas las actividades que se describen en el presente artículo.

Art 7.- Son consideradas agencias operadoras de turismo, las empresas comerciales cuyo objeto consiste en promover el turismo, mediante el cumplimiento de las siguientes funciones que le son propias:

a) operar dentro del país planes turísticos que hayan sido programados por las agencias mayoristas o por ellas mismas.

b) darles la debida asistencia especializada al viajero y al turista, según la define su propia naturaleza.

c) prestar y/o facilitar el servicio de transporte exclusivamente turístico.

d) distribuir gratuitamente al público material de información turística dentro y fuera del país.

e) reservar habitaciones y servicios en establecimientos hoteleros, restaurantes, griles y en general, entidades que presten servicios turísticos.

f) la mediación en la venta de boletos y reservas de plazas en toda clase de medios de transporte.

g) la reserva y venta de habitaciones y servicios en los establecimientos hoteleros y demás alojamientos turísticos.

h) la organización, venta y realización de servicios combinados, incluyendo la recepción, asistencia y traslado de los clientes.

i) la actuación, por delegación y corresponsalía de otras agencias nacionales o extranjeras, para la prestación en su nombre, y a la clientela de éstas, de cualquiera de los servicios enumerados en el presente artículo.

j) información turística y difusión de material de propaganda, así como la venta de guías turísticas y de transporte, horarios y publicaciones del mismo género.

k) expedición y transferencia de equipajes por cualquier medio de transporte relacionado con los boletos de transporte por ellos emitidos o vendidos.

l) formalización a favor de los clientes de pólizas de seguros, de pérdidas o deterioro de equipaje u otros, que cubran los riesgos derivados de los viajes.

m) alquiler de útiles y equipos destinados a la práctica del turismo deportivo.

n) otorgar financiamiento para todas las actividades que se describen en el presente artículo.

Art 8.- Son consideradas agencias de reservaciones y pasajes, las empresas comerciales cuyo objeto consiste en promover el turismo, mediante el cumplimiento de las siguientes funciones que son las propias:

a) reservar y vender pasajes nacionales e internacionales para cualquier medio de transporte.

b) reservar y vender planes turísticos elaborados y operados por las demás clases de agencias de viajes.

c) reservar habitaciones y servicios en establecimientos hoteleros, restaurantes, griles, y similares, en general entidades que presten servicios turísticos.

d) darles la debida asistencia especializada al viajero y al turista conforme a su categoría.

e) información turística y difusión de materiales de propaganda, así como la venta de guía turística y de transporte, horarios y publicaciones del mismo género.

f) otorgar financiamiento para todas las actividades que se describen en el presente artículo.

Art 9.- Las agencias de viajes u operadores extranjeros que acrediten su posición profesional de acuerdo con las disposiciones de su país, y que, a juicio de la Secretaría de Estado de Turismo

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