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Obligaciones Juridicas


Enviado por   •  24 de Octubre de 2012  •  1.314 Palabras (6 Páginas)  •  1.635 Visitas

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Obligaciones de resultados

las obligaciones de resultado son las contraídas con el fin de ejecutar un acto específico, positivo o negativo, que se traducirá en un resultado que de no efectuarse correspondería a un incumplimiento; ejemplos de obligaciones de resultado serían pintar una casa, construir un mueble, etc.

Obligaciones de medios

hablamos de obligaciones de medios cuando el deudor se ha comprometido a comportarse en cierta manera, es decir, a poner todos sus conocimientos, empeño o diligencias en lograr un resultado determinado, pero sin garantizar un resultado específico; un ejemplo típico sería la obligación de un médico para con su paciente –donde éste debe emplear todos sus conocimientos y diligencias con el fin de curar la enfermedad, pero que no garantiza que al final del tratamiento el paciente se cure.

La obligación jurídica, en Derecho, es el vínculo jurídico mediante el cual dos partes (acreedora y deudora) quedan ligadas, debiendo la parte deudora cumplir con una prestación objeto de la obligación. Dicha prestación puede consistir en dar, hacer o no hacer, teniendo que ser en los dos primeros casos posibles, lícitos y dentro del comercio. Los sujetos obligados, al igual que el objeto de la obligación, deberán estar determinados o ser determinables.

Las obligaciones a término se tratan de un plazo establecido para el cumplimiento de estas, y no podrán exigirse antes de ese día cierto y determinado, si bien puede anticiparse el vencimiento de la obligación, por renuncia al plazo por el beneficiario del mismo, por convenio de las parte o por presentarse determinadas circunstancias. El término ha de ser necesariamente un día cierto, esto es, un día que ha de venir aunque se ignore cuando, puesto que si la indeterminación estriba en si ha o no de llegar el día se trata de una obligación condicionada.

El plazo o término puede ser fijado por las partes, por un tercero por la ley o la autoridad judicial.

En las obligaciones a plazo, según lo indica nuestro Código Civil Venezolano, no podrá el deudor repetir lo que anticipadamente pagó, sin embargo, el propio artículo da una solución distinta para el supuesto de error en el pago, en este caso el deudor que no conociere la existencia del término o estaba equivocado, en cuanto a su duración, tendrá derecho a reclamar del acreedor los intereses o los frutos que este hubiese percibido de la cosa.

. Obligaciones Divisibles e Indivisibles.

a. obligación divisible: es aquélla cuya prestación s susceptible de ser ejecutada por partes. Ej.: la obligación de dar una suma de dinero.

b. obligación indivisible: es aquélla cuya obligación no es susceptible de ejecuciones parciales. Ej.: la obligación de constituir una servidumbre predial.

Espero que te sirva este breve repaso.

Como sabes, el contrato entre dos o más partes al dar su consentimiento genera derechos y obligaciones.

Tal como reza el CC: "las obligaciones nacen de la ley, de los contratos y cuasicontratos, y de los actos y omisiones ilícitos o en que intervenga cualquier genero de culpa o negligencia”.

Tenemos, pues, por un lado obligaciones generadas por todo tipo de contratos y obligaciones generados por la ley, cuasicontratos, etc.

Ya te puedes imaginar las obligaciones que están establecidas por ley o

las que están pactadas por un contrato. Pero fuera de estas situaciones. pueden haber obligaciones de dar, hacer o no hacer algo o responsabilidad por los actos que han dado lugar a estas obligaciones.

Está claro que una persona es responsable de sus actos ( acciones y omisiones) ilícitos ( dolo , imprudencia) por responsabilidad penal y civil pero si interviene culpa o negligencia también puede estar obligado a indemizar por los daños causados sólo por responsabilidad civil.

En cuanto a los cuasicontratos, simplemente leerse los tipos que hay:

Son igualmente actos de voluntad de los que resulta obligado su autor con un tercero y a veces una obligación recíproca entre los interesados:

- enriquecimiento injusto, gestión de negocio ajeno, etc,

Contractuales:

Derivan de un acuerdo. Piensa en que tu has querido asumir una obligación y no la cumples.

Extracontractuales:

Derivan del hecho de vivir en comunidad jurídica. Piensa en que has metido la pata en algo, y debes resarcir al perjudicado por esa metedura de pata.

Obligación

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