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SISTEMA DE GESTIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES


Enviado por   •  19 de Enero de 2023  •  Resúmenes  •  1.823 Palabras (8 Páginas)  •  39 Visitas

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CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE

VICEPRESIDENCIA DE ASUNTOS CORPORATIVOS Y SUSTENTABILIDAD

GERENCIA DE SUSTENTABILIDAD Y RELACIONES INSTITUCIONALES

 PROCEDIMIENTO

ADMINISTRACION DE DOCUMENTOS Y REGISTROS

GSRI-DMA-PRO-001

Versión: 0

Vigencia: 20/12/2018

Página:  de

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SISTEMA DE GESTIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES

Procedimiento

Administración de Documentos y Registros

REVISIÓN N° 00

VIGENCIA 20-12-2018

Nombre/Cargo

Fecha

Firma

Elaborado por:

Danilo Mena T.        

Especialista en Gestión Ambiental

Revisado por:

Paul Maidstone C.        

Director de Medio Ambiente

María Susana Rioseco Z.

Abogada Senior encargada Estudios y Regulaciones.

Aprobado por:

Jorge Lagos R.        

Gerente de Sustentabilidad y Relaciones Institucionales

  1. OBJETIVO

Describir la metodología del Sistema de Gestión de Riesgos Ambientales de CODELCO para la elaboración y control de los documentos, a objeto de contar con una jerarquía y mecanismos comunes, y que estén disponibles las versiones vigentes en las áreas donde se requiera.

  1. ALCANCE

        

Este procedimiento es válido para todos los documentos que forman parte del Sistema de Gestión de Riesgos Ambientales de la Corporación tanto en Divisiones, la Vicepresidencia de Proyectos (VP) y la Gerencia de Sustentabilidad y Relaciones Institucionales (GSRI).

  1. DEFINICIONES

  1. Sistema de Gestión de Riesgos Ambientales (SGRA): Sistema documentado que define las actividades y requerimientos mínimos necesarios para demostrar la correcta implementación de los lineamientos y exigencias de la Política de Corporativa de Sustentabilidad de CODELCO, la Política Corporativa de Gestión de Riesgos, requerimientos legales y normativos internos.
  1. Documento: Cualquier manual, estándar, guía, norma, reglamento, procedimiento, instructivo, formulario u otro texto que regule o registre aspectos relacionados con el SGRA.
  1. Estándar: Conjunto de principios, criterios y/o indicadores que definen el qué se debe cumplir en un determinado ámbito de la gestión ambiental.
  1. Norma: Regla, criterio o precepto de alcance general que debe cumplirse para realizar una labor en el marco del SGRA.
  1. Reglamento: Conjunto ordenado de reglas y conceptos que regulan una actividad.
  1. Manual: Documento que establece uno o más procesos integrantes del SGRA considerando sus aspectos claves y documentación relacionada.
  1. Guía: Documento que establece las acciones a desarrollar para cumplir determinado estándar, manual, norma o reglamento.
  1. Procedimiento: Descripción de un método estructurado para ejecutar una actividad.
  1. Instructivo: Documento que detalla las etapas de una actividad específica que se desprende de un procedimiento.
  1. Formulario: Documento prediseñado para evidenciar y registrar la realización de una actividad, la información de un hecho o la condición o estado de un sistema, equipo o instalación.
  1. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

Todos los documentos del Sistema de Gestión de Riesgos Ambientales se encuentran relacionados bajo una estructura piramidal, con jerarquías acorde a la importancia de cada uno de ellos.

  1. JERARQUIA DE LOS DOCUMENTOS SGRA. 

La GSRI, las Divisiones y la Vicepresidencia de Proyectos podrán generar su propia documentación, siempre que se ajusten en su contenido a los documentos emanados del nivel Corporativo y mantengan los siguientes niveles jerárquicos:

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En los casos que un centro de trabajo genere documentación complementaria deberá establecer claramente en su propio alcance su ubicación dentro de la jerarquía establecida, debiendo mantenerlo en su propia biblioteca documental.

  1. CICLO DE VIDA DE UN DOCUMENTO

Todo documento debe tener el siguiente ciclo de vida, el que no debe ser mayor a 3 años:

  1.  Elaboración.
  2.  Revisión y aprobación.
  3.  Distribución de las copias nuevas.
  4.  Difusión.
  5.  Archivo.
  6.  Modificación o Eliminación.

6 meses antes de que un documento cumpla 3 años de vigencia, contada desde su aprobación, se deberá realizar la revisión del mismo, procediéndose a su actualización o eliminación.

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