Sistema Público Nacional de Salud
fatimada21 de Octubre de 2012
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ÍNDICE
Pág.
Introducción…………………………………………………………....……… 03
La salud en el marco de la Constitución De La Republica
Bolivariana de Venezuela……………………………………………..……… 04
Normativa que regulan los sistemas de salud en Venezuela
y América latina……………………………………………………………..…. 06
Análisis comparado de los sistemas de salud…………………………..….. 07
Sistemas de salud en Venezuela…………………………………………..…. 08
Diferencias y semejanzas entre América latina y el Caribe…………….…. 10
Concepto de ética………………………………………………………………. 12
Concepto de bioética…………………………………………………………... 12
Concepto de bioseguridad……………………………………………….…… 12
Conclusiones……………………………………………………..…………... 13
Referencias Bibliográficas……………………………….…………….....… 14
Anexos………………………………….…………………………..…..………. 15
INTRODUCCIÓN
En la actualidad, uno de los principales retos que enfrentan los gobiernos en el mundo, y sobre todo en los países de América Latina, es el incremento y mejoramiento de su capacidad para gobernar, en el marco de los procesos de globalización, modernización y canalización del desarrollo sustentable. En este contexto, la región latinoamericana experimenta, hoy en día, procesos de cambio y transformaciones sin precedentes.
En Venezuela, el Sistema Público Nacional de Salud es un organismo dependiente del gobierno nacional que establece las directrices de la organización y financiamiento del sistema de salud público del país y asesora el Ministerio del Poder Popular para la Salud de Venezuela.
En este sentido se han generado una serie de cambios tanto estructurales como estratégicos en el sector de salud pública, lo cual desde una perspectiva positiva requiere la formación especializada de un personal que este en la capacidad de cubrir todas las necesidades de cada nivel de atención en salud; es por ello que se ha creado un programa nacional de formación enmarcado en la política de Estado, donde la salud es concebida de calidad, bienestar, bien hacer y promotora de las condiciones para que la vida exista; asumida como un derecho humano, social y responsabilidad del Estado.
En relación a lo antes planteado se realiza un análisis del basamento legal del sistema de salud, los artículos que expone la carta magna; normativa que regulan los sistemas de salud en Venezuela y América latina, análisis comparado de los sistemas de salud, sistemas de salud en Venezuela, diferencias y semejanzas entre América latina y el Caribe, Ética, Bioética, Bioseguridad, los cuales serán base fundamental en la determinación de una panorama general de la salud publica de nuestro país.
LA SALUD EN EL MARCO DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
El Plan Nacional de Salud establece los Objetivos, Políticas, Proyectos y Medidas consideradas estratégicas para alinear la gestión del Estado venezolano orientada a garantizar el derecho a la salud para el período 2009–2013/2018, de acuerdo a los mandatos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y a las directrices, enfoques, políticas y estrategias del Plan de Desarrollo Económico y Social 2007-2013 “Proyecto Nacional Simón Bolívar”, en la transición al socialismo. Bajo la conducción y liderazgo del Ministerio del Poder Popular para la Salud, como Rector del Sistema Público Nacional de Salud, el plan articula en forma coordinada los aportes del conjunto del Estado, y los órganos del Poder Popular en la producción social, preservación y recuperación de la salud.
Artículos del Sistema Público Nacional de Salud en la Constitución Bolivariana
Artículo 83: “La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República.
Artículo 84: “Para garantizar el derecho a la salud, el Estado creará, ejercerá la rectoría y gestionará un sistema público nacional de salud, de carácter intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de seguridad social, regido por los principios de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integración social y solidaridad. El sistema público nacional de salud dará prioridad a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades, garantizando tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad. Los bienes y servicios públicos de salud son propiedad del Estado y no podrán ser privatizados. La comunidad organizada tiene el derecho y el deber de participar en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control de la política específica en las instituciones públicas de salud”.
Artículo 85:“El financiamiento del sistema público nacional de salud es obligación del Estado, que integrará los recursos fiscales, las cotizaciones obligatorias de la seguridad social y cualquier otra fuente de financiamiento que determine la ley. El Estado garantizará un presupuesto para la salud que permita cumplir con los objetivos de la política sanitaria. En coordinación con las universidades y los centros de investigación, se promoverá y desarrollará una política nacional de formación de profesionales, técnicos y técnicas y una industria nacional de producción de insumos para la salud. El Estado regulará las instituciones públicas y privadas de salud”.
Artículo 86:“Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas…”.
NORMATIVA QUE REGULAN LOS SISTEMAS DE SALUD EN VENEZUELA Y AMERICA LATINA
En Venezuela el sistema de salud está regulado principalmente por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) reconoce la salud como un derecho social fundamental, al mismo tiempo que consagra como derecho la mayoría de los determinantes, y responsabiliza al Estado de garantizarla, así como organizar el Sistema Público Nacional de Salud, vinculado al Sistema de Seguridad Social. La Constitución define los principios y valores que deben regir el Sistema Público Nacional de Salud.
Además de ello existe la Ley Orgánica de Salud la cual es la legislación, que regula todo lo relacionado con la salud en Venezuela. Esta fue decretada en Caracas, el 11 de noviembre de 1998 en la número 36579, durante la presidencia de Rafael Caldera, sustituyendo la Ley de Sanidad Nacional (1938) y la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud (1987). Esta misma ley Orgánica establece la creación de un Consejo Nacional de Salud cuya función es establecer coordinación con el Ministerio de Sanidad y Asistencia Social (MSAS), el Presidente de la República y los demás ministerios que tengan acciones que desarrollar en relación a la política nacional de salud y bienestar social.
La normativa en algunos países de América latina en general experimentan en la actualidad importantes procesos como la reforma del Estado y de la administración pública que se implantan básicamente con el objetivo de enfrentar y superar la crisis que se registra en cada uno de ellos, si bien el concepto moderno de salud, plasmado en la Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la define en sentido amplio, incorporando el medio físico, así como las condiciones sociales y ambientales que la deterioran, en la práctica las políticas y programas de salud tienen un carácter predominantemente reactivo y curativo. Esto se evidencia en el énfasis dado a los programas médico-asistenciales sobre los de promoción y prevención que se diseñan y ejecutan en el marco de la política pública de salud en los diferentes países de América Latina.
Los sistemas de salud en algunos países de América Latina experimentan, en la actualidad, importantes reformas dirigidas a elevar la eficiencia, eficacia y efectividad de su funcionamiento. Si bien se evidencian avances positivos en cuanto a la descentralización en salud, muchos son todavía los obstáculos a vencer y éxitos a consolidar para elevar y fortalecer el funcionamiento de los sistemas de salud de América Latina.
En lo que se refiere al funcionamiento de los sistemas de salud latinoamericanos,
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