Teoria Del Estado
isela_monkada16 de Junio de 2014
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INTRODUCCION
En el presente trabajo desarrollaremos un estudio histórico y científico, el cual nos reflejara la evolución del Estado a través del tiempo, en este largo recorrido tomamos grandes pensamientos tanto políticos como jurídicos de grandes hombres de la historia debido a su influencia en la evolución del Estado, con lo relacionado al interactuar con el medio
INDICE
Con respecto al estudio de clases que es predominante en Marx se puede agregar que las relaciones de dominación social se desarrollan más, de acuerdo a Jellinek, en nuestro interior y por lo tanto este tipo de teorías se encuentra entre lo objetivo, por sus consecuencias visibles y lo subjetivo por sus fuentes intrapersonales.
Por consiguiente, la teoría materialista de Marx no puede considerarse completamente como objetiva puesto que implica apreciaciones subjetivas de sentimientos de identidad y pertenencia a grupos en este caso, clases.
Teorías subjetivas
Dentro de las teorías subjetivas se encuentran las que identifican al Estado con uno de sus elementos, especialmente el pueblo y el gobierno; después tenemos las que explican aspectos histórico-políticos y por último las que explican aspectos jurídicos. La identificación del Estado con el pueblo tiene el problema de que pasa por alto cómo una comunidad puede llegar a organizarse de tal modo que tenga una organización coercitiva que vele por su bien. Un grupo de personas en sí no son un Estado y no lo forman a menos que éstos lleguen a acuerdos jurídicos que establezcan un orden en sus relaciones. A esto Jellinek señala que “es preciso sentar como base firme una proposición jurídica que ordene y dé el valor de voluntad general a lo que sólo es una voluntad relativa”.
El pueblo es una de las partes más importantes para el Estado, sin embargo, es necesario aclarar que el pueblo en sí no es un Estado, para esto necesita establecer un gobierno y contar con un territorio.
La concepción americana y la concepción europea sobre nación se enfrentan en este punto por lo siguiente: Francis Fukuyama menciona que los americanos no encuentran gran diferencia entre el concepto de nación y Estado y que los europeos son más puntuales en esto debido al número tan amplio de grupos nacionalistas en el viejo continente.
Por lo tanto, los teóricos americanos se inclinan más por la teoría subjetiva de identificación del Estado con el pueblo o nación.
Siguiendo a las teorías de identificación del Estado con uno de sus elementos tenemos aquel que lo identifica con el gobierno como poder dominador o autoridad. Según esta categoría el gobernante encarna no sólo el poder del Estado sino también su esencia pues se cree que el poder lo recibe de sus relaciones con los súbditos y no de una cesión voluntaria por parte de ellos al gobernante. Para ejemplificar esto de una manera más sencilla podemos tomar la idea del Leviatán de Hobbes, aquel soberano representación del Estado que dirige sin rendir cuentas a ningún ente incluyendo al pueblo. A lo anterior Jellinek señala:
Un soberano o un dominador con una apariencia tan empírica y realista no es, en rigor, sino una abstracción jurídica, pues sólo considerando al soberano como institución independiente del cambio que es propio de los individuos, se puede evitar la consecuencia que se desprende de esta concepción, a saber: que con la muerte del soberano cese también de existir el Estado. De cualquier modo, la discusión anterior sobre la personificación del poder no es algo común hoy en día en los Estados europeos. Existen dos categorías más de las teorías subjetivas de explicación del Estado de acuerdo a Jellinek; la primera tiene aquellos hechos reales subjetivos y objetivos en que consiste la vida concreta del Estado, este es el aspecto histórico-político. Este tipo de concepción permite un tipo de análisis amplio dando la opción de tomar como referencia hechos pasados y percepciones tanto del pueblo como del gobierno.
La teoría liberal a mi parecer encaja perfectamente en esta categoría pues se basa en la perspectiva del individuo y su relación con el Estado, y aunque en ocasiones tiende a ser normativa, es decir, proponer como debería de ser el Estado en su relación con el individuo, predomina en su estructura un análisis de hechos reales y subjetivos. La tesis principal del liberalismo consiste en que el valor de la moral reside en el individuo y por lo tanto la labor del Estado debería ser mínima y permitir al mercado funcionar libremente para incrementar el crecimiento económico.
Algunos liberales extremistas, como Herbert Spencer, se mostraban sumamente inclinados en llevar la idea de Estado minimalista hasta sus últimas consecuencias: la del Estado. El mismo Adam Smith se encontraba alejado de esta concepción apolítica pues para él la paz y la administración de justicia requieren una fuerte intervención del Estado. Hall e Ikenbery explican la postura liberal sobre la necesidad del papel del Estado de una manera más clara: “es necesaria una élite política sabia para poder ofrecer resistencia ante las demandas egoístas de los capitalistas más poderosos, ávidos de enriquecimiento mediante monopolios incluso a costa de destruir el funcionamiento beneficioso y dinámico del mercado”.
La segunda concepción subjetiva para el estudio del Estado corresponde al aspecto jurídico, este tipo de estudio es de carácter normativo, es decir, hace referencia a lo que debe ser en base a normas establecidas. La concepción subjetiva jurídica del Estado tiene como inconveniente para el estudio de éste que se rige sobre el deber ser y por esto, como menciona Jellinek, no nos sirve para conocer sino para juzgar la realidad.
En cuanto a la teoría Realista se refiere, resulta bastante complicado ubicarla dentro de una de las dos categorías mayores como son la subjetiva y la objetiva. La teoría realista apoya la idea de orden para controlar la anarquía que imperaría sin leyes, este orden se busca para promover la producción, el intercambio y la prosperidad. Los objetivos de los Estados son concretos mientras que la manera en que pueden ser conseguidos puede basarse en métodos subjetivos, como el derecho y el uso de la persuasión sobre ideologías. La teoría Realista se basa por lo tanto en hechos reales y subjetivos, además de que considera al Estado fuera de nuestra mente.
En esta tesis se utilizará la teoría subjetiva que hace referencia a los aspectos jurídicos y la teoría Realista que a mi parecer es una teoría híbrida entre objetividad y la subjetividad. El hacer uso de ambas teorías permitirá hacer un análisis a través de una comparación entre la realidad jurídica y los hechos reales. Es bien conocido que los Estados en ocasiones utilizan razones jurídicas para defender o evitar ciertos temas que pueden dañar sus propios intereses o puede darse el caso en que los Estados ignoren parcial o totalmente las normas de derecho internacional para obtener el mayor de los beneficios en sus relaciones con otros miembros de la comunidad internacional y así balancear el poder a su favor.
Elementos constitutivos del Estado
El estudio de los elementos constitutivos del Estado que a continuación se presentan tiene fundamento jurídico debido a la precisión de las definiciones jurídicas presentan. Es imposible un conocimiento pleno del Estado, sin que a su vez haya un conocimiento del derecho y consideran, como el caso de Jellinek, que sería anticientífico no considerar al Estado sino desde el punto de vista del derecho, y explicar la ciencia del Estado como una disciplina exclusivamente jurídica, y aún es menos científica una doctrina del Estado en que se olvida tratar el elemento jurídico del mismo.
Territorio
Considerado desde el aspecto jurídico, el territorio es el espacio sobre el que se levanta la comunidad Estado, significa el espacio en que el poder del Estado puede desenvolver su actividad específica, o sea la del poder público. De acuerdo a Hall, no hubiera sido posible para el Estado incrementar su poder si el poder ideológico y militar no se hubiesen territorializado. He aquí la importancia del territorio para el Estado. Aquella extensión territorial es la garantía de que ha de ser posible al Estado llevar a cabo por completo la realización de sus fines. Además, si existieran varios Estados independientes en un mismo territorio se hallarían muy probablemente en conflicto, no sólo la causa de la oposición permanente de los intereses, sino porque sus conflictos no podrían resolverse por juez alguno. De aquí que puedan coexistir en un mismo territorio numerosas corporaciones pero sólo un Estado. A la regla de impenetrabilidad del territorio de un Estado pueden oponerse las siguientes excepciones: que el Estado en cuestión se encuentre en fuerza de un condominio o un co-imperium, en el cual sea posible a varios Estados ejercer sobre un mismo territorio una soberanía común; mediante los actos unilaterales o bilaterales del derecho internacional que permiten a un Estado formar o autorizar a otros para llevar a cabo actos de soberanía en su territorio, estas limitaciones descansan en la voluntad del Estado y por consiguiente no aminoran su soberanía; finalmente por ocupación militar el territorio de un Estado puede
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