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Conceptos jurídicos fundamentales


Enviado por   •  23 de Abril de 2024  •  Informes  •  1.498 Palabras (6 Páginas)  •  34 Visitas

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NOMBRE DEL ALUMNO: ESTEFANIA VIVEROS MARTINEZ

MATRICULA: EL00004918

NOMBRE DEL ASESOR(A): KARLA FÁTIMA ROMO GONZÁLEZ

NOMBRE DEL CURSO: E-MEV102 NORMATIVIDAD DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS EN MÉXICO

ACTIVIDAD: RESEÑA

FECHA: 21 DE ABRIL DE 2024

CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES

INTRODUCCIÓN

En la presente reseña se destaca los conceptos y definiciones sobre temas jurídicos que nos rigen dentro de la sociedad para poder vivir en sana convivencia, dentro de los diversos círculos sociales deben existir los momentos de relación y organización entre los seres humanos.

Para poder vivir en armonía se deben implementar reglas que regulen su conducta, obligaciones y responsabilidades que se relación con las leyes que los rigen, así mismo todo ser humano que vive en sociedad tiene derechos y obligaciones por lo que le permiten el desarrollo de sus facultades, libertad y dignidad de manera individual y personal entrando en las condiciones de una democracia dentro del sistema jurídico.

EL CONCEPTO DE LEY Y EL CONCEPTO DE NORMA

La ley es un conjunto de reglas que se encuentran fija dentro de la constitución política de los estados unidos mexicanos que nos dicta o nos dice el ordenamiento de la conducta humana.

La norma es todo aquello que el individuo debe seguir en su vida diaria para regular su conducta, actividades y tareas dentro de la sociedad.

LAS CLASES DE NORMAS

Existen diferentes tipos de normas que regulan el comportamiento de las personas para la sana convivencia, cada una tiene diferentes características que abarcan diferentes aspectos. Las normas jurídicas establecen las conductas en las personas pasivas y activas, dentro de la pasiva tiene la obligación de cumplir con la norma jurídica, en la activa tiene la facultad de exigir el cumplir con la norma. En lo exterior se encarga de sancionar a la persona que actúa de mala fe. En las normas morales se manifiestan en la razón de los actos que hacemos como seres humanos, en lo bueno y lo malo dentro de nuestro entorno. Las normas religiosas entran todas las formas de pensar y de actuar en la conciencia social, donde entra la divinidad y los acontecimientos históricos que regulan las conductas permitidas y prohibidas. Los convencionalismos sociales nos permiten tener una forma más acertada de nuestro modismo, del trato social y la cortesía para hacer una persona de buen perfil.

LA DIFERENCIA ENTRE LEGISLACIÓN Y COSTUMBRE

La legislación son el conjunto de leyes en el ámbito federal que rigen los procesos legislativos que se encuentran estipulados dentro de nuestra constitución mexicana. La costumbre se trata de leyes que no se encuentran escritas pero que se reiteran en la conducta de los hombres. Para diferenciar la legislación y la costumbre, es que la primera se sustenta en lo obligatorio por lo que dictan las leyes, y la segunda es algo que se va haciendo ley con el paso del tiempo acatando lo acordado y entran en una clima de respeto.

LA DEFINICIÓN DE DOCTRINA, ACUERDO Y DERECHO

La doctrina es el conjunto de estudios que hacen los juristas, para describir, clasificar y sistematizar las normas jurídicas. El acuerdo es la resolución que toman juntas varias personas sobre algo. El derecho es la facultad da hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor. Por lo consiguiente se son definiciones de conceptos que nos permiten llevar acabo un ambiente sano de pasividad entre las sociedades y naciones en las que el ser humano se puede desarrollar en sus capacidades emocionales, conceptuales y personales, permitiendo así el control en diversas actividades.

CARACTERISTICAS DE LA INCORPORACIÓN, DEL REGISTRO Y DEL CONOCIMIENTO.

El Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) es el acto de la autoridad educativa en virtud del cual se determina incorporar un plan y programas de estudio que un particular imparte, o pretende impartir, al sistema educativo nacional.

Art. 55° Las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios se otorgarán cuando los solicitantes cuenten:

I.- Con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación y, en su caso, satisfagan los demás requisitos a que se refiere el artículo 21,

II.- Con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad, pedagógicas y de accesibilidad que la autoridad otorgante determine, conforme a los términos que señalen las disposiciones aplicables. Para establecer un nuevo plantel se requerirá, según el caso, una nueva autorización o un nuevo reconocimiento, y

III.- Con planes y programas de estudio que la autoridad otorgante considere procedentes, en el caso de educación distinta de la preescolar, la primaria, la secundaria, la normal, y demás para la formación de maestros de educación básica.

LA DEFINICIÓN DE CRÉDITO, GRADO Y NIVEL

El crédito es el precio que una institución educativa brinda o cobra por ofrecer una clase o una materia en específico, el grado académico, es en el ámbito de la enseñanza superior, una institución universitaria concede al alumno cuando ha superado las exigencias académicas de cada ciclo o etapa en los que está ordenada la docencia. Los grados son, para el graduado, un testimonio público y auténtico de su nivel de competencia científica en una disciplina determinada.

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