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Conceptos jurídicos fundamentales

chuy2418Informe5 de Junio de 2015

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Conceptos jurídicos fundamentales

• los conceptos jurídicos fundamentales son de suma importancia ya que de su profundización en su conocimiento depende una correcta solución a los problemas que plantea la ciencia del derecho, considerados como aquellos que intervienen como elementos constantes y necesarios en toda relación jurídica.

• Rafael Rojina Villegas define los conceptos jurídicos fundamentales como “aquellos que intervienen como elementos constantes y necesarios en toda relación jurídica, es decir, en toda forma de conducta jurídica que se produce por la aplicación de la norma a los casos concretos.”

• En la enumeración del jurista Rojina Villegas encontramos como conceptos jurídicos fundamentales los supuestos jurídicos, las consecuencias de derecho, los sujetos de derecho o personas jurídicas, los objetos de derecho o formas de conducta jurídicamente reguladas, la cópula "deber ser" y las relaciones jurídicas.

I. Supuestos jurídicos.

II. Consecuencias de derecho.

III. La cópula “deber ser”.

IV. Sujetos de derecho o personas jurídicas.

V. Objetos del derecho

VI. Relaciones jurídicas.

Supuestos jurídicos : Hipótesis normativa de cuya realización depende que se produzcan las consecuencias de derecho.

Consecuencias de derecho: Aquellas situaciones jurídicas concretas que se presentan cuando se realizan uno o varios supuestos de derecho.

La cópula “deber ser”: Es el nexo que une la hipótesis normativa con la disposición, es decir, constituye el vinculo normativo entre el supuesto jurídico y la consecuencia de derecho.

Sujetos de derecho: Son los entes que sirven de centros de imputación .de los derechos subjetivos, deberes jurídicos, sanciones, actos y normas de derecho.

A. Personas físicas.

B. Personas morales.

Objetos de derecho: Constituyen las diferentes formas de conducta jurídicamente reguladas que se manifiestan como:

A. Facultades

B. Deberes

C. Actos jurídicos

D. Hechos lícitos e ilícitos

Persona jurídica

Persona jurídica (o persona moral) es un sujeto de derechos y obligaciones que existe, pero no como individuo, sino como institución y que es creada por una o más personas físicas para cumplir un objetivo social que puede ser con o sin ánimo de lucro.1

En otras palabras, una persona jurídica es todo ente con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y que no sea una persona física. Así, junto a las personas físicas existen también las personas jurídicas, que son entidades a las que el Derecho atribuye y reconoce una personalidad jurídica propia y, en consecuencia, capacidad para actuar como sujetos de derecho, esto es, capacidad para adquirir y poseer bienes de todas clases, para contraer obligaciones y ejercitar acciones judiciales.

Derecho subjetivo

El concepto de derecho subjetivo tiene una gran importancia para la ciencia del Derecho, ya que faculta al sujeto para poner en marcha la acción procesal y la reclamación en juicio de sus pretensiones jurídicas. Además, también desempeña un papel relevante en el ámbito del Derecho público, tanto en el Derecho penal como en el Derecho administrativo y, sobre todo, en el Derecho constitucional, pues los denominados derechos humanos o fundamentales son derechos subjetivos.

La contraposición entre Derecho objetivo y derecho subjetivo obliga a establecer un concepto diferenciado de derecho subjetivo como facultad o poder que las normas jurídicas atribuyen a los sujetos de derecho. No obstante, este concepto debe ser contrastado con las diferentes teorías acerca de la naturaleza y alcance

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