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Contratos. Diferencia entre contrato y convenio

2003vyu12Ensayo27 de Noviembre de 2023

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INTRODUCCIÓN

Los contratos son acuerdos voluntarios entre dos o más partes que establecen derechos y obligaciones legales. Estos acuerdos pueden abarcar una amplia variedad de transacciones, desde compraventas hasta acuerdos laborales. La validez de un contrato generalmente depende de elementos como el consentimiento mutuo, la capacidad legal de las partes involucradas y la existencia de un objeto lícito. La redacción clara y precisa de los términos contractuales es fundamental para evitar malentendidos y conflictos. Los contratos son una parte integral de las relaciones comerciales y personales, proporcionando un marco legal que respalda la ejecución y cumplimiento de acuerdos entre las partes involucradas.

CONTRATO

Los contratos son una especie de convenio. Un contrato es un acuerdo de voluntades entre dos o más personas para producir o transferir obligaciones y derechos.    Los contratos pueden ser celebrados de forma oral o escrita a menos que la ley exiga que deban de ser celebrados de una forma determinada. Los contratantes pueden estipular en un contrato lo que convenga a sus intereses, ya que en los contratos rige el principio de autonomía de la voluntad, es decir las personas son libres de establecer las reglas que rijan sus relaciones, siempre y cuando no contravengan las disposiciones legales.

DIFERENCIA ENTRE CONTRATO Y CONVENIO

El convenio en sentido general es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones. El contrato es el acuerdo de dos o más personas al igual que en el convenio, pero en este caso ese acuerdo de voluntades se da para producir o transferir obligaciones y derechos.

En la práctica ambos términos se usan como sinónimos sin embargo, existe la afirmación que dice “los contratos son convenios, pero no todos los convenios son contratos”. Los convenios son el género, los contratos son la especie.

TIPOS DE CONTRATOS QUE EXISTEN CONFORME A LA LEGISLACION CIVIL

Se clasifican tomando en cuenta sus características de la siguiente manera:

Reales

En este tipo de contrato, además del consentimiento de los involucrados, se requiere que se entregue alguna cosa. Son los más utilizados para depósitos o préstamos.

Solemnes

Son los contratos civiles que deben cumplir ciertas normas establecidas por la ley. Un ejemplo de estos son los de hipotecas.

Unilaterales

La obligatoriedad alcanza solo a una de las partes, mientras que la otra queda libre y sin ningún tipo de obligación. Un contrato de préstamo es unilateral.

Bilaterales

En este caso, la obligatoriedad alcanza a todas las partes involucradas. Por ejemplo, un contrato de compraventa.

Onerosos

Todas las partes tienen tanto beneficios como gravámenes. Además, deben cumplir con deberes.

Principal

Es aquel que no requiere que exista otro contrato, ni previo ni posterior. Un ejemplo de este contrato es el de arrendamiento.

Accesorio

Este contrato sí necesita que exista otro para tener sentido. Por ejemplo, un contrato de garantía.

Gratuito

Solo beneficia a una de las partes. Un contrato de donación es un contrato gratuito.

Consensual

Perfecciona el consentimiento de las partes. El reconocimiento de una deuda o, incluso, un contrato de trabajo es un ejemplo de contrato consensual.

Conmutativo

Una de las partes se compromete a hacer algo que, en principio, equivale a lo que su contraparte debe realizar. Un ejemplo es el contrato de préstamo.

Instantáneos

Su ejecución se lleva a cabo por medio de una sola prestación sobre el simple intercambio de consentimiento. Un ejemplo son los contratos de venta.

Algunos de los contratos civiles existentes en México son:

  • Promesa: es un contrato preparatorio que detalla una obligación que se asumirá en un futuro.
  • Compraventa: estipula las condiciones en las que una persona (vendedor) transferirá la propiedad o derecho de una cosa a otra persona (comprador).
  • Permuta: estipula las condiciones de intercambio entre dos partes.
  • Donación: detalla la donación de bienes de una parte (donante) hacia otra (donatario).
  • Arrendamiento: una persona (arrendador) concede el uso temporal de un bien a otra persona (arrendatario), quien se obliga a pagar por ese uso.
  • Comodato: un comodante se obliga a conceder el uso de un bien por un tiempo determinado a un comodatario, quien no precisamente se obliga a pagar, pero sí a restituir el bien en la fecha estipulada.
  • Depósito: un depositario recibe un mueble o inmueble por parte de un depositante. El objetivo es guardarlo y restituirlo cuando el depositario disponga.
  • Prestación de servicios profesionales: un prestador se obliga a prestar sus servicios profesionales a un prestatario. Este último, por su parte, queda obligado a pagar honorarios.

ELEMENTOS DE VALIDEZ, DE EXISTENCIA Y REQUISITOS DE LOS CONTRATOS

Los contratos civiles se definen como el acuerdo de voluntades de dos o más personaspara producir o transferir obligaciones y derechos. Estos contratos requieren de una deserie de condiciones que son necesarias e imprescindibles para su correcto ejercicio delderecho

Por definición se entiende que, sin los elementos de existencia, el acto jurídico no puedeconformarse, y sin los elementos de validez, es nulo.

Dentro de los elementos de existencia, están el consentimiento, objeto y solemnidad, sinellos se dice que el acto jurídico no puede llegar a existir. Mientras que los elementos devalidez son la capacidad, ausencia de vicios de voluntad, formalidad y licitud. Aún si unacto jurídico llega a existir, sin los elementos de validez es inválido.

ELEMENTOS DE EXISTENCIA

Para la existencia de cualquier contrato deben cumplirse los siguientes elementos, sin ellosun acto jurídico no puede ser iniciado.

1. ConsentimientoEs la base de cualquier actividad jurídica, donde una parte decide ofertar una propuesta yla otra aceptarla bajo una serie de condiciones previamente acordadas.El consentimiento puede darse de forma verbal o escrita. En este último caso mediante undocumento que debe ser firmado, aprobando así los términos propuestos.

2. ObjetoSe refiere literalmente al bien, entidad u objeto físico sobre el cual se elabora un contrato.Este objeto debe existir, aunque también puede haber un compromiso de su existencia enel futuro.

3. SolemnidadSon   requisitos   obligatorios   por   ley   para   la   consecución   de   ciertos   actos   jurídicos,normalmente el  registro de  documentos en  entes oficiales  del  estado.  Un  ejemplo deactos con solemnidad son los matrimonios y divorcios.

ELEMENTOS DE VALIDEZ

Aunque   conformado,   un   acto   jurídico   necesita   de   los   elementos   de   validez   para   serconsiderado oficial, de lo contrario será nulo.

1. Capacidad de las partesCiertas condiciones son requisito en muchos casos para diferentes eventos legales comocompraventa   de   inmuebles   o   matrimonios.   Las   capacidades   son   estas   condiciones   orequisitos administrativos, como puede ser la mayoría de edad.

2. Ausencia de vicios de voluntadLa validez de un acto jurídico requiere de la voluntad o el consentimiento de la persona.Sin embargo, esta no puede ser influenciada por fuentes externas como estafas, amenazasde violencia, chantajes o incapacidades en la persona (minusvalía, lesiones, discapacidadmental).

3. FormalidadAunque un documento pueda indicar la voluntad de dos partes en forma de contrato, sieste no se encuentra debidamente conformado o carece de todos los parámetros exigidospor la ley, se procederá a su anulación.

4. LicitudUn acto jurídico solo puede ser válido si las condiciones que establece cumplen con lasleyes  donde   se   supone  será   ejecutado. Dicho   de  otra forma,  un   contrato  solo  tendrávalidez si lo escrito en él no atenta contra la ley.

IDENTIFICACIÒN DE CONTRATOS TRASLATIVOS DE DOMINIO, CONTRATOS DE USO Y GOCE DE LA COSA

Los contratos traslativos de dominio son acuerdos escritos, generados entre dos partes, cuyo objetivo es la transferencia de los derechos reales de un bien: su uso, goce y disfrute.

En otras palabras, estos acuerdos buscan transferir a otro individuo la propiedad de un bien junto con los derechos y obligaciones inherentes a este.

En esta clase de acuerdos se encuentran la compraventa, mutuo, permuta y donación. Todos tienen diferentes requisitos legales que deben cumplirse, como: 

  • El consentimiento expreso de las personas; 
  • la voluntad de generarlo —no debe haber coacción de ningún tipo—; 
  • el objeto; 
  • y tipificar la concesión del bien o el derecho a quien lo recibe. 

Al recabar estos requisitos legales, ya es posible que las personas puedan llevar a cabo este instrumento jurídico para satisfacer sus necesidades. 

En definitiva, los contratos traslativos de dominio tienen en común la transferencia de propiedad, pero también comparten 3 características que los distinguen.

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