Derecho del trabajo. Funciones de la Inspección del Trabajo
DIEGO24Q2Informe16 de Septiembre de 2025
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DERECHO DEL TRABAJO
Artículo 3 - Funciones de la Inspección del Trabajo
La Inspección del Trabajo vigila el cumplimiento de normas sociolaborales, seguridad y salud en el trabajo. Además, orienta, asesora técnicamente, concilia administrativamente y sanciona incumplimientos.
Artículo 4 - Ámbito de actuación
Se extiende a todas las personas o entidades obligadas a cumplir normas sociolaborales, en empresas, centros de trabajo, medios de transporte, domicilios con limitaciones y lugares con trabajo infantil.
Artículo 5 - Facultades inspectivas
Los inspectores pueden entrar a centros de trabajo sin previo aviso, requerir información, examinar documentos, tomar muestras, adoptar medidas como recomendaciones, advertencias, multas, paralización o cierre temporal, y comunicar a otras entidades.
Artículo 9 - Inicio de actuaciones inspectivas
Las actuaciones inspectivas se inician por orden superior mediante una orden de inspección, designando inspectores quienes deben comenzar en un plazo máximo de diez días, salvo casos urgentes que requieren inicio inmediato.
Artículo 11 - Órdenes de inspección
Las órdenes constan por escrito, detallan la inspección encomendada, duración y finalidad. Pueden señalar sujetos concretos o grupos. Son registradas y si hay errores, se corrigen o amplían mediante informes.
Artículo 12 - Actuaciones inspectivas de investigación o comprobatorias
Inician con visita, comparecencia, verificación de datos o requerimientos electrónicos. Pueden ser continuadas o combinadas para verificar cumplimiento normativo.
Artículo 14 - Medidas inspectivas de recomendación, advertencia y requerimiento
Recomendaciones y orientaciones son formales, advertencias y requerimientos escritos se notifican para que el responsable adopte medidas correctivas en plazo determinado, sin perjuicio del procedimiento sancionador.
Artículo 15 - Deberes de colaboración
Durante actuaciones inspectivas, empleadores, trabajadores y responsables deben colaborar con facilitación de información, atención y apoyo. Autoridades públicas y Policía brindan asistencia a inspectores.
Artículo 16 - Deberes de los inspectores
Ejercen funciones con legalidad, imparcialidad, confidencialidad y profesionalismo. Deben comunicar cualquier impedimento para intervenir a superior jerárquico.
Artículo 17 - Finalización de actuaciones inspectivas
Si no se detectan infracciones, se archiva expediente con informe. Si hay infracciones, el inspector impone medidas y, si no se subsanan, se extiende acta de infracción para procedimiento sancionador. El informe debe indicar hechos, medios y responsables.
Artículo 31 - Infracciones administrativas
Comprende el incumplimiento de obligaciones en relaciones laborales, seguridad, salud y seguridad social. Se tipifican como leves, graves y muy graves según impacto, incluyendo infracciones a la labor inspectiva.
Artículo 32 - Sujetos responsables
Incluye personas naturales o jurídicas que incumplen obligaciones sociolaborales y de seguridad social, destacando empleadores, empresas de intermediación laboral, transportistas, y empresas usuarias.
Capítulo II - Infracciones (leer todo)
Describe infracciones leves, graves y muy graves en relaciones laborales, seguridad y salud en el trabajo, empleo, intermediación y tercerización laboral, 3promoción y formación para el trabajo, contratación de trabajadores extranjeros, y seguridad social. También incluye infracciones relacionadas a la labor inspectiva, como obstrucción o negativa a colaborar.
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