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Programa nacional de formación de esudios juridicos


Enviado por   •  22 de Abril de 2023  •  Apuntes  •  4.192 Palabras (17 Páginas)  •  34 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE  VENEZUELA[pic 1][pic 2]

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN DE ESUDIOS JURIDICOS

ESTADO SUCRE

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Realizado por:

HERNÁNDEZ CECILIA C.I 14816157

SEC 03

Prof. Aniceto Gamboa

Cátedra: Regulación de las relaciones privadas

ESTUDIOS JURIDICOS

Cumana mayo del 2012

FINES DEL ESTADO:

Nuestra Constitución en su Artículo 3 establece los fines del Estado Venezolano, este dice: El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.

La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.

En otro sentido podemos decir que los fines que tiene el Estado, son:

  • La conservación y defensa frente a la agresión exterior,
  • La conservación del orden público al interior del territorio.
  • El fomento del bienestar de sus ciudadanos.

Esto nos remite más allá de lo ideológico al presentar los fines de defensa nacional, policial e intervenciones económicas y sociales.

El Estado no es estático sino que es dinámico. Actúa en el ejercicio de su poder a los efectos de alcanzar sus fines. La actividad que desarrolla el Estado en base a su poder y para el cumplimiento de sus fines constituyen las llamadas funciones del Estado estas consideradas en conjunto, representan el ejercicio pleno del poder del Estado, de acuerdo a las normas que regulan su competencia.

ANALISIS DE LOS ARTICULOS DE LA CONSTITUCION DE LA REPULICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN MATERIA DE LOS DERECHOS HUMANOS:

 Expresa los derechos humano y le garantiza sus deberes entre ellos esta e la protección de nuestros derechos expresado.

 En el articulo 19 donde el estado nos garantiza el goce de nuestro derecho humano que ninguna discriminación, nuestro respecto son obligatorio en los órganos del poder publico. Por lo tanto los derechos humanos es la principal batalla presente en la ley presente en la constitución en contra de la violencia, humillación, atropellos asesinatos entre otras.

Artículo 20 de la constitución expresa: Que todos tenemos el derecho libre, en la reclamación que hacemos cuando alguien es desprovisto de su derecho a desarrollar su personalidad.

Articulo 23 de la constitución expresa: este es determinante en la aplicación de las garantías de nuestro derecho humano, desde el punto de vista que los convenios que Venezuela firmen tienen jerarquía constitucional.

Articulo 31 de la constitución expresa: El derecho de dirigir peticiones o quejas ante los órganos internacionales cuando se trate de nuestro derechos humanos, con la obligación que tiene el ejecutivo de acatar esas decisiones del organismo. En el cual estos fines sean con el objetivo de solicitar un amparo a nuestro derecho humano. Los cuales estos se establece por medios de tratados, convenios, pactos, que se ratifica en la Republica.

Articulo 152 de la constitución expresa: Las relaciones internacionales en el cual se establece los fines o semejanzas que tiene el estado con lo dispuesto en las disposiciones fundamentales con el objetivo de mantener los intereses del pueblo con nuestra soberanía legado a la paz, igualdad de los estado, respetando nuestro derechos humanos y solidaridad entre los pueblos y el bienestar de la humanidad.

Articulo 153 Que permite que el Estado ceda atribuciones a organizaciones en aras de dicha integridad, donde se avanza hacia la creación de una comunidad de naciones que defiende los intereses Económicos, Sociales, Culturales, políticas y ambientales de la región por el cual esto favorece la República e entregada latinoamericana y caribeña.

Articulo 339 de la constitución expresa: Que el decreto que declare al estado de excepción, este debe presentarse a la asamblea nacional para q sea aprobado Nacional para que sea aprobado por sala constitucionales, por el cual se resigue su garantía y tiene que presentarse en un plazo de 8 día una vez dictado, eso si esta debe cumplir con las exigencia del pacto internacional de los derechos civiles, políticos en la convención de los derechos humanos      

CONVENIOS INTERNACIONALES

Es un escrito celebrado entre Estados con un grado de formalidad menor al de un tratado. Normalmente, un convenio es acordado en aspectos Económicos y Comerciales entre los estados. Los convenios pueden estar dados entre dos Estados, denominado un Convenio Bilateral, normalmente celebrado para brindar facilidades en materias Comerciales. Pero también existe otra forma de convenio, celebrado entre más de dos Estados, el cual se denomina Multilateral, en el cual, el acuerdo tiene un carácter más normativo respecto de aspectos contemplados dentro del Derecho Internacional.

En un Convenio por lo regular se hace la negociación de temas que afectan de manera general los miembros de la Comunidad Internacional. lo mas común es que tales acuerdos

Tratados internacionales

Un tratado internacional es un acuerdo escrito entre ciertos sujetos de Derecho internacional y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos conexos, y siendo indiferente su denominación. Como acuerdo implica siempre que sean, como mínimo, dos personas jurídicas internacionales quienes concluyan un tratado internacional. Por ejemplo los gobernantes de cada país se reúnen para ponerse de acuerdo con sus límites de países para no tener problemas con sus territorios.

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