ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Autonomia Privada


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2013  •  1.248 Palabras (5 Páginas)  •  306 Visitas

Página 1 de 5

AUTONOMIA PRIVADA, EL HECHO, EL ACTO Y EL NEGOCIO PRIVADO

La autonomía privada es un poder que el ordenamiento jurídico otorga al sujeto de derecho para que autorregule sus propios intereses.

1.-La autonomía privada como fuente de relaciones jurídicas y su (pretendido) deslinde conceptual con la libertad jurídica

La libertad es el ser del hombre. Todo hombre es libre, pese a que no tenga conciencia de ello.

La libertad es el sustento de la voluntad, Cuando describimos al “acto jurídico” como un “acto voluntario”, afirmamos que el acto jurídico es una expresión de libertad, que soy yo, con mi voluntad, la cual se manifiesta con mi inteligencia(discernimiento) y mis sentimientos (pasiones)•

El ser humano es libre y es en su libertad que radica su autonomía.

Según la doctrina brasileña “el negocio jurídico es otra fuente de derecho que positiviza normas jurídicas que se vinculan con los participantes y se desprende

a) Que las partes se ajusten a los modelos previstos en las leyes , o

b) Que se construyan nuevas estructuras.

De ello se desprende que hay 2 tipos de autonomía:

a) Autonomía creadora de normas jurídicas, y

b) Autonomía creadora de relaciones jurídicas

En nuestro país el acto jurídico es una fuente formal de derecho aun cuando las normas sean de alcance particular.

La Autonomía privada a través del negocio jurídico es considerada fuente de derecho( fuente de normas jurídicas) , lo cual no comparte el autor porque la norma tiene significado social y el poder individual no puede crear norma s de derecho, pero si puede crear, modificar o extinguir relaciones jurídicas asimismo reglamentar estas situaciones.

El individuo desarrolla relaciones jurídicas a través de la autonomía privada:

a) Creación de relaciones jurídicas

b) Reglamenta el contenido de las relaciones jurídicas

Todo acto de autonomía contiene un precepto, una regla.

Según la doctrina española:

La autonomía privada a través del negocio jurídico crea normas (reglas de conducta) que son las relaciones jurídicas, pero no crea normas jurídicas porque estas son de naturaleza social.

La norma constituye un mandato superior de una autoridad que impide al individuo el desarrollo de su voluntad y su naturaleza. Mientras que el negocio es la autonomía de los particulares (individuo), permitiéndoles dar regla dentro de las normas legales a sus propios intereses pero no mandar a los demás.

Es importante distinguir: libertad jurídica y autonomía de la voluntad:

• libertad jurídica: actuar libremente con trascendencia jurídica y se manifiesta :

a) Constitutiva: establecer, modificar o extinguir relaciones jurídicas.

b) Normativa: regular parcial o total estas relaciones jurídicas. Comprende la autonomía de la voluntad. Esta doctrina comprende la ley, la costumbre y los principios generales del derecho y confunde norma jurídica con norma-regla de conducta.

Esta doctrina española manifiesta que el negocio jurídico es el instrumento técnico para realizar la libertad jurídica, tenemos

a) El matrimonio es un negocio constitutivo, la libertad jurídica establece esta relación jurídica. No hay libertad normativa ( autonomía de la voluntad )

b) el testamento es un negocio normativo parcial

c) el contrato de compra venta negocio normativo total.

Teoría del Negocio Jurídico

Características

Historicidad

El concepto nace A FINALES DEL SIGLO XVIII Y A PRINCIPIOS DEL SIGLO XIX, con la pandectística alemana, que trataba de analizar el derecho romano aplicando el método inductivo deductivo y con el iusnaturalismo racionalista que estudiaba el derecho natural (filosófico).

Abstracción

El negocio jurídico es una unidad conceptual con diversos grados de abstracción: en el primer grado de abstracción en el civil law está “el contract” que es un contrato a título oneroso. En el Common law, Contrato es el intercambio de una prestación con una contraprestación. El sistema romano- francés llega hasta el segundo grado de abstracción: que es contrato a título oneroso o gratuito. Y El sistema romano-alemán llega hasta el tercer grado de abstracción el negocio jurídico puede ser unilateral o bilateral.

Instrumentalidad

El valor fundamental del negocio jurídico es un valor conceptual, hay que destacar el significado de los elementos del negocio jurídico para apreciar la autonomía privada .

HECHO ACTO Y NEGOCIO JURIDICO

HECHO JURIDICO: Es el acontecimiento o suceso (natural o humano) con trascendencia en el mundo del derecho establecido en sus normas legales.

Es aquel que produce efectos jurídicos, ya que el ordenamiento legal así lo prescribe. Configurando la causa inicial (HECHO JURÌDICO), la causa final (EFECTO JURIDICO), ambas vinculadas por nexo causal (ORDENAMIENTO JURIDICO)

CLASIFICACION DE LOS HECHOS JURIDICOS

1. HECHOS JURIDICOS NATURALES son aquellos en los que no participa la voluntad humana y se producen por fenómenos de la naturaleza. Como por ejemplo el nacimiento, la desaparición y la muerte.

2. HECHOS JURIDICOS LEGALES son aquellos previstos en el reglamento legal. Como por ejemplo hipotecar una casa para obtener un préstamo.

3. HECHOS JURIDICOS HUMANOS son aquellos en los que es relevante la voluntad humana

3.1 HECHOS JURIDICOS HUMANOS INVOLUNTARIOS Son hechos que realiza el individuo con consecuencias no deseadas, producidos sin discernimiento.

3.1 HECHOS JURIDICOS HUMANOS VOLUNTARIOS son hechos que realiza el individuo con discernimiento (razona, comprende y valora el acto), intención y libertad. Se distinguen

3.1.1 HECHOS JURIDICOS VOLUNTARIOS ILICITOS, cuando se trasgrede una norma jurídica, y el acto de resarcir el daño ocasionado. Ilicitud.

3.1.1 HECHOS JURIDICOS VOLUNTARIOS LICITOS, son los que no trasgreden el ordenamiento legal. Licitud. Pueden ser con (o sin) declaración de voluntad.

FATTISPECIE O SUPUESTO DE HECHO

Fattispecie, es una abstracción normativa, precede a la norma.

La norma jurídica la regula admitiéndola o prohibiéndola.

Puede ser:

Fattispecie simple es un presupuesto jurídico

Fattispecie compleja es un conjunto de presupuestos.

ACTO JURIDICO

Es una especie dentro del hecho jurídico, se materializa a través de la manifestación de la voluntad. Descarta la involuntariedad y la ILICITUD.

Según establece el autor Acto jurídico es aquel hecho humano realizado voluntariamente, lícito o ilícito del cual surgen efectos voluntarios.

El art 140 del Código Civil peruano establece que el acto jurídico es la manifestación de voluntad destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas”

El acto jurídico se diferencia del negocio jurídico:

- El presupuesto de los negocios jurídicos es la manifestación de voluntad, en los actos jurídicos y en los actos ilícitos por negligencia esto no ocurre,

- En el negocio jurídico la finalidad de las partes es crear un vínculo, en los actos jurídicos el vínculo existe por imperio de la ley.

- En el negocio jurídico la intención es indispensable, en el acto jurídico, no necesariamente.

Tanto el acto como el negocio jurídico son especies del genero hecho jurídico, pero el negocio jurídico es una sub especie del acto jurídico.

NEGOCIO JURIDICO

El negocio jurídico se configura cuando uno o varios sujetos declaran su voluntad, a efectos de autorregular sus propios intereses creando un precepto (entendido como regla de conducta) que normarán las relaciones o situaciones que se han creado, modificado o extinguido.

El acto jurídico se distingue del negocio jurídico porque en este no solo encontramos una expresión de la voluntad del hombre, sino que se trata de una voluntad que persigue un fin que la ley protege y que es una voluntad manifestada, expresada, exteriorizada. No es posible concebir un negocio sin declaración de voluntad.

El negocio jurídico tiene un fin practico y lícito, si fuera ilícito no sería negocio jurídico

Características

1 Es una figura de derecho privado

2 No hay relación de causalidad entre el contenido de la voluntad y el efecto que el derecho atribuye al negocio

3 Las consecuencias son paralelas a las de carácter económico o social.

4 Los efectos serán esenciales, naturales o accidentales

5 La declaración de voluntad puede requerir otros supuestos.

6 El negocio aspira a un fin económico.

...

Descargar como  txt (8.3 Kb)  
Leer 4 páginas más »
txt