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Como Se Vincula La Ley 16744 Con La Gestión De Prevencion De Riesgos


Enviado por   •  25 de Abril de 2015  •  940 Palabras (4 Páginas)  •  452 Visitas

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Como se vincula la ley 16744 con la gestión de prevención de riesgos.

Antes informe de dar comienzo al desarrollo del presente e informe, es primordial que podamos definir lo que se refiere a Gestión en prevención de riesgos, para ello utilizaremos la definición que hace mención el Decreto 76 artículo 8°, el cual citaremos a continuación:

• “Se entenderá por Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo al conjunto de elementos que integran la prevención de riesgos, a fin de garantizar la protección de la salud y la seguridad de todos los trabajadores.”

Tras conocer la definición de gestión de prevención de riesgos, podemos decir que la ley 16.744 establece un conjunto elementos, que están orientados a la Seguridad y la salud en el trabajo, lo cual hace de esta ley una herramienta fundamental para poder realizar la gestión la prevención de riesgos laborales.

Para poder entender de mejor manera la relación de la ley con Gestión, haremos mención a algunos aspectos en los cuales la ley 16744 se vincula directamente con la Gestión de Prevención de Riesgo:

1.-La ley 16.744 establece un seguro social obligatorio, el cual tiene la características de entregar prestaciones a los trabajadores afectados por las contingencias cubiertas por dicha ley, no solamente está enfocada en cubrir las prestaciones médicas y rehabilitación, sino que también se enfoca en tratar de evitar la ocurrencia de los accidentes y enfermedades profesionales, ya que uno de sus principales objetivos en Prevenir, la forma en la cual busca dar cumplimiento a este objetivo, es obligando a la entidad empleadora en conjunto de los trabajadores a dar cumplimiento y realizar actividades de prevención de riesgos. Estas actividades son impartidas de igual manera por los organismos que administran esta ley.

2.- La ley 16.744, busca incentivar a las empresas a que ofrezcan las condiciones satisfactorias de seguridad e higiene en los lugares de trabajo, este incentivo se basa en realizar rebajas a las cotizaciones adicionales que pagan las entidades empleadoras, esto para las empresas significa una gran reducción en el aporte capital que desembolsan a los organismos administradores.

3.-La ley 16.744, establece como obligación a toda las empresa que cuenten con más de veinticinco trabajadores, a conformar un Comité Paritario de higiene y seguridad, este es un organismo técnico bilateral que está conformado por representantes de los trabajadores y de los que representan a de la empresa., que tiene como objetivo principal realizar diversas acciones preventivas, todas estas enfocadas directamente en evitar la ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y las cuales están obligadas a adoptar las entidades empleadoras.

El comité Paritario de higiene tiene las siguientes funciones:

• Asesorar e instruir a todos los trabajadores en la utilización correcta y adecuada de los equipos de protección personal.

• Vigilar el cumplimiento, tanto por parte de las empresas como de los trabajadores de las medidas de higiene y seguridad, para los que no cumplan, el Comité Paritario de Higiene y Seguridad puede solicitar sanciones.

• Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales,

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