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Resumen Ley Prevencion Riesgos Laborales

ari_alonso5 de Febrero de 2015

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RESUMEN DE LA LEY DE PREVENCIÓN

DE RIESGOS LABORALES

La Constitución Española encomienda a los poderes públicos velar por la

seguridad e higiene en el trabajo. Bajo este mandato constitucional y como

transposición de la Directiva Europea 89/391/CEE, aparece la Ley 31/1995 de

Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), modificada por la Ley 54/2003, de 12

de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos

laborales.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales se puede clasificar en:

 Derecho a la Protección frente a los riesgos laborales.

 Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

 Evaluación de Riesgos.

 Planificación de la actividad preventiva.

 Modalidades de los Servicios de Prevención.

 Riesgo grave e inminente para la Salud.

La LPRL tiene por objeto promover la seguridad y la salud de los trabajadores,

estableciendo como principios generales:

 La prevención de los riesgos profesionales.

 La eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo.

 La información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de

los trabajadores en materia preventiva.

Ámbito de aplicación:

 A los trabajadores por cuenta ajena.

 Trabajadores de carácter administrativo o estatutario del personal civil al

servicio de las Administraciones Públicas. (Real Decreto 67/2010, de 29 de

enero, de adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la

Administración General del Estado).2

DERECHO A LA PROTECCIÓN FRENTE A LOS RIESGOS LABORALES

Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de

seguridad y salud en el trabajo.

Este citado derecho supone la existencia de un correlativo deber:

 Del empresario. En la protección de los trabajadores frente a los

riesgos laborales de los empleados a su cargo.

 Del trabajador. Este deber de protección constituye, igualmente, una

obligación de respeto del personal a su servicio.

Constitución

Encomienda a los poderes públicos

velar por la seguridad e higiene en

el trabajo

Ley 31/1995 de

Prevención de Riesgos

Laborales (LPRL)

Normativa básica en

materia de prevención

Real Decreto 67/2010, de

adaptación de la LPRL a

la Administración

General del Estado

Directiva Europea

89/391/CEE3

Derechos de los trabajadores

en materia de prevención:

Evaluación de riesgos del puesto de

trabajo

Información a los trabajadores

Consulta y participación de los

trabajadores

Formación en materia preventiva

Planes de emergencias ante riesgos

graves

Paralización de la actividad en caso

de riesgo grave e inminente

Vigilancia de su estado de salud4

¿CÓMO SE REALIZA LA PREVENCIÓN DE

RIESGOS LABORALES?

La integración real

de la actividad

preventiva en la

empresa (no sólo la

acumulación formal

de documentos)

La adopción de

medidas de

Seguridad y

Salud

Una acción

permanente de

seguimiento de la

prevención

Plan de prevención de

riesgos laborales

Evaluación de riesgos

Información, participación y

consulta de los trabajadores

Actuación en casos de emergencia

y de riesgo grave e inminente

Vigilancia de la salud

Aplicando distintas modalidades

de organización de la

prevención

Cumpliendo la normativa5

PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

La Prevención de Riesgos Laborales deberá integrarse en el sistema general de

gestión de la empresa.

Se realizará a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención

de riesgos laborales.

Este plan de prevención de riesgos laborales deberá incluir:

 La determinación y/o constitución de la modalidad organizativa

preventiva.

 Los nombramientos de personas con responsabilidades en materia de

prevención de riesgos laborales (que incluirá la definición de funciones y

recursos, así como las necesidades de capacitación formativa).

 Las prácticas, procedimientos y procesos.

 Los recursos necesarios para realizar dicha acción.

 La articulación de los mecanismos de participación y consulta.

Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención

de riesgos son:

 La evaluación de riesgos laborales.

 La planificación de la actividad preventiva.

EVALUACIÓN DE RIESGOS

El empresario deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la

seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta:

 La naturaleza de la actividad: en nuestro caso, los centros escolares.

 Las características de los puestos de trabajo existentes y de los

trabajadores que deban desempeñarlos: un docente, un cocinero/a, etc.

 La elección de los equipos de trabajo a utilizar: ordenadores, proyector

de transparencias, ascensores, etc.

 Las sustancias o preparados químicos que puedan ser utilizados.

 Acondicionamiento de los lugares de trabajo, como es el espacio y la

distribución de materiales de aulas, habitaciones, gimnasio, etc.

 Otras actuaciones que se disponga en la normativa sobre protección de

riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.

La evaluación será actualizada:

 Cuando cambien las condiciones de trabajo, por ejemplo al cambiar de

puesto de trabajo, de equipos de trabajo o de sustancias químicas.

 Se revisará la evaluación, para un puesto de trabajo, cuando se

produzcan daños para la salud en el mismo. 6

PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA

Si los resultados de la evaluación pusieran de manifiesto situaciones de riesgo,

el empresario:

 Realizará aquellas actividades preventivas necesarias para eliminar o

reducir y controlar tales riesgos.

 Dichas actividades serán objeto de planificación, incluyendo para cada

actividad preventiva:

o Plazo para llevarla a cabo.

o Designación de responsables que las realizarán.

o Recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución.

 Se asegurará de la efectiva ejecución de tales actividades preventivas.7

PLAN DE PREVENCIÓN DE

RIESGOS LABORALES

Evaluación de

Riesgos

Planificación de

la actividad

preventiva

(Si la evaluación de

riesgos pusiera de

manifiesto situaciones

de riesgo)

Dependerá:

 Actividad

 De las personas

 Puestos de trabajo

 Equipos utilizados

 Sustancias químicas a

utilizar

 Lugares de trabajo

Será actualizada:

 Cambien las condiciones de

trabajo

 Si existen daños para la

salud de los trabajadores

Quién lo

hace

Cuándo lo

hace

Si existen

riesgos

Cómo

lo hace8

MODALIDADES DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN

La organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades

preventivas se podrá realizar con arreglo a alguna de las modalidades siguientes:

1. Asumiendo el empresario personalmente tal actividad (no aplicable para

el caso de las Administraciones Públicas).

2. Designando a uno o varios trabajadores para llevarla a cabo.

3. Constituyendo un servicio de prevención propio.

4. Recurriendo a un servicio de prevención ajeno.

1. Asunción personal por el empresario de la actividad preventiva.

 En empresas de menos de seis trabajadores y baja peligrosidad.

 Si el empresario desarrolla de forma habitual su actividad

profesional en el centro de trabajo y tiene la capacidad

formativa correspondiente.

 Las actividades preventivas que no puedan ser asumidas

personalmente por el empresario, como la vigilancia de la salud,

deberán cubrirse mediante el recurso a alguna de las restantes.

2. Designación de trabajadores.

El empresario podrá designar a uno o varios trabajadores para ocuparse de

la actividad preventiva en la empresa:

 Si estos tienen capacidad correspondiente

...

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