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Derecho fiscal, diferencias entre un recurso de revocación y juicio de nulidad


Enviado por   •  5 de Febrero de 2018  •  Ensayos  •  806 Palabras (4 Páginas)  •  280 Visitas

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INDICE

1.- Introducción………………………………………….……………..……………. 3

2.-  Contenido……………………………………………………………………….. 4

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En este trabajo platicare sobre las principales diferencias entre un recurso de revocación y juicio de nulidad. Es una materia que nos ocupo durante lo que estuvimos en el transcurso del curso y los diagramas nos llevo a cada uno de los puntos a continuar.

El recurso de revocación y juicio de nulidad han sido siempre medios de defensa para que se cumpla de manera legal la acción y resolución tomada por la autoridad.

Comenzare describiendo cada uno de los puntos como lo pide la actividad

El recurso de revocación es un medio de punto control directo de carácter optativo, donde el interesado quiere o buscar la revocación y modificación de una de las partes de resolución o de un acto dictado por la autoridad en materia fiscal y basándose en la falta de oportunidad o legalidad de los hechos sucedidos.  

Uno de los puntos más importantes y de la situación mas en criterio es que este medio de control quien lo resuelve normalmente| es la parte jurídica de la autoridad llámese, SAT, que es quien emitió la resolución en su momento.

Sobre los tiempos y análisis que revisamos recordamos que se cuenta con 30 días para impugnar la acción de acto de acuerdo con el código fiscal.

Ahora bien pasemos a lo que es un juicio de nulidad que es donde el interesado actúa sobre sus pretensiones antes el tribunal federal de justicia fiscal y administrativa para resolver el acto de resolución administrativa y de la misma manera se resuelva su legalidad o ilegalidad.

Uno de los puntos más importantes y que se tiene que señalar es puedes demandar tanto el acto administrativo desde su origen y la resolución del recurso de revocación.

Los términos son 15 o 45 días para su interposición en la vía sumaria o la ordinaria según sea el caso aplicable

Voy ahora a platicar sobre las diferencias claras entre un recurso administrativo y un juicio de nulidad;

Sobre esto autoridad así que menciona y conoce de los recursos administrativos normalmente es la misma que emitió el acto. En cambio, la autoridad que resuelve el juicio de nulidad, es una autoridad ajena a la autoridad que emitió el acto impugnado, autónoma e independiente del poder al que pertenece.

Así mismo los efectos de los recursos administrativos son de una simple anulación, acto impugnado, o de reconocimiento de un derecho.

Los efectos del juicio de nulidad son de mera anulación y de plena jurisdicción, en este último caso, sólo a efecto de reconocer y reparar un derecho subjetivo del actor, lesionado por el acto impugnado, teniendo la opción de no sólo de anular el acto, sino también de fijar los derechos del recurrente para hacer mas efectivos tales derechos como tal.

De esta forma en los recursos como lo son los administrativos, la autoridad siempre que conoce de los mismos se sujeta a los agravios y cuando es el superior jerárquico hasta en algunos casos, al examen de la oportunidad del acto impugnado.

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