Desarrollo de Lo mejor de la orden de aprencion
jeycodfrDocumentos de Investigación1 de Diciembre de 2015
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Ministerio Público respecto de la averiguación previa son:
• Recibir las denuncias o querellas de acciones u omisiones que constituyen el delito.
• Investigar los delitos.
• Practicar las diligencias necesarias para la acreditación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad que corresponda, así como para la reparación de los daños y perjuicios causados.
• Ordenar la detención y, en su caso, la retención de los probables responsables de la comisión de delitos. De acuerdo al artículo 2° de la Ley
• Orgánica de la Procuraduría General del Estado de Jalisco,
Estas son algunas ATRIBUCIONES DEL MP:
Perseguir los delitos del orden común
Velar por la legalidad y por el respeto de los derechos humanos
Promover la pronta, completa y debida impartición de justicia
Realizar estudios, formular y ejecutar lineamientos a fin de promover reformas que tengan por objeto hacer más eficiente la función de seguridad pública y contribuir al mejoramiento de la procuración e impartición de justicia. Objetivos General: el objetivo general de nuestro tema es la comprensión de lo que comprenden las funciones que realiza el Ministerio Público en las sociedad, cómo éste debe inmiscuirse en asuntos penales y de qué manera debe actuar.
Particular: en lo referente a este punto nos enfocaremos en las funciones que en la actualidad y en la realidad realiza el Ministerio Público como institución, éste análisis lo comprenderemos al final del tema, donde nos percataremos de que sus funciones, en la práctica, son muy distantes a lo que la ley establece. COMO PARTE EN EL PROCESO Se le considera parte ya que interviene en el proceso penal, después de que ya haya consignado y remitido las actuaciones al juez, ejerciendo la acción penal.
Es parte, de acuerdo a sus atribuciones en el art. 4° de la LOPGEJ, en sus siguientes fracciones:
V. Aportar las pruebas pertinentes y promover las diligencias conducentes para la debida acreditación del cuerpo del delito de que se trate, de la responsabilidad penal, de la existencia de los daños y perjuicios para la fijación del monto de su reparación. Cuando el Ministerio Público considere que no es necesario el desahogo de la diligencia, deberá fundar y motivar su negativa; COMO INVESTIGADOR PENAL Nuestra constitución de acuerdo a la investigación nos menciona en su articulo 21 lo siguiente:
La investigación de los delitos corresponde al ministerio publico y a los policías, los cuales actuaran bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esta función. COMO PARTE EN EL PROCESO CIVIL FAMILIAR Anteriormente el MP tenia encomendada fundamentalmente una función derivada de leyes secundarias en aquellos asuntos de interés del Estado en que debe manifestarse para la protección de ciertos intereses colectivos o cuando estos mismos requieran por su naturaleza, una tutela especial. Básicamente en materia de derecho familiar tenía una considerable participación. LA COADYUVANCIA DEL OFENDIDO O VICTIMA DEL DELITO El artículo 20 constitucional en su fracción X, establece que en todo proceso penal, la víctima o el ofendido por algún delito tendrá derecho a recibir asesoría jurídica a que satisfaga la reparación del daño, cuando proceda a coadyuvar con el MP a que se le preste atención médica de urgencia cuando lo requiera y los demás que señalen las leyes. Como manera de INTRODUCCIÓN nos es necesario mencionar lo que es el concepto de Ministerio Público ya que de él partiremos a el análisis del tema: Es una institución unitaria y jerárquica dependiente del organismo Ejecutivo que posee como funciones esenciales la de persecución de los delitos y el ejercicio de la acción penal. FUNCIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO COMO AUTORIDAD Al aportar pruebas pertinentes, promover diligencias, rendir conclusiones y perfeccionar la acción penal, etc. Durante la averiguación previa, hasta el ejercicio de la acción penal Parte del proceso Autoridad El MP tiene una doble función UNIDAD 5 La Constitución de 1836 es modificada el 13 de junio de 1843 con el nombre de Bases de la Organización Política de la República Mexicana (Bases Orgánicas). Esta preserva buena parte de los logros legislativos impulsados por los liberales, entre algunos:
▪ La abolición de todo tipo de esclavitud
▪ La libertad de imprenta y de opinión
▪ La seguridad personal
▪ La inviolabilidad de la propiedad y el domicilio El código de 1871, conocido como código de Martínez de Castro en honor al Lic. Martínez de Castro esté comenzó a rendir para el D.F y el territorio de Baja California, en materia común y para toda la república en materia federal, el cual tuvo como modelo tendencias de la escuela clásica y estuvo vigente hasta 1929. • Fue Veracruz en 1835 el que publicó el primer Código Penal mexicano, tomando como modelo el código penal español de 1822.
• La constitución de 1814 adopta el sistema federal, por cuanto nace a la materia penal y los más sobresalientes fue la expedición de la siguientes códigos penales 2. Abolición de la esclavitud.
3. Enseñanza libre (ninguna limitación en favor del dogma).
5. Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales, sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento
.7. Libertad de expresión.
10. Libertad de portar armas.
13. Prohibición de fueros a personas o instituciones, supresión de tribunales especiales (Ley Juárez).
12. No se reconocen títulos nobiliarios
.22. Prohibición de penas por mutilación, azotes, y tormento de cualquier especie.
23. Abolición de pena de muerte, reservada solo al traidor a la patria, salteadores de caminos, incendiarios, parricidas, y homicidas con el agravante de alevosía, premeditación o ventaja. Así como delitos del orden militar o piratería.
27. Ninguna corporación civil o eclesiástica tiene capacidad para adquirir o administrar bienes raíces, a excepción de los edificios al servicio u objeto de la institución (antecedente de la Ley Lerdo)
.30. Definición de nacionalidad mexicana
.31. Obligaciones de los mexicanos
.36. Obligaciones de los ciudadanos.
39. La soberanía de la nación dimana del pueblo
.50. División de poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
124. Prohibición de alcabalas y aduanas internas
.128. Inviolabilidad de la Constitución. • La Constitución de 1857 restablece la forma de gobierno federal, representativo y democrático con tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial, sin embargo al igual que la Constitución de 1824 estos carecieron de equilibrio. Los estados de la federación adoptaban la forma de gobierno republicana, representativa y popular, con sus poderes representativos, pero sujetos en lo general al pacto federal. Quedaron incluidos otros principios como la igualdad ante la ley, el derecho a la propiedad y otras libertades típicas del liberalismo, sujetas a una concepción moderada. La Constitución de 1824 entró en vigor el 3 de octubre de 1824, después del derrocamiento del Primer Imperio Mexicano de Agustín de Iturbide.
Compuesta por siete títulos y 171 artículos, establecía la forma de República Federal
similar a la de los EEUU. Había una fuerte intolerancia religiosa, en contraste con la libertad de pensamiento, imprenta y expresión, así como el mantenimiento de fueros y privilegios para el clero y el ejército, al lado de la igualdad ante la ley El código penal 1931 vigente y aplicable en el DF en materia común y en toda la república en materia federal, este código mantiene una postura eclíptica y actualmente este código recibe la crítica de ser antiguo sin caducidad, sin embargo su adecuación hasta nuestros días se ha obtenido a través de innumerables reformas para contar hoy con nuestro nuevo código penal. El código penal de 1929, conocido como código de Armaraz estuvo vigente hasta 1931 y tuvo influencia de la escuela positiva en el que hablaba de la negación de libre albedrío y clasificaba a los delincuentes ya que decían que lo importante era el delincuente no el delito. • Después de la declaración de Independencia del 27 de septiembre de 1821 no fue inmediata la creación de leyes para México por lo que seguirían, por algún tiempo, rigiendo las leyes de la Colonia.
• A consecuencia de la grave crisis producida por la lucha de independencia, el derecho penal casi no tuvo una fuerza obligatoria, ya que los derechos fundamentales eran violados constantemente, sin embargo se trato de regularizar y organiza a la policía, así como reglamentar la aportación de armas y el consumo de bebidas alcohólicas, se trato de combatir la vagancia, la mendicidad el robo y el asalto.
• Se facultó al ejecutivo para indultar, conmutar, dispensar total o parcialmente las penas y para decretar el destierro
DIVERSOS CODIGOS DE PROCEDIMIENTOS PENALES A PARTIR DE LA PROCLAMACION DE LA INDEPENDENCIA -Nueva constitución incorpora una serie de artículos en los que se garantizan derechos individuales.
-Reconocen el derecho del hombre como base de las constituciones sociales
-Las leyes y autoridades deberán respetar las garantías constitucionales
-Suprime la esclavitud
-Enseñanza laica
-Individuo queda libre para escoger su oficio y profesión
-Se garantiza la libre expresión de las ideas
-Ciudadano libre de escribir y publicar sus escritos sobre cualquier asunto
-Queda consagrada
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