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ESTADO, DEMOCRACIA Y CIUDADANÍA


Enviado por   •  26 de Mayo de 2015  •  15.291 Palabras (62 Páginas)  •  219 Visitas

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Sine qua non

Conditio sine qua non o condicio sine qua non es una locución latina originalmente utilizada como término legal para decir «condición sin la cual no». Se refiere a una acción, condición o ingrediente necesario y esencial —de carácter más bien obligatorio— para que algo sea posible y funcione correctamente

En tiempos recientes ha pasado de un uso meramente legal a un uso más general en muchos idiomas, incluso inglés, alemán, francés,italiano, etc. En latín tardío, que es como se acuñó la locución, la fórmula emplea conditio, pero actualmente la frase se encuentra a veces con la palabra condicio, que es la forma del latín clásico (en latín clásico, conditio sólo tenía el sentido de «fundación»);1 en castellano normalmente se utiliza esta locución con dicha palabra ya traducida como condición. La frase se utiliza también en economía, filosofía y medicina.

En Derecho Penal esta expresión se utiliza para hacer referencia a la relación de causalidad establecida entre una acción y el resultado final.

El plural de esta expresión es Condiciones sine quibus non

Ejemplos

«El pasaporte es un requerimiento sine qua non para viajar a ese país» (= No se puede viajar sin pasaporte).

«Es una condición sine qua non ser mayor de edad para participar» (= No pueden participar menores).

utor: Anonimo (atake40@gmail.com)

CENT Nº 35

SOCIEDAD Y ESTADO

2006

CENT Nº 35

TECNICATURA SUPERIOR EN ADMINISTRACION PUBLICA

CON ORIENTACION AL DESARROLLO LOCAL (RES. M.E. Y C. 1452/05)

CATEDRA:

SOCIEDAD Y ESTADO

PROFESOR

FERNANDO GOMEZ

1º AÑO

TRABAJO PRACTICO Nº 1

“ESTADO”

GRUPO DE TRABAJO

BEDOYA, MARIELA

SOSA, MARIA INES

ALVARADO, LUIS MIGUEL

GUEVARA, WALTER

RORH, LEANDRO

VERA, OSCAR

2006

ESTADO PODER Y GOBIERNO

LAS DISCIPLINAS HISTORICAS

Para el estudio del Estado las dos fuentes principales son la historia de las instituciones políticas y la historia de las doctrinas políticas.

No hay duda de la importancia de la obra política de Aristóteles para el estudio de las instituciones políticas de las ciudades griegas, o el libro VI de la historia del Polibio para el estudio de la constitución de la republica romana.

Por lo demás, si el estudio de las obras de Aristóteles o de las historias de Polibio es importante para conocer el ordenamiento de las ciudades griegas y de la republica romana, se necesitan otras fuentes, literarias y no literarias. La historia de las instituciones se desarrolla después que la historia de las doctrinas.

Hobbes con el Estado absoluto, Locke con la monarquía constitucional, etcétera. La primera fuente para un estudioautónomo de las instituciones frente a las doctrinas esta constituida por los historiadores: comentando a Tito Livio, Maquiavelo reconstruye la historia y el ordenamiento de las instituciones de la republica romana; Vico, para reconstruir la historia civil. Posterior al estudio de la historia viene el estudio de las leyes que regulan las relaciones entre gobernantes y gobernados, el conjunto de las normas que constituyen al derecho publico.

Hoy la historia de las instituciones no solo se ha emancipado de la historia de las doctrinas sino se ha ampliado el estudiode los ordenamientos civiles mucho mas allá de las formas jurídicas que les han dado forma, y orienta sus investigaciones hacia el análisis del funcionamiento concreto en un determinado periodo histórico, de un instituto especifico a través de los documentos escritos, los testimonios de los actores, el juicio de los contemporáneos, avanzando del estudio de un instituto fundamental.

FILOSOFIA POLÍTICA Y CIENCIA POLITICA

El estado es estudiado en sí mismo, en sus estructuras, funciones, elementos constitutivos, mecanismo, órganos, etcétera.

En la filosofía política “ciencia política” una investigación en el campo de la vida política estas tres condiciones: a) el principio de verificación o de falsificación como criterio de aceptabilidad de sus resultados; b) el uso de técnicas de la razón que permitan dar una explicación causal en sentido.

Con transformación del puro estado del derecho en estado social, las teorías meramente jurídica del estado, condenadas como formalistas y a tomado fuerza los estudios de sociología política.

LA TEORÍA MARXISTA Y LA TEORÍA FUNCIONALISTA.

Entre las dos teorías existen diferencias respecto a la concepción de la ciencia en Gral. Como en referencia al método; pero la diferencia fundamental radica en la ubicación del Estado en el sistema social considerado en su conjunto la concepción marxista de la sociedad distingue en toda sociedad histórica. Las instituciones políticas, en una palabra del estado, pertenecen al segundo momento. El momento subyacente que comprende las relaciones económicas caracterizadas en toda época por una determinada forma de producción, es el momento determinante, al contrario, la concepción funcionalista (que proviene de Parsons) concibe el sistema global en su conjunto dividido en cuatro subsistemas (patter-maintenance, goal-attainment, adaptation, integrarion).

Al subsistema político corresponde la función del goal-attainment.

Es verdad que también en la concepción marxista la relación entre la base económica y superestructura.

En la teoría funcionalista no existe diferencia de niveles entre las diversas funciones de

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