La norma - Ensayo
nicelitaDocumentos de Investigación17 de Septiembre de 2018
3.104 Palabras (13 Páginas)151 Visitas
LA NORMA
- ETIMOLOGIA
Norma viene de su similar en latín que significa escuadra y por extensión, regla o modelo.
- SIGNIFICADO
Regla que se debe seguir o a la que se debe ajustar las conductas, valores y/o actividades, nos habla de lo que debería ser.
PRETENCION DE – DIRIGIR – REGULAR- MODULAR- LA CONDUCTA LIBRE DEL DER HUMANO
- Comportamiento: normas de trato social y las morales.
- Presente Jurídico: Las Normas Jurídicas.
- NORMAS MORALES
La moral: es el conjunto de costumbres y normas que se consideran buenas para dirigir o cuidar el comportamiento de las personas en una comunidad.
Las normas morales son aquellas por las que se rige la conducta de un ser humano en su relación de interacción con la sociedad. Tienen la capacidad de castigo, la denominada sanción moral es la desaprobación de la conducta por el grupo social al que corresponde.
Existen:
- Normas Morales personales, individualmente para si mismo
- Normas Morales sociales, dentro de un grupo social
- Normas Morales de sistemas filosóficos y religioso
Características:
- Autónoma, porque la crea uno mismo
- Unilaterales, al querer propio
- Interiores, hacia un querer interno
- Incoercible, no hay uso de la fuerza legal y legítimo del estado para lograr su cumplimiento.
Como las rigen: Imponen conductas pero no son externas al sujeto, como sino autónomas dada por la propia conciencia de cada uno de los individuos.
Función: es desarrollar un control de comportamiento social para impedir una posible desviación de los individuos.
- NORMAS DE TRATO SOCIAL
Las normas de Trato Social son un conjunto de reglas que deben seguir las personas de una sociedad para tener una mejor convivencia, es decir reglas que una persona debe obedecer para llevarse bien con las personas que están a su alrededor, para tener una relación armónica con la sociedad; entonces las Normas de Trato Social están determinadas de acuerdo a la sociedad donde éstas se desarrollan, es decir influirá la situación cultural, política, económica, religiosa de cada sociedad.
Las normas de Trato Social reciben varias denominaciones como por ejemplo:
“Convencionalismos Sociales“ “Usos sociales“ “Reglas de Trato Exterior“ “Reglas de trato social”
SUS CARACTERISTICAS SON:
- Externas: Ya que estás normas son en específico para el trato exteriorizado sin que prime como importante la intención interna de quién las cumpla o las viole.
- Heterónomas: Ya que hay sujeción al querer ajeno que en este caso sería la sociedad.
- Bilaterales: Ya que habrá una persona o personas que exijan su cumplimiento.
- Incoercibles: Ya que no se puede usar la fuerza legal y legítimamente organizada del Estado, para lograr su cumplimiento.
En general podemos decir que las Normas del Trato Social son creadas por la sociedad y que generalmente se basan en costumbres y creencias de cada grupo.
- NORMAS JURÍDICAS
La norma jurídica es una regla de conducta que busca ordenar el comportamiento humano. Es impuesta por una autoridad competente y de no ser cumplida, el Estado castiga al individuo con sanciones que se encuentran avaladas por leyes o reglamentos, teniendo como fin la justicia, el orden social y el cumplimiento por igual por parte de todos los individuos implicados.
A través de las normas jurídicas se imponen deberes a cumplir por las personas y también se confieren derechos que éstas pueden reclamar; además deben ser obedecidas sin importar si el sujeto las conoce o no.
Las normas jurídicas no son creadas por el individuo que se somete ante las mismas, sino que es la autoridad facultada quien lo hace o quien la impone. Este tipo de normas son exigibles mediante una sanción y pueden ser impuestas por medio de la fuerza pública, independientemente de la voluntad de los individuos.
CARACTERÍSTICAS:
- Heterónomas: es decir que son impuestas por otro. El Estado a través de la asamblea legislativa quien las crea
- Bilaterales: existe el individuo que debe cumplir la norma impuesta y otro con la facultad de hacerla cumplir.
- Externas: es decir, que más allá de que el individuo esté o no de acuerdo con la norma, debe cumplirla.
- Coercibles: se puede exigir el cumplimiento de la norma por parte del sujeto, mediante la posibilidad de castigar o sancionar a quien no la cumple. Usa la fuerza legal y legítimamente organizada del Estado, para lograr su cumplimiento.
FUNCIONES
- Función Motivadora:
La norma trata de motivar para que se abstengan de violar las condiciones de convivencias y en especial, de dañar ciertos bienes jurídicos. Por ello la sanción atiende a la prevención especial.
- Función Protectora:
La norma trata de proteger las condiciones de convivencia y en especial ciertos bienes jurídicos. Por ello la sanción atiende a la prevención general
APLICACIÓN de las normas jurídicas de derecho pueden ser por:
- Aplicación Privada:
Emana de los particulares y su finalidad es de simple conocimiento
- Aplicación mediante Órganos del Estado:
Jueces y tribunales tienen por finalidad determinar consecuencias jurídicas que derivan de la realización del supuesto jurídico e individualizar a la persona que va dirigida.
En tanto la norma jurídica, que se encarga de orientar los comportamientos humanos, siendo ésta por tanto, su principal función, comportamientos que prohíben o en ocasiones ordenan y permiten, porque en las mismas se recoge el establecimiento de una sanción para aquellos casos en que se realicen estas conductas estando prohibidas.
INDICADORES DE LAS NORMAS
- VALORES
Son los ideales que una comunidad decide constituir como máximos objetivos a desarrollar por el ordenamiento jurídico y expresarlos en su estructura social, económica-financiera y político, es decir, son los fines a los que pretende llegar. Por ello determinan el sentido y finalidad de las normas y disposiciones legales que conforman el ordenamiento jurídico del Estado.
El Estado Plurinacional de Bolivia se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien. Art: 8 II
- PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Los principios fundamentales, según Robert Alexy “Son mandatos de optimización, es decir normas que ordenan que algo sea realizado en la mayor medida posible, dentro de las posibilidades jurídicas y reales existentes”.
Son la base del ordenamiento jurídico, y a la vez presiden su interpretación y aplicación. Se caracterizan porque pueden cumplirse en diferente grado.
CARACTERÍSTICAS
Consiguientemente, los principios fundamentales deben ser considerados como las directrices y mandatos dirigidos, primero, al legislador, para que sean tomados en cuenta en la elaboración de las leyes y, segundo, al poder ejecutivo y judicial, para que sean considerados en la aplicación e interpretación de esas normas.
Los principios fundamentales por su carácter indeterminado, no son un todo o nada, se cumplen como mandatos de optimización a ser concretizados de la mejor manera posible.
FUNCION
- Función Fundamentadora: del ordenamiento jurídico.- porque se convierten en informador todo el sistema jurídico político, son la base sobre las que se asienta el resto de las leyes y normas que rigen una sociedad. Ej. Principio de supremacía constitucional, principio de igualdad, principio democrático, etc.
- Función Orientadora: porque conduce hacia fines predeterminados. Ej. Principios descolonización, despatriarcalización. Al ser orientadores hacen ilegítimas las normas que persiguen fines distintos.
- Función Crítica: pues sirve de parámetro para la valoración de conductas, posibilitando el control jurisdiccional de las restantes normas del ordenamiento jurídico para determinar si están conformes o infringen los valores constitucionales (Antonio Enrique Pérez Luño).
La diferencia entre los valores supremos y los principios radica en que éstos se constituyen en mandatos, prohibiciones, permisos y derechos, que ingresan al ámbito del deber ser; en tanto que los valores orientas sobre la elección axiológica efectuada por el constituyente.
- DERECHO
- DERECHOS HUMANOS
Son aquellas exigencias que brotan de la propia condición natural del hombre Son atributos y facultades que, por naturaleza tenemos todas las personas, ya sean hombres, mujeres, niños, niñas, jóvenes, ancianos, etc. para poder vivir dignamente. Los derechos humanos se originan de la persona misma, aun cuando está dentro del vientre. Estos derechos nos pertenecen y nadie nos los puede quitar o negar.
...