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Ley General De La Educacion

pitolo13 de Septiembre de 2013

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Ley general de educacion — Document Transcript

• 1. Ley General de Educación LEY GENERAL DE EDUCACIONULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION: 12 DE JUNIO DE 2000.Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el martes 13 de julio de 1993.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantessabed:Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO"EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: LEY GENERAL DE EDUCACION CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1o.- Esta Ley regula la educación que imparten el Estado -Federación, entidades federativas ymunicipios-, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validezoficial de estudios. Es de observancia general en toda la República y las disposiciones que contiene son de ordenpúblico e interés social. La función social educativa de las universidades y demás instituciones de educación superior a que se refiere lafracción VII del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se regulará por las leyes querigen a dichas instituciones. ARTICULO 2o.- Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienenlas mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establezcanlas disposiciones generales aplicables. La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente quecontribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisiciónde conocimientos y para formar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social.En el proceso educativo deberá asegurarse la participación activa del educando, estimulando su iniciativa y su sentidode responsabilidad social, para alcanzar los fines a que se refiere el artículo 7o. ARTICULO 3o.- El Estado está obligado a prestar servicios educativos para que toda la población pueda cursar laeducación preescolar, la primaria y la secundaria. Estos servicios se prestarán en el marco del federalismo y laconcurrencia previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme a la distribución de lafunción social educativa establecida en la presente Ley. 1

• 2. Ley General de EducaciónARTICULO 4o.- Todos los habitantes del país deben cursar la educación primaria y la secundaria. Es obligación de los mexicanos hacer que sus hijos o pupilos menores de edad cursen la educación primaria y lasecundaria. ARTICULO 5o.- La educación que el Estado imparta será laica y, por lo tanto, se mantendrá por completo ajena acualquier doctrina religiosa. ARTICULO 6o.- La educación que el Estado imparta será gratuita. Las donaciones destinadas a dicha educación enningún caso se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo. ARTICULO 7o.- La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares conautorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en elsegundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:I.- Contribuir al desarrollo integral del individuo, para que ejerza plenamente sus capacidades humanas; II.- Favorecer el desarrollo de facultades para adquirir conocimientos, así como la capacidad de observación, análisisy reflexión críticos; III.- Fortalecer la conciencia de la nacionalidad y de la soberanía, el aprecio por la historia, los símbolos patrios y lasinstituciones nacionales, así como la valoración de las tradiciones y particularidades culturales de las diversas regionesdel país; IV.- Promover, mediante la enseñanza de la lengua nacional -el español-, un idioma común para todos los mexicanos,sin menoscabo de proteger y promover el desarrollo de las lenguas indígenas; V.- Infundir el conocimiento y la práctica de la democracia como la forma de gobierno y convivencia que permite atodos participar en la toma de decisiones al mejoramiento de la sociedad; VI.- Promover el valor de la justicia, de la observancia de la Ley y de la igualdad de los individuos ante ésta, así comopropiciar el conocimiento de los Derechos Humanos y el respeto a los mismos;VII.- Fomentar actitudes que estimulen la investigación y la innovación científicas y tecnológicas; VIII.- Impulsar la creación artística y propiciar la adquisición, el enriquecimiento y la difusión de los bienes y valores dela cultura universal, en especial de aquéllos que constituyen el patrimonio cultural de la Nación;IX.- Estimular la educación física y la práctica del deporte; X.- Desarrollar actitudes solidarias en los individuos, para crear conciencia sobre la preservación de la salud, laplaneación familiar y la paternidad responsable, sin menoscabo de la libertad y del respeto absoluto a la dignidadhumana, así como propiciar el rechazo a los vicios;XI.- Hacer conciencia de la necesidad de un aprovechamiento racional de los recursos naturales y de la protección delambiente, yXII.- Fomentar actitudes solidarias y positivas hacia el trabajo, el ahorro y el bienestar general. 2

• 3. Ley General de Educación ARTICULO 8o.- El criterio que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan-así como toda la educación primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educaciónbásica que los particulares impartan-, se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia ysus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios. Además: I.- Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político,sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo; II.- Será nacional, en cuanto -sin hostilidades ni exclusivismos - atenderá a la comprensión de nuestros problemas, alaprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestraindependencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura, y III.- Contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en eleducando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interésgeneral de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad dederechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos. ARTICULO 9o.- Además de impartir la educación preescolar, la primaria y la secundaria, el Estado promoverá yatenderá -directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, porcualquier otro medio- todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, necesarios para eldesarrollo de la Nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de lacultura nacional y universal. ARTICULO 10.- La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares conautorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, es un servicio público.Constituyen el sistema educativo nacional:I.- Los educandos y educadores;II.- Las autoridades educativas;III.- Los planes, programas, métodos y materiales educativos;IV.- Las instituciones educativas del Estado y de sus organismos descentralizados;V.- Las instituciones de los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, yVI.- Las instituciones de educación superior a las que la ley otorga autonomía. Las instituciones del sistema educativo nacional impartirán educación de manera que permita al educandoincorporarse a la sociedad y, en su oportunidad, desarrollar una actividad productiva y que permita, asimismo, altrabajador estudiar. ARTICULO 11.- La aplicación y la vigilancia del cumplimiento de esta Ley corresponden a las autoridades educativasde la Federación, de las entidades federativas y de los municipios, en los términos que la propia Ley establece.Para efectos de la presente Ley, se entenderá por: I.- Autoridad educativa federal, o Secretaria, a la Secretaria de Educación Pública de la Administración PúblicaFederal; 3

• 4. Ley General de Educación II.- Autoridad educativa local al ejecutivo de cada uno de los estados de la Federación, así como a las entidades que,en su caso, establezcan para el ejercicio de la función social educativa, yIII.- Autoridad educativa municipal al ayuntamiento de cada municipio. CAPITULO II DEL FEDERALISMO EDUCATIVO Sección 1.- De la distribución de la función social educativaARTICULO 12.- Corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones siguientes: I.- Determinar para toda la República los planes y programas de estudio para la educación primaria, la secundaria, lanormal y demás para la formación de maestros de educación básica, a cuyo efecto se considerará la opinión de lasautoridades educativas locales y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, en los términos delartículo 48; II.- Establecer el calendario escolar aplicable en toda la República para cada ciclo lectivo de la educación primaria, lasecundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica; III.- Elaborar y mantener actualizados los libros de texto gratuitos, mediante procedimientos que permitan laparticipación de los diversos sectores sociales involucrados

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