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MODULO DERECHO PROCESAL CIVIL


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2017  •  Resúmenes  •  6.865 Palabras (28 Páginas)  •  179 Visitas

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DERECHO PROCESAL CIVIL

  1. ACTIVIDADES PROCESALES

ACTOS PROCESALES DE LAS PARTES

  • Objeto:

Los actos procesales de las partes tienen por objeto la constitución, modificación o extinción de derechos y cargas procesales.

  • Demanda.

Es el acto Procesal de Parte mas importante, la cual constituye uno de los actos procesales fundamentales, a través de la cual el proponente no sólo acciona para hacer valer su derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, sino que además plantea en ella su pretensión procesal, con cuya admisión se va a generar el proceso y consecuentemente una relación jurídica procesal entre el actor y el demandado.

LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN

son las siguientes:

  1. Legitimidad para Obrar, la persona sea parte de la relación jurídica sustantiva y a quien favorece la ley.
  2. Interés para Obrar, si ante una situación de hecho –violación, inseguridad o amenaza- se tiene la necesidad de recurrir al Poder Judicial en salvaguarda de sus derechos y, que no haya otra vía para terminar con tal situación.
  3. Voluntad de la Ley, que la pretensión del actor no este prohibida por ley
  • Los PRESUPUESTOS PROCESALES son:
  1. Los requisitos de la demanda
  2. La capacidad de las partes
  3. La Competencia del Juez
  4. Que el derecho no haya caducado

Cabe precisar, que nuestro ordenamiento jurídico exige los siguientes Artículo  424.-

La demanda se presenta por escrito y contendrá:

  1. La designación del Juez ante quien se interpone;
  2. El nombre, datos de identidad, dirección domiciliaria y domicilio procesal del demandante;
  3. El nombre y dirección domiciliaria del         representante o apoderado del demandante, si no puede comparecer o no comparece por  sí mismo;
  4. El nombre y dirección domiciliaria del demandado. Si se ignora esta         última, se expresará esta circunstancia bajo juramento que se entenderá  prestado con la presentación de la demanda;
  5. El petitorio, que comprende la determinación clara y concreta de lo         que se pide;
  6. Los hechos en que se funde el petitorio, expuestos enumeradamente         en forma precisa, con orden y claridad;
  7.  La fundamentación jurídica del petitorio;
  8. El monto del petitorio, salvo que no pudiera establecerse;
  9. La indicación de la vía procedimental que corresponde a la demanda;
  10. Los medios probatorios; y
  11. La firma del demandante o de su representante o de su apoderado, y la  del Abogado. El Secretario respectivo  certificará la huella digital del  demandante analfabeto.

La inobservancia de los Presupuestos Procesales y Condiciones de la Acción es sancionada con la INADMISIBILIDAD o IMPROCEDENCIA de la demanda, conforme lo establece los artículos 426° y 427° del Código Procesal Civil, cuyo tenor reza como sigue:  

  • Inadmisibilidad de la demanda.- Artículo  426.-

El Juez declarará inadmisible la demanda cuando:

  1. No tenga los requisitos legales;
  2. No se acompañen los anexos exigidos por ley;
  3. El petitorio sea incompleto o impreciso; o
  4. La vía procedimental propuesta no corresponda a la naturaleza del petitorio o al valor de éste, salvo que la ley permita su adaptación.

Improcedencia de la demanda.- Artículo  427.-

  • El Juez declarará improcedente la demanda cuando:
  1. El demandante carezca evidentemente de legitimidad para obrar;
  2. El demandante carezca manifiestamente de interés para obrar;
  3. Advierta la caducidad del derecho;
  4. Carezca de competencia;
  5. No exista conexión lógica entre los hechos y el petitorio;
  6. El petitorio fuese jurídica o físicamente imposible; o
  7. Contenga una indebida acumulación de pretensiones.

  1. DE LAS DEFENSAS PREVIAS Y LAS EXCEPCIONES COMO EJERCICIO DEL DERECHO DE DEFENSA

  • DE LAS DEFENSAS PREVIAS

Las defensas previas o llamadas también temporales, son instrumentos procesales a través de los cuales el demandado solicita la suspensión del proceso iniciado, en tanto el accionante no efectúe aquello que el derecho sustantivo dispone como actividad preliminar a la interposición de la demanda

a)        Beneficio de Inventario

Consiste en el derecho del heredero de oponer al acreedor del causante el previo inventario de los bienes dejados por este a fin de responder hasta donde estos alcancen.

b)        Beneficio de Excusión

Consiste en el derecho que detenta el Fiador, a que se suspenda el proceso que se le sigue para el cobro de la deuda garantizada, en tanto previamente no se haya agotado con la realización de todos los bienes del deudor principal.

  • EXCEPCIONES

Es el medio a través del cual el demandado denuncia la existencia de una relación procesal inválida, sea por que se ha omitido o se ha presentado defectuosamente un presupuesto procesal o una condición de la acción.

  • EXCEPCIONES

CLASES

a)         Perentorias

Son aquellas que tienden a excluir la existencia del derecho de acción o anular su ejercicio

Entre las excepciones Perentorias que regula nuestro ordenamiento jurídico tenemos         

a.1.        Excepción de Incompetencia:  La misma que procede cuando se formula la demanda ante un órgano incompetente por razón de la materia, jerarquía, cuantía o territorio.

a.2.        Excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa. Se cuestiona la ausencia de interés para obrar.

a.3.        Excepción de Falta de Legitimidad para Obrar del Demandante Se cuestiona la falta de identidad del demandante con la relación jurídica material.

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