Medios Diplomaticos
chejas21 de Mayo de 2013
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MEDIOS PACIFICOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS
INTRODUCCION
La solución pacifica de las controversias es el principio de derecho internacional que obliga a los países a buscar una solución a sus controversias, mediante mecanismos de arreglo pacífico, de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz, y la seguridad internacionales ni la justicia.” Así lo señalan los artículos 2 y 33 de la carta de las organizaciones unidas. Es sin duda, uno de los principios fundamentales que los países deben observar de acuerdo con los principios y objetivos de la organización de las naciones unidas.
Así mismo “la declaración sobre los principios del derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación unida entre los estados de conformidad con la carta de las naciones unidas “es su segundo principio, reitera que los países unidos deben procurar llegar a un arreglo pronto y justo de sus controversias internacionales y señalen los principios para llevarlos acabo.
Primero las partes en una controversia deben convenir valerse de los medios pacíficos que resulten adecuados a las circunstancias y a la naturaleza de la controversia. Además, si en una controversia los países no llegan a una solución por los medios pacíficos mencionados, deben seguir tratando de arreglar la controversia por otros medios pacíficos acordados por ellos, así como los demás países se abstendrán de toda medida que pueda agravar la situación al punto la situación al punto de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional.
Por último, el arreglo de las controversias internacionales se deberá basar en la igualdad soberana de los países y se hará conforme el principio de libre elección de los medios.
Esta resolución hace extensivo este principio a todos aquellos estados que no son miembros de la ONU, pero que como parte de la comunidad internacional, deben de abstenerse de utilizar la fuerza armada para resolver sus conflictos.
“La proclamación de la obligación de arreglar por medios exclusivamente pacíficos
las controversias va inexorablemente unida a otra meta: la de la jurisdicción obligatoria, consistente básicamente en que los estados acepten de antemano la sumisión de sus controversias a un procedimiento arbitral o judicial incoable unilateralmente, a menos que común de acuerdo opten por otros medios de arreglo.”
Antonio Remiro Brotóns.
3.1. MEDIOS DIPLOMATICOS
Los medios diplomáticos para resolver los conflictos son: la negociación, los buenos oficios, la mediación, la encuesta o investigación y la conciliación.
3.1.1. LA NEGOCIACION COMO SOLUCION
Este tipo de solución solo es necesario tener un dialogo entre las partes en la cual se traten los puntos de discusión y se llegue a un acuerdo mutuo, trasladándolo a la vida cotidiana es como pedir permiso para salir, y tener que realizar algún tipo de actividad extra para poder obtener este permiso.
Cuando surge un conflicto entre dos estados, normalmente estos Tratan de resolverlo mediante la negociación diplomática directa, antes de recurrir a los otros medios de solución pacifica, consiste efectuar conversaciones diplomáticas que tienen como finalidad solucionar un conflicto internacional; se entablan entre las partes en conflicto por medio de sus órganos diplomáticos. Cuando el conflicto afecta a varias partes, lo frecuente es convocar, previo acuerdo mutuo, a una conferencia internacional.
En cuanto a la forma de las negociaciones, no existe procedimiento especial propio, muchas veces este procedimiento de negociación directa entre las partes interesadas es el recurso previo antes de recurrir a otro procedimiento.
LA NEGOCIACION
Cuando surge un conflicto entre dos estados, normalmente estos tratan de resolverlos mediante negociaciones diplomáticas directas, antes de recurrir a los otros medios de solución pacifica de conflictos.
Tales negociaciones diplomáticas se llevan a cabo utilizando los canales que les ofrecen los agentes diplomáticos respectivos, o a través de conversaciones entre los ministros de asuntos exteriores.
Aunque no es el sistema más seguido, nada se opone a que el asunto objeto del conflicto sea examinado por los jefes de estado.
Últimamente y como consecuencia del desarrollo que ha tomado la práctica de intercambio de correspondencia entre los jefes del estado o los jefes del gobierno, muy a menudo se trata en dicha correspondencia acerca de los problemas que puedan existir entre los estados, y si no siempre, o raras veces se llegara a una solución, frecuentemente se allana el camino para que en conversaciones a más bajo nivel se pueda llegar a un terreno de entendimiento.
Si son varios estados interesados en la controversia internacional es recomendable la negociación se emprenda en una conferencia o congreso expresamente convocados para la solución del problema.
Se juzga que la negociación es u medio al que debe acudirse antes de emprender otras formulas pacificas de solución de conflictos internacionales.
No obstante, es aconsejable que, antes de acudir a ella se haga una investigación o averiguación minuciosa que atienda a establecer los hechos y a detallar los derechos.
La negociación está prevista en la carta de las naciones unidas como uno de los medios de solución pacífica de controversias:
ARTICULO 33
“I. Las partes en una controversia cuya continuación sea susceptible de poner en peligró el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales trataran de buscarle solución, ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección.
“2. El consejo de seguridad, si lo estimare necesario, instara a las partes a que arreglen sus controversias por dichos medios”
EJEMPLO
México plantea un acuerdo permanente y satisfactorio que dé certidumbre a los transportistas mexicanos
El comercio diario de mercancías entre ambos países es de alrededor de mil millones dólares y 70 por ciento de éste se realiza por vía terrestre.
México recibió una comunicación oficial del Gobierno de Estados Unidos para iniciar los trabajos que permitan encontrar una solución a la controversia bilateral sobre el autotransporte de carga transfronterizo pactado en el marco del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
El embajador Ron Kirk, Representante Comercial de Estados Unidos y el Secretario del Departamento de Transporte de ese país, RayLaHood, se comunicaron vía telefónica con sus contrapartes en México, Bruno Ferrari, Secretario de Economía y Juan Molinar Horcasitas, Secretario de Comunicaciones y Transporte, para informar la decisión del gobierno estadounidense.
La propuesta presentada al gobierno mexicano está basada principalmente en definir conceptos generales o de reflexión que será la base fundamental para iniciar el diálogo con funcionarios estadounidenses que viajarán a México próximamente.
El Gobierno de México le da la bienvenida a este primer paso que ha dado la Administración del Presidente Barack Obama y en cumplimiento al compromiso de apertura acordado hace 17 años en el TLCAN.
México estudiará con cuidado la propuesta de Estados Unidos y reitera su mejor disposición para resolver en definitiva esta controversia. Manifiesta, asimismo, su gran interés por que se concrete lo antes posible un sistema de transporte transfronterizo ágil, eficiente y que abarque todo el territorio estadounidense.
Nuestro país buscará una solución permanente y satisfactoria que proporcione certidumbre y condiciones necesarias para que los transportistas mexicanos puedan participar competitivamente.
3.1.2. LOS BUENOS OFICIOS Y LA MEDIACION
Es cuando un tercero interviene para calmar los ánimos entre las partes en conflicto es como cuando tenemos una discusión con nuestra pareja y un amigo en común nos trata de poner de acuerdo para que solucionemos nuestra problemática.
Es la intervención amistosa de una tercera potencia, por propia iniciativa o a petición de una de las dos partes, para ayudarlas a encontrar una solución al conflicto, no debe entenderse los buenos oficios y la mediación constituyen actos de intervención en los asuntos internos de los estados sino, considerarse como actos amistosos, según lo especifica la convención de la haya para la solución pacifica de los conflictos internacionales, cualquier estado puede ofrecer sus buenos oficios o su mediación si a si lo desea y también cualquiera de los estados puede negarse a intervenir, también uno o ambos estado en conflicto pueden negarse a aceptar los buenos oficios o la mediación del tercer estado.
La diferencia entre buenos oficios y la mediación es que en los buenos oficios este se limita a buscar una aproximación entre los estados, trata de facilitar la negociación directa sin intervenir en ella.
La mediación en cambio el estado interviene de moda mas activo y no solo propone una solución al problema sino que participa en las discusiones entre las partes para tratar que su propuesta sea aceptada.
BUENOS OFICIOS
En la presentación de buenos oficios, un tercero
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