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Misión Del Ministerio Del Poder Popular Para Relaciones Exteriores

germaingre29 de Octubre de 2012

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Misión del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores

De acuerdo a los establecido por la Constitución y las Leyes de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores tiene como misión planificar, formular y ejecutar, bajo la conducción directa del Presidente de la República, la política internacional del Estado y la Nación venezolana, a través de la coordinación y armonización de las acciones de los diversos órganos del Estado, en lo que concierne a las relaciones internacionales, a objeto de propiciar una posición estratégica, consecuente con la defensa del Interés Nacional.

Misión visión y objetivos y valores de la empresa

Empresa “Las Flores”

Misión

Asegurar dentro de un marco de competencia, un excelente servicio de lavado y blanqueado de ropa en condiciones de limpieza, calidad y buen precio a todos nuestros clientes con una amplia gama de servicios con la que cuenta la empresa.

Optimizar los recursos generales con los que cuenta la empresa así como en su infraestructura física, comercial y en especial el recursos humano con el que la empresa disponga.

Proporcionar una atención de excelencia a nuestros clientes así mismo, brindar la mejor calidad posible con la que estamos comprometidos orientados principalmente al blanqueador de ropa proporcione limpieza, y un fresco olor a flores.

La misión Les Fleurs es trabajar con las administraciones locales, organizaciones no gubernamentales para la conservación de las tierras biológicamente más importantes y amenazadas del mundo.

Visión de la empresa

Ser el proceso sustantivo por el que nuestros clientes nos califica de excelentes, con un servicio y calidad que supone las expectativas así como las normas y políticas que se encuentren dentro de las mejores empresas a nivel local, bajo un modelo de dirección por calidad, sustentando en el liderazgo de sus directivos, la cultura de sus servicios y los valores de uso personal.

Objetivos:

1. Ofrecer el servicio de lavado de uniformes diario, a sus trabajadores, con un costo mínimo en tiempo y forma adecuada para ellos, siendo una prestación más por parte de la empresa para el beneficio de sus trabajadores.

2. Seguir las normas de seguridad e higiene, utilizando productos biodegradables para cuidar el ecosistema.

3. Ofrecer a la empresa muestras gratis a nuestros trabajadores, para que sea blanqueado “Las Flores” el responsable de la calidad del servicio y del mantenimiento del prestigio de la marca.

4. Contar con personal técnico especializado en procesos químicos de lavado y blanqueado de ropa.

5. Limpieza, calidad y frescura floral de ropa y garantizada.

6. Lograr que nuestros trabajadores cuenten con una retribución justa brindando cursos de capacitación a nuestros empleados en los que se incluirán: utilidades, bonos vacacionales, comisiones, convenciones colectivas, etc.

Valores

Para LES FLEURS., es de vital importancia contar con un personal con unos valores tales como:

•Cumplimiento del deber.

• Honestidad: nos comprometemos a pagar todas nuestras deudas.

Responsabilidad: Haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos.

Integridad: Ya que nosotros como empresa ,debemos de exigir, a los demás y a nosotros mismos, las más altas normas de integridad individual y corporativa. Salvaguardamos los activos de la empresa. Cumplimos con todas las políticas y leyes de la empresa.

Seguridad en el Lugar de Trabajo: Nuestra empresa garantiza seguridad en el lugar de trabajo es prioridad y es uno de los mayores beneficios que podemos ofrecer a nuestros empleados y sus familias. Es que todos los accidentes pueden ser prevenidos. Esta comprometido en asegurar un ambiente seguro para todos los empleados y otras personas en las premisas de la compañía y todos somos responsables de mantener un lugar seguro de trabajo, siguiendo las reglas y prácticas de seguridad e higiene.

ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS SOCIALES DE UNA COMPAÑIA S.R.L.

En el día de hoy, 17 de junio de 2012, se reunieron en la ciudad de Caracas los señores Alexandra Escobar C.I 25.561428, Wilwer Briceño C.I. 25.624.773 , Jesús Ortiz C.I. 26.228.539 y Germain Rivas 25.866.393, con el objeto de constituir una compañía de responsabilidad limitada, como en efecto la constituyen en virtud de este documento y, la cual se regirá por las disposiciones contenidas en los Artículos que en se­guida se determinan, redactados con suficiente amplitud para que sir­van a la vez de Acta Constitutiva y Estatutos Sociales.

TUTULO I

DENOMINACION, DOMICILIO, OBJETO Y DURACION

ARTICULO PRIMERO: La sociedad se denominará “Les Fleurs”, su domicilio es la ciudad de Caracas pudiendo establecer sucursales, agencias, represen­taciones u oficinas en cualquier otro lugar del país o en el extranjero, cuando así lo decida la Junta Directiva.

ARTICULO SEGUNDO: La Compañía tendrá como principal objeto el siguiente: “venta de productos de lavado y planchado de ropa ”, etc.), y en general podrá dedicarse a toda actividad o negocio lícito, ya que la enumeración descrita o no limitativa de su objeto social.

ARTICULO TERCERO: La sociedad comenzará su giro o ejercicio al cumplirse con las formalidades legales de su inscripción en el Registro de Comercio y tendrá una duración de 20 años, contados a partir de esa fecha, pudiendo a su vencimiento prorrogarse por un lapso igual, superior o inferior, si así resolviere la Asamblea General de Socios.

T1TULO II

CUOTAS SOCIALES Y CAPITAL

ARTICULO CUARTO: El capital de la Compañía es de 20.000 Bolívares Fuertes (Bs,F ) Representado por 20 cuotas sociales de 1.000 bolí­vares (Bs.F ) cada una. Este capital social ha sido suscrito y pagado en su totalidad.

ARTICULO QUINTO: Cada cuota de participación concede a su propietario iguales derechos y obligaciones y da derecho a un voto en las deliberaciones de las Asambleas.

TITULO III

DE LAS ASAMBLEAS

ARTICULO SEXTO: La máxima autoridad y dirección de la sociedad está en manos de la Asamblea General de Socios, legalmente constituida, en forma ordinaria o extraordinaria. Sus decisiones acordadas respetando los límites y facultades legales y estatutarias, son obligatorias para todos los socios, inclusive para los que no hubieren asistido a ella, quedando a éstos los derechos y recursos legales pertinentes.

ARTíCULO SÉPTIMO: La Asamblea Ordinaria de Socios se reunirá cada año dentro de los dos(2) meses siguientes al cierre del ejercicio económico y la Asamblea Extraordinaria se reunirá cuando los intereses de la Compa­ñía así lo requieran, teniendo que ser convocada por la Junta Directiva a solicitud del Comisario de la Sociedad o de un número de socios que represente no menos del veinte por ciento (20 0/o) del capital so­cial. Ambas Asambleas, se reunirán, previa convocatoria por la prensa con cinco (5) días de anticipación por lo menos, a la fecha fijada para la reunión, no obstante será válida la Asamblea que se haya reunido sin convocatoria previa, siempre que en ella se encontrare representada la totalidad del capital social. Los socios podrán hacerse representar en la Asamblea por Apoderados constituidos por documento autenti­cado, por telegrama o cablegrama.

ARTICULO OCTAVO: La Asamblea de Socios, Ordinaria o Extraordinaria, se considerarán válidamente constituidas para deliberar, cuando estén representadas en ella, por lo menos el por ciento (75 0/o) de las cuotas que componen el capital social y sus decisiones se considerarán válidamente adoptadas, cuando fueren aprobadas por un número de votos que represente por lo menos el 51 por ciento (0,51%) del capital social. Cuando a pesar de la convocatoria no concurra a la Asamblea un número de socios que represente por lo menos la proporción antes señalada, se proce­derá conforme a las Normas del Código de Comercio que rigen esta ma­teria. No obstante, ni aún en segunda Convocatoria, podrá instalarse válidamente la Asamblea, si en ella no está representada por lo menos el 60 por ciento (0,60 0/o) del capital social, requiriéndose para la validez de sus decisiones la aprobación de un número de votos que re­presente el por ciento (0,51%) del capital social. La representación

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