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MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE

tbg24Tesis20 de Marzo de 2013

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MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE

El Ministerio del Ambiente fue creado en diciembre de 1976 e inicia sus actividades el 01 de abril de 1977.

Surge como una organización fundamental para el país a través de un desarrollo ambiental armónico, equilibrado y sustentable, que garantice un continuo mejoramiento de la calidad de vida a las generaciones presentes y futuras...

Hoy a los 35 años de su existencia, el Ministerio del Ambiente se adecúa a las exigencias de las políticas económicas y sociales del Estado Venezolano, conformando una estructura organizacional capaz de dar cumplimiento a los postulados establecidos en nuestra Constitución Bolivariana y las leyes.

Misión

Garantizar una mejor calidad de vida, mediante una gestión ambiental transversal, rectora, ejecutora y normativa, del uso y conservación de los recursos naturales promoviendo la participación de la sociedad para lograr el desarrollo sostenible.

Visión

Órgano de la administración pública nacional, rector de la política ambiental, de los altos niveles de excelencia, plenamente integrado en las diversas instancias decisorias de la esfera política, económica y social del país, y que a través de una gestión desconcentrada, descentralizada y participativa promueve el desarrollo sotenible en aras de mejorar la calidad de vida.

MARCO NORMATIVO INSTITUCIONAL

El 1° de abril de 1977, inicia sus actividades el Ministerio del Ambiente y de los Recursos

Naturales Renovables, para asumir las funciones inherentes a la protección, defensa y

mejoramiento del ambiente. Surge como una organización fundamental para el país a través de un

desarrollo ambiental armónico, equilibrado y sustentable, que garantice un continuo mejoramiento

de la calidad de vida a las generaciones presentes y futuras.

A los 31 años de sus existencia, el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente se

adecua a las exigencias de las políticas económicas y sociales del Estado Venezolano,

conformando una estructura organizacional capaz de dar cumplimiento a los postulados

establecidos en nuestra Constitución Bolivariana y las leyes.

El Gobierno Nacional toma la decisión de decretar la Organización y Funcionamiento de la

Administración Pública Nacional, en Decreto N° 5.103 del 28 de diciembre de 2006 y publicado en

Gaceta Extraordinaria 5.836 de fecha 08/01/2007; adicionar en el nombre del Ministerio lo

siguiente: “Poder Popular”, de manera tal que el nombre del Ministerio será en lo adelante,

Ministerio del Poder Popular para el Ambiente. Adicionalmente en el Capítulo IV quedó establecido

el número 16 para el Ministerio (artículo 5°); y el artículo 21 para sus competencias, a saber:

COMPETENCIAS

• La regulación, formulación y seguimiento de la política ambiental del Estado

Venezolano;

• La planificación, coordinación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional para

el fomento y mejoramiento de la calidad de vida, del ambiente y de los recursos naturales;

• El diseño e implantación de las políticas educativas ambientales;

• El ejercicio de la autoridad nacional de las aguas;

• La planificación y ordenación del territorio;

• La administración y gestión en cuencas hidrográficas;

• La conservación, defensa, manejo, restauración, aprovechamiento, uso racional y

sostenible de los recursos naturales y de la biodiversidad;

• El manejo y control de los recursos forestales;

• La generación y actualización de la cartografía y el catastro nacional;

• La evaluación, vigilancia y control de las actividades que se ejecuten, en todo el territorio

nacional, en especial en las áreas urbanas y marino- costeras, capaces de degradar el

ambiente;

• La administración de las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE) que le

correspondan;

• La operación, mantenimiento y saneamiento de las obras de aprovechamiento de los recursos

hídricos;

• La normativa técnica ambiental;

• La elaboración de estudios y proyectos ambientales;

• Las demás que le atribuyan las leyes y otros actos normativos.

Para el año 2007, el Ministerio continuó atendiendo la competencia del Estado Venezolano

como rector, planificador y administrador de las actividades de aprovechamiento, conservación,

defensa y mejoramiento del ambiente, para garantizar el uso racional de los recursos y contribuir al

mejoramiento de la calidad de vida del venezolano.

En el contexto de las diversas instancias que tienen competencia ambiental a nivel del

Poder Público Venezolano, el Ministerio es en esencia el ente ductor, rector y contralor de la

calidad ambiental y del aprovechamiento racional del patrimonio natural de la nación.

Es un ente DUCTOR en el sentido educativo y cultural, ya que su labor debe trascender

con esos propósitos a todos los estratos de la sociedad, para la formación y consolidación de una

conciencia ambiental y de una ética conservacionista.

Es un ente RECTOR, porque establece los lineamientos de la política ambiental, señalando

anticipadamente las posibilidades de uso de los recursos del ambiente, considerando la

información básica, la ordenación del territorio y la administración de los recursos como

instrumentos fundamentales, para asegurar la protección efectiva del medio natural y del entorno

social.

Se le concibe como un organismo CONTRALOR, en vista de sus atribuciones legales, las

cuales le confieren autoridad para controlar, vigilar, intervenir y fiscalizar procesos y actividades

económicas u otras que perturben y/o perjudiquen el ambiente y su entorno y/o que infrinjan el

ordenamiento jurídico establecido. Se trata de una importante e imprescindible función moderadora

y reguladora, la cual debe ejercer con firmeza, justicia y ponderación.

MISIÓN INSTITUCIONAL

Garantizar una mejor calidad de vida, mediante una gestión ambiental transversal, rectora,

ejecutora y normativa, del uso y conservación de los recursos naturales, promoviendo la

participación de la sociedad para lograr el desarrollo sostenible.

VISIÓN

Órgano de la Administración Pública Nacional, rector de la política ambiental, con altos

niveles de excelencia, plenamente integrado en las diversas instancias decisorias de la esfera

política, económica y social del país, y que a través de una gestión desconcentrada,

descentralizada y participativa promueve el desarrollo sostenible en aras de mejorar la calidad de

vida.

LÍNEAS DE ACCIÓN

OBJETIVO ESTRATÉGICO

El 8vo Objetivo Estratégico definido en la “NUEVA ETAPA” de la Revolución Bolivariana;

“Continuar instalando la nueva estructura territorial”, que tiene que ver con los ejes, con las zonas,

con los polos de desarrollo y con los núcleos de desarrollo endógeno, constituye el principal

lineamiento estratégico nacional que orientó la gestión del Ministerio durante el período 2002-2007.

POLÍTICA

Con esta visión estratégica de desarrollo territorial, las autoridades del Despacho

definieron, para el ejercicio 2007, la siguiente política :

“ Fomento, conservación, defensa, restauración y mejoramiento del ambiente, mediante el

manejo sustentable de los recursos naturales, la participación de la comunidad y la generación,

recolección y sistematización de la información básica requerida”.

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

DIRECCION DEL

DESPACHO

M I N I S T RA

OFICINA DE

COMUNICACION

INSTITUCIONAL

OFICINA DE

PLANIFICACION

Y PRESUPUESTO

DIRECCION

DE

PLANIFICACION

DIRECCION DE

PRESUPUESTO

DIRECCION DE

DESARROLLO

ORGANIZACIONAL

DIRECCION

DE

INFORMATICA

OFICINA DE

ADMINISTRACION

Y SERVICIOS

DIRECCION DE

BIENES Y

SERVICIOS

DIRECCION DE

RECURSOS

ADMINISTRATIVOS

DIRECCION DE

ESTUDIOS,

PROYECTOS

Y DICTAMENES

DIRECCION DE

ASUNTOS

INSTITUCIONALES Y

RECLAMACIONES

CONSULTORIA

JURIDICA

OFICINA DE

AUDITORIA

INTERNA

DIRECCION DE

CONTROL

TECNICO

DIRECCION DE

ACCIONES

FISCALES

DIRECCION DE

CONTROL

ADMINISTRATIVO

OFICINA DE

RECURSOS

HUMANOS

DIRECCION DE

ASISTENCIA Y

SEGURIDAD

SOCIAL DE

RECURSOS HUNMANOS

DIRECCION DE

ADMINISTRACION

DE RECURSOS

HUMANOS

DIRECCION DE

PLANIFICACION

Y DESARROLLO

DE RECURSOS

HUMANOS

DIRECCION DE

COOPERACION

TECNICA

DIRECCION DE

GESTION

INTERNACIONAL

OFICINA DE

GESTION Y

COOPERACION

INTERNACIONAL

DIRECCION DE

ORDENACION DEL

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