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PODERES DE LA UNION


Enviado por   •  18 de Diciembre de 2012  •  2.232 Palabras (9 Páginas)  •  670 Visitas

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LOS PODERES DE LA UNION.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, determina que la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo y se ejerce por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la Constitución federal y las particulares de los estados (artículos 39 y 41).

Los Poderes de la Unión, son los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial federales.

EL PODER EJECUTIVO.

El poder ejecutivo es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado (junto con la legislativa y la judicial) consistente en dictar y hacer cumplir las leyes que suele aprobar el gobierno o el propio jefe del Estado.

En la ciencia política y el derecho constitucional, el ejecutivo es la rama de gobierno responsable de la gestión diaria del Estado. En muchos países, se utiliza la palabra gobierno para referirse al poder ejecutivo, pero este uso puede resultar confuso en un contexto internacional.

Según la doctrina de la separación de poderes, redactar las leyes es tarea del poder legislativo, interpretarlas es tarea del poder judicial, y hacerlas cumplir es tarea del poder ejecutivo. En la práctica, sin embargo, esta separación no suele ser absoluta. El jefe de gobierno es la figura visible y de mayor peso del poder ejecutivo.

En un sistema presidencial,

el jefe de Gobierno (o Presidente) es también el jefe de Estado, mientras que en un sistema parlamentario es generalmente el líder del partido con mayor representación en el poder legislativo y es comúnmente llamado Primer Ministro.

Se distingue del poder legislativo, ejercido generalmente por el Parlamento, que promulga o revoca leyes, y del poder judicial, que interpreta, hace respetar o invalida las mismas. El poder ejecutivo concibe y ejecuta políticas generales de acuerdo con las cuales las leyes tienen que ser aplicadas, representa a la nación en sus relaciones diplomáticas, sostiene a las Fuerzas Armadas y en ocasiones aconseja con respecto a la legislación.

La teoría política de la división entre el ejecutivo y los demás poderes del Estado era conocida ya en las antiguas civilizaciones clásicas de Grecia y Roma, y fue aplicada con un alcance limitado en algunos gobiernos medievales.

El poder ejecutivo tiene como objetivo, por lo menos 5 funciones:

-nombrar embajadores y cónsules (con aprobación del senado)

-nombrar oficiales del ejército y armada.

-declarar la guerra en nombre del país.

-promulgar leyes.

-dirigir la política exterior.

-indultar reos.

En varias ocasiones hemos sostenido que el Poder Ejecutivo, en su correcta acepción de función pública y en cuanto que implica energía, dinámica o actividad, no está sometido a ninguna variación tempo-espacial en sí mismo considerado.

El poder ejecutivo recae

sobre un solo individuo, el Presidente de los Estados Unidos mexicanos, electo por mayoría relativa (sin segunda vuelta) para un período de 6 años, denominado sexenio, sin la posibilidad de reelección. No existe el puesto de vicepresidente; en caso de ausencia absoluta o incapacidad del presidente, el Congreso de la Unión, con un quórum de al menos dos tercios, se constituirá como Colegio Electoral y elegirá por mayoría absoluta, un presidente interino. Si la ausencia absoluta ocurre durante los primeros dos años del sexenio, el Congreso deberá convocar a elecciones en no menos de 14 y no más de 18 meses después de la toma de protesta del presidente interino. Si la ausencia absoluta del presidente ocurre durante los últimos cuatro años del sexenio, el presidente interino ejercerá sus funciones hasta terminar el sexenio del presidente en ausencia.

El presidente también nomina, con la aprobación del Senado, los miembros del gabinete así como otros funcionarios públicos (como los embajadores). El presidente es responsable de ejecutar y hacer valer la ley, y tiene la autoridad de sancionar o vetar las propuestas de ley.

EL PODER LEGISLATIVO

Su función es recibir los proyectos de leyes, y reglamentos y convertirlos en leyes y reglamentos listos para su obediencia y cumplimiento. Tendrá los departamentos de Jurimetría necesarios para buscar el equilibrio razonable que debe haber entre el Derecho Positivo y el Natural, tanto

como la sincronización operativa y lógica con el resto del Sistema Jurídico de la nación.

El Poder Legislativo se ejerce por un Congreso de Senadores de la República, compuesto a razón de un senador por cada provincia. No existirán diputados ni suplentes de los senadores.

La elección de Senadores se hará por voto directo, o por cibernética telefónica de alta seguridad a elección voluntaria del ciudadano; conforme a la administración que realice el Poder Electoral.

El cargo de Senador es incompatible con cualquier otra función o empleo de la administración pública.

Cuando ocurran vacantes de Senadores se escogerá el sustituto de la terna autorizada por el Poder Electoral que presentará el organismo superior del partido que lo postuló.

La terna deberá ser sometida dentro de los treinta días siguientes a su ocurrencia, transcurrido el plazo señalado sin que el organismo competente del partido hubiese sometido la terna, se hará libremente la elección por vía electrónica en la provincia correspondiente.

El Senado se compondrá de miembros elegidos a razón de uno por cada provincia y uno por el Distrito Nacional, cuyo ejercicio durará un período de seis años.

Para ser Senador se requiere ser nacional en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos, haber cumplido veinticinco años de edad y ser nativo de la circunscripción territorial que lo elija o haber residido en ella por lo menos dos años consecutivos.

Los naturalizados

también podrán ser elegidos Senadores; después de siete años de haber adquirido la nacionalidad, y siempre que hubieren residido dentro de la jurisdicción que los elija durante los cinco años que precedan a su elección.

Son atribuciones del Senado:

1.-Aprobar las leyes.

2.-Aprobar

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