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LA DIVISIÓN DE PODERES Y LOS PODERES DE LA UNIÓN DE MEXICO


Enviado por   •  28 de Febrero de 2016  •  Ensayos  •  1.260 Palabras (6 Páginas)  •  234 Visitas

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ENSAYO.

“LA DIVISIÓN DE PODERES Y LOS PODERES DE LA UNIÓN DE MÉXICO”

INTRODUCCIÓN.

La división de poderes en México es el resultado de los movimientos sociales que sufrió el país a través de los años, estos se dieron por la evolución en el pensamiento de nuestros ilustres revolucionaros, que vieron la injusticia con que actuaban los gobernantes en perjuicio de los ciudadanos.

El objetivo que buscaron nuestros antecesores fue evitar la concentración de poder que ejercían los gobernantes y afectaban los derechos de los individuos.

Todos los conceptos plasmados en la constitución, tomaron como base ideas delos pensamientos de Aristóteles, John Locke, Barón de Montesquieu y otros que influyeron con sus pensamientos en la historia y que beneficiaron nuestra Constitución, que es la base de las normas jurídicas de todas las leyes de México.

La separación o división de poderes tiene como función primordial la ordenación y distribución de las funciones del Estado, en la que cada institución es confiada a un titular el que ejerce sus actividades basado en los derechos fundamentales que rige la Constitución.

DESARROLLO

Las instituciones que ejercen el poder en México fueron creados con la finalidad de proteger al hombre de otros hombres, pero con los derechos para no ser afectados en su derecho a la vida, a su integridad, a la libertad y a su propiedad, pero vemos que la existencia de estos poderes no garantizan la defensa de los derechos de la persona, o sea que el hombre se encuentra protegido contra otros hombres, mas no contra el propio Estado.

El sustento de la división de poderes en México está plasmado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el Titulo Tercero como sigue:

De la división de Poderes.

Capítulo I, Articulo 49. El supremo poder de la federación se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

No podrá reunirse dos o más poderes en una sola persona o institución, o sea por ejemplo el Presidente de la Republica, representante del poder ejecutivo no puede mandar a dirigir ningún otro poder, porque la propia Constitución lo prohíbe.

Del Poder Legislativo.

Capitulo II, Artículos 50-79. Este capítulo contempla los conceptos siguientes:

El poder legislativo se dividirá en dos cámara una de diputados y otra de senadores, los diputados serán electos cada tres años, estará integrado por 300 diputados por votación de mayoría relativa y 200 de representación proporcional, ningún partido político podrá contar con más de 300 diputados por ambos principios, los diputados electos y ser ciudadanos mexicanos por nacimiento, no ser ministros de algún culto religioso.

La cámara de senadores estará integrado por 128 senadores elegidos por votación de mayoría relativa y 32 senadores elegidos por representación proporcional, se renovara cada seis años.

Todo proyecto de ley o decreta deberá ser aprobada por ambas Cámaras, las votaciones de ley o decreto, serán nominales.

Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados, entre otras las siguientes:

-Expedir el bando solemne para dar a conocer en toda la Republica la declaración de Presidente electo, ratificar los nombramientos que haga el Presidente, aprobar anualmente el presupuesto de Egresos e Ingresos de la Federación, Declarar si ha lugar o no a proceder penalmente contra los servidores públicos que hubieren incurrido en delitos previstos en la Constitución, revisar la cuneta publica del año anterior para evaluar los resultados de la gestión financiera y comprobar que se hayan ajustado a los criterios señalados en los Presupuestos.

Son facultades exclusivas del Senado, entre otras las siguientes:

-Analizar la política exterior del Ejecutivo Federal, aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que el ejecutivo federal suscriba, Ratificar los nombramientos de los Secretarios de Estado, erigirse en jurado de sentencia para resolver juicio político contra servidores públicos cuando causen perjuicio a los interés públicos, Designar a los ministros dela Suprema Corte de Justicia de la Nación propuestos en la terna que designe el presidente de la Republica.

Del Poder Ejecutivo.

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