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TEORÍA DE PESOS Y CONTRAPESOS


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2012  •  1.375 Palabras (6 Páginas)  •  3.690 Visitas

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Al tener México un sistema político presidencial, lleva implícito la separación de los poderes, el poner límites al poder, ha llevado a repartir las facultades del Estado, el no concentrarse el poder en el Presidente, y en razón de ello los pesos y contrapesos dentro del gobierno no solamente tienen que ver con la división de poderes, pues como los cita Ma. Amparo Casar los límites del poder tiene cuando menos tres fuentes:

1. Los contrapesos institucionales, señala que son los límites que un poder tiene derecho a imponer sobre otro, y derivan de la forma de gobierno de cada Estado, dicho poder se transmite o delega a órganos institucionales mismos que cuentan con una autonomía técnica jurídica y/o presupuestal, ello implica que se reducen las facultades del Poder Ejecutivo.

Tal es el caso de la autonomía otorgada al Banco de México, y con ella la pérdida de la facultad presidencial para definir la política monetaria, la del Instituto Federal Electoral que eliminó la participación del Ejecutivo en todas las etapas del Proceso electoral, y la de la Comisión Nacional de Derechos Humanos que a través de sus observaciones, recomendaciones o resoluciones, acotan el comportamiento del Ejecutivo.

En otras palabras, la creación de los órganos institucionales, ha sido con el propósito de limitar al Ejecutivo, a través de la delegación de ciertas facultades o la fiscalización o vigilancia de las mismas.

2. Los contrapesos políticos. Esta fuente deriva de la fuerza que genera las elecciones y la voluntad de los votantes, ya que dentro del sistema electoral mexicano difícilmente el partido del presidente puede reunir a la mayoría para aprobar una ley, entonces el poder ejecutivo enfrenta un contrapeso importante de parte de los partido políticos cuyos representantes se encuentran en conjunto de la estructura política de un país.

Asimismo, otro contrapeso del Ejecutivo es el de los gobernadores, puesto que el federalismo no sólo impone el reparto de facultades entre la federación si no también exige la colaboración de la representación local e los Estados.

También quiero señalar que a diferencia del Ejecutivo Federal, los ejecutivos locales siguen sujetos a muchos menos pesos y contrapesos y a un nivel mucho menor de rendición de cuentas en el ejercicio de sus facultades.

3. Contrapesos de carácter social. Este límite está conformado fundamentalmente por los monopolios públicos y privados, incluyendo los empresariales y sindicales, ya que a través de su posición política-económica, influyen para la determinación de aplicación y creación de nuevas reformas. Su poder económico las enviste para poder limitar la ley favoreciendo a sus intereses particulares.

De hecho, de ellos deriva buena parte de la ineficacia de nuestros gobernantes, Los poderes fácticos son tan responsables como los partidos y legisladores de haber impedido el paso a las reformas estructurales de las que tantas veces decimos depende el crecimiento del país. De ellos ha dependido también que no se avance más rápido con la competitividad, en el crecimiento, en el combate a la pobreza y a la distribución del ingreso.

Ahora bien, derivado de la separación de los poderes también es importante relucir que existen facultades exclusivas que realiza el Poder ejecutivo; sin embargo la Constitución Política de los Estados Unidos menciona algunas de las facultades extraordinarias que en casos de urgencia o fortuitos que pueden ejercer en apoyo alguna autoridad u órgano que conforma un poder distinto.

De forma que voy a señalar algunas de esas facultades extraordinarias:

El artículo 29 funciona "en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública o cualquiera otro que ponga a la sociedad en grande peligro o conflicto". Cuando se presenta cualquiera de los dos primeros casos especialmente señalados (invasión o perturbación grave de la paz pública), no puede caber duda de que se está en la hipótesis del art. 29; fuera de tales casos, queda a la discreción de los poderes ejecutivo y legislativo definir, con la competencia que a cada uno señala el precepto, si existe una situación "que ponga a la sociedad en grande peligro o conflicto". Supuesto el estado de necesidad previsto por el artículo 29, este precepto indica dos medios para hacer frente a la situación: la suspensión de garantías

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