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Concepto de derecho


Enviado por   •  24 de Agosto de 2014  •  Síntesis  •  2.314 Palabras (10 Páginas)  •  188 Visitas

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Concepto de derecho

La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad. Derecho es la recta ordenación de las relaciones sociales, mediante un sistema racional de normas de conducta declaradas obligatorias por la autoridad competente, por considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica.

Características del derecho

Las normas jurídicas que conforman la ciencia del Derecho presentan unas características que las diferencian de las demás normas u órdenes normativos, tales como las normas morales, las religiosas, los convencionalismos sociales; en ese sentido tales características fundamentales son las que se describen a continuación:

Bilateralidad: Por cuanto imponen derechos correlativos de facultades o conceden derechos correlativos de obligaciones.

Heteronomía: Se refiere a la sujeción a un querer ajeno.

Coercibilidad: Consiste en la posibilidad de que la norma sea cumplida en forma no espontánea, e incluso en contra de la voluntad del obligado.

Exterioridad: Regula o le interesa el acto o conducta externa de los individuos. Lo que se lleva a cabo; no importa si hay o no intención.

Concepto de norma

La Norma: constituye el primer elemento de definición de concepto del Derecho, que enuncian reglas de conducta o formas de comportamiento como las de conducta que prescriben un debe ser. Las normas en un sentido amplio, postulan deberes, por lo que no son de cumplimiento ineludible ( se habla dentro del mundo del debe ser); en sentido estricto es un principio de acción cuya observación constituye un deber para aquel a quien se dirige.

Clases de Normas

Normas Morales.­ son aquellas que buscan la realización de un bien por lo que se dirige a la conciencia de los individuos, ya que el obligado es el juez de su propia conciencia.

Normas Religiosas.­ son los preceptos dictados por Dios, a los hombres, su violación esta sancionada con el premio o castigo, en l vida eterna.

Normas de Trato Social.­ son las que imponen el decoro (Significa respecto, honor), el amor propio u otros sentimientos propios de un grupo social o de una etapa histórica su violación tiene como sanción el ridículo, es decir quedar mal con los demás, provocar risa y burla.

Normas Jurídicas.­ es una regla de conducta, que induce al hombre a un comportamiento determinado imponiendo deberes y confiriendo derechos entre dos o mas personas.

Características de las normas

• Autonomía.­ consiste en el cumplimiento de la norma es impuesta al destinatario por su propia conciencia.

• Interioridad.­ consiste en el cumplimiento de la norma efectuada con pleno convencimiento del sujeto sin importar el interés de los demás.

• Unilateralidad.­ es la ausencia de autorización a sujeto alguno para exigir al obligado el cumplimiento del mandato.

• Incoercible.­ no se puede imponer una voluntad ajena, sobre la voluntad del destinatario del mandato normativo.

• Heteronomía.­ el mandato es impuesto por un sujeto diferente al obligado.

• Exterioridad.­ lo que importa es el cumplimiento del mandato independientemente de la conciencia del individuo.

• Bilateralidad.­ frente a un obligado existe una persona facultada para exigir el cumplimiento de la conducta.

• Coercibilidad.­ consiste en hacer cumplir la norma aún en contra de la voluntad del sujeto obligado.

Concepto de ley

La Ley: Esta es la norma del derecho dictada, promulgada y sancionada por la autoridad publica, con o sin el consentimiento de los individuos y su finalidad es el encauzamiento de la actividad social hacia el bien común.

Características

Generalidad: La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase.

• Obligatoriedad: Tiene carácter imperativo­atributivo, es decir, que por una parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. Esto significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que obedece. La ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad de sus destinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sanción, a un castigo impuesto por ella misma.

• Permanencia: Se dictan con carácter indefinido, permanente, para un número indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su abrogación, subrogación y derogación por leyes posteriores.

• Abstracta e impersonal: Las leyes no se emiten para regular o resolver casos individuales, ni para personas o grupos determinados, su impersonalidad y abstracción las conducen a la generalidad.

• Se reputa conocida: Nadie puede invocar su desconocimiento o ignorancia para dejar de cumplirla.

• Rige hacia el futuro: Regula los hechos que ocurren a partir de su publicación irretroactiva.

Clases de leyes

Leyes Ordinarias: Son la regla general, es decir, que son todas aquellas que no tienen características ni trámites especiales.

Leyes Marco: No regulan en forma detallada sino general los asuntos respectivos dispuestos por el numeral 19 del artículo 150 de la C.N.; estos son:

• Organizar el crédito público.

• Regular el comercio exterior y señalar el régimen de cambios internacionales.

• Modificar los aranceles, tarifas y régimen de aduanas.

• Regular las actividades financieras, bursátiles y aseguradoras.

• Fijar el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos, congresistas y fuerzas armadas.

• Regular el régimen de prestaciones sociales mínimas de los trabajadores oficiales.

La filosofía que caracteriza las leyes marco consiste en la existencia de una ley que señala las reglas o principios generales de cierta materia y deja a la potestad del Presidente de la República la estructuración o normatización del asunto.

• Leyes de Intervención: Establecen límites a la libertad económica consagrada en la propia Constitución Política, en particular en relación con la utilización del suelo, los recursos naturales y la protección del patrimonio cultural.

• Leyes de Facultades Extraordinarias: Son leyes mediante las cuales se traslada al Presidente de la República

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