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LA GRAN CÁRCEL Y FABRICA. LOS ORIGENES DEL DERECHO PENITENCIARIO


Enviado por   •  21 de Febrero de 2018  •  Ensayos  •  723 Palabras (3 Páginas)  •  86 Visitas

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Cárcel y fábrica. Los orígenes del sistema penitenciario.

Derecho Penitenciario.

        La lectura se avoca a desentrañar la siguiente hipótesis: “Existe una relación entre el surgimiento del modo capitalista de producción y el origen de la Institución Carcelaria Moderna”, para ello, el autor nos advierte que es necesario estudiar el contexto previo a la creación de dicha institución carcelaria (feudalismo) y lo que ha precedido (crisis carcelaria).

        Para cumplir la primera de dichas advertencias el autor nos lleva a realizar un análisis de la importancia o el objeto de la pena en la sociedad feudal, señalando la hipótesis siguiente: “No hay pena carcelaria en la sociedad feudal”, en atención a que el objeto de la pena era lograr un equilibrio por el daño sufrido por la víctima, derivado de la conducta del delincuente.

        El autor es claro al referir que la pena medieval conservaba esta naturaleza de equivalencia incluso cuando el concepto de retribución no se conectaba directamente con el daño causado a la víctima, sino incluso con una ofensa hecha a Dios. En consecuencia la pena adquiere cada vez más el sentido de expiatio y por lo tanto la sanción penal no puede encontrar en la cárcel su propia ejecución, pues no era retribuíble ni equilibrado para nadie que una persona fuera privada de su libertad un determinado tiempo, pues eso no abonaba en nada al daño causado a la víctima.

        El equivalente al daño producido y la retribución por el mismo, se encontraba en la privación de los bienes socialmente considerados como valores.

        Si bien es cierto que en el derecho penal canónico se encontraba presente la cárcel, no menos cierto es que la misma era utilizada como una forma de lograr el arrepentimiento de las personas, pues se les permitía estar solos y analizar sus actos, sin dejar de lado que dicha pena era fundada en la gravedad de la culpa y no en la peligrosidad del reo.

        Asimismo transitamos por la segunda advertencia realizada por el autor, que consiste en observar la crisis de la institución carcelaria, previo a conocer su génesis y nos señala que las modificaciones al modo capitalista y la institución carcelaria que se han dado en su estructura han provocado cambios en las instituciones y en el complejo de los procesos de control social y de reproducción de la fuerza de trabajo.

        Aunado al hecho de que todo sistema de control se fundamenta en las relaciones de producción ya que la idea de retribución por equivalente encuentra en la pena carcelaria su máxima realización, en cuanto a la libertad impedida de trabajar, de producir, al saber el valor del tiempo en cada individuo.

        Considero que el gran logro (y no porque se trate de un logro positivo) del sistema capitalista fue encontrar el valor del tiempo de las personas, como factores de producción y de esa forma permitir, hasta cierto punto, que la pena consistente en la privación de su libertad tuviese la función equilibradora respecto del daño causado a la víctima, sin embargo lejos de reparar el daño regresamos a una venganza, si bien ya no privada, porque no es ejercida por el individuo sino por el estado, sin duda alguna perdimos de vista lo concerniente a la reparación del daño, objeto principal de la pena desde años inmemorables.

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