Derecho penitenciario
mariaramos89586Ensayo3 de Julio de 2023
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DERECHO PENITENCIARIO: CONTACTOS CON EL EXTERIOR, VISITAS Y COMUNICACIONES. INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES PRINCIPIOS Y GARANTIAS.
INDICE DE CONTENIDOS
- RESUMEN
- INTRODUCCIÓN
- OBJETIVOS
- METODOLOGÍA
- JUSTIFICACIÓN DEL TEMA
- LA CONFIGURACIÓN LEGAL DEL TRATAMIENTO PENITENCIARIO
- COMUNICACIONES Y VISITAS PREVISTAS EN EL ORDENAMIENTO ESPAÑOL.
- Comunicaciones orales
- Comunicaciones escritas
- Comunicaciones de carácter especial
- Comunicaciones telefónicas
- PRINCIPIOS QUE RIGEN LA COMUNICACIÓN
- EL PAPEL DE LA COMUNICACIÓN CON EL EXTERIOR PARA LA REINSERCIÓN SOCIAL DEL PRESO
- CONSIDERACIONES SOBRE EL MODELO DE COMUNICACIÓN PENITENCIARIO
- PROPUESTAS DE MEJORA
- CONCLUSIONES
- BIBLIOGRAFÍA
- ANEXOS
- RESUMEN
En el siguiente trabajo de investigación, analizaremos en profundidad la normativa existente en cuanto a derecho penitenciario en relación con la comunicación y los contactos con el exterior, más específicamente haciendo hincapié en la intervención de las comunicaciones con respecto a los principios de estas y sus garantías.
A lo largo de la investigación por tanto nos detendremos en cuestionar cuales son los principios que se llevan a cabo en este campo entendiendo que, en el caso de España, nos encontramos ante un sistema penitenciario de reeducación y reinserción social, es por ello por lo que dicha comunicación y contacto con el exterior va a suponer un elemento bastante importante para lograr los fines que se buscan y que están recogidos en nuestra Constitución.
Además de ello entender también que tipos de comunicación se pueden llevar a cabo, buscando en estas algunas deficiencias que puedan posteriormente ser mejoradas o valoradas para que resulten más efectivas. Centrándonos en la intervención que se lleva a cabo de este tipo de comunicaciones y cuales son por tanto sus principios y garantías que vienen recogidas en nuestra normativa.
Palabras clave: derecho penitenciario, comunicación, relaciones penitenciarias, visitas.
ABSTRAC
In the following research work, we will analyze in depth the existing regulations regarding penitentiary law in relation to communication and contacts with the outside, more specifically emphasizing the intervention of communications with respect to their principles and their guarantees.
Throughout the investigation, therefore, we will stop to question what are the principles that are carried out in this field, understanding that, in the case of Spain, we are facing a prison system of reeducation and social reintegration, which is why that said communication and contact with the outside is going to be a very important element to achieve the goals that are sought and that are included in our Constitution.
In addition to this, also understand what types of communication can be carried out, looking for some deficiencies in these that can later be improved or valued to make them more effective. Focusing on the intervention that is carried out in this type of communications and which are therefore its principles and guarantees that are included in our regulations.
Keywords: penitentiary law, communication, penitentiary relations, visits
INTRODUCCIÓN
Platear el objeto del trabajo, relevancia jurídica y metodología de estudio…
A lo largo del siguiente trabajo nos vamos a centrar en el estudio de cómo son realmente las relaciones y contactos con el exterior, así como las visitas y comunicaciones, abordando cuales son las condiciones en que tienen lugar las distintas relaciones que los sujetos internos en centros penitenciarios mantienen con el exterior y también el modo en que este tipo de relaciones finalmente repercuten en la finalidad que busca la imposición de una pena de prisión, principalmente la reeducación y reinserción en la sociedad tal y como indica el articulo 25.2. de la Constitución Española.
Tal y como se recoge en la legislación española, la pena de prisión supone la “privación de la libertad ambulatoria del sujeto responsable de un delito por el tiempo que dure la condena. Durante la ejecución de la misma y hasta que la libertad condicional le pueda ser concedida, el contacto que el interno mantiene con el mundo exterior está sujeto a lo que dicta la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria (en adelante LOGP), así como el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario y la Instrucción 4/2005, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, de actualización de la instrucción 24/96, de 16 de diciembre sobre comunicaciones y visitas, entre otros textos legales”.
Sin duda el aspecto de las comunicaciones con el exterior tiene un fundamento de importante relevancia, además de comprender en este mismo sentido cual es el contexto a nivel social y familiar al que el interno se va a reincorporar una vez haya terminado su pena en prisión, estudiando estos fenómenos y comprobando además cual es la legislación en estos aspectos podemos realmente entender si se trata de un sistema realmente eficaz o si por el contrario presenta importantes lagunas normativas que pueden ocasionar importantes incongruencias en la materia.
Para ello a lo largo de este trabajo nos vamos a centrar principalmente en analizar la regulación que está prevista en el ordenamiento jurídico español sobre cómo deben realizarse las visitas y las comunicaciones para realmente cuestionarse que se entiende por reinserción social como un derecho fundamental y si estas relaciones y comunicaciones con el exterior van a tomar un papel importante en este aspecto.
La regulación en torno a las comunicaciones y las visitas que se llevan a cabo en prisión está entendida desde diferentes puntos de vista legales.
La LOGP reconoce la “posibilidad de comunicar de los internos en sus artículos 51 al 53”, recogiendo además una serie de previsiones a modo general sobre cómo deben llevarse a cabo dichas comunicaciones y visitas en prisión.
Tanto es así que en el mencionado artículo 51 de la LOGP se indica lo siguiente:
“Los internos estarán autorizados para comunicar periódicamente, de forma oral y escrita, en su propia lengua, con sus familiares, amigos…[…] estas comunicaciones se celebrarán de manera que se respete al máximo la intimidad y no tendrán más restricciones, en cuanto a las personas y al modo, que las impuestas por razones de seguridad, de interés de tratamiento y del buen orden del establecimiento”.
Como ya iremos desgranando a lo largo del trabajo y la investigación, el tema de las comunicaciones en el ámbito del derecho penitenciario tiene muchas veces una mayor relación con el derecho a la información. Otros artículos para destacar y que se desarrollarán más a lo largo serían del 41 al 19 del RP junto a la Instrucción 4/2005, que supone la “actualización de la Instrucción 24/96 de 16 de diciembre sobre comunicaciones y visitas”, así como la “Instrucción 3/2010, de protocolo de actuación en materia de seguridad” el cual viene a indicar las previsiones que están de forma directa relacionadas con las comunicaciones y las visitas que se llevan a cabo en prisión.
- Objetivos
El objetivo de este trabajo es comprender la legislación en torno al derecho penitenciario sobre el régimen de comunicaciones y visitas de aquellos presos que están cumpliendo condena y entender si realmente este tipo de comunicaciones vienen a ser un pilar o aspecto fundamental a la hora de que se lleve a cabo el proceso de reinserción social que se pretende. Poder comprender realmente como se llevan a cabo este tipo de comunicaciones nos va a servir además para entender cómo funciona este tipo de derecho penitenciario y entender si es realmente eficiente o si por el contrario presenta alguna problemática que pueda ser motivo importante para no lograr los cometidos del proceso de reinserción.
Como objetivos secundarios podemos destacar sin duda que llevar a cabo un trabajo de investigación como este es de gran utilidad para poner en práctica los conocimientos que se han ido adquiriendo a lo largo de los estudios cursados y entender de un modo más práctico profundizando en un tema y ámbito que despierta una gran curiosidad y que, aunque quizás no pueda parecer un tema de relevante actualidad no deja de ser un tema que se trata a diario en las prisiones de todo el país y que sin duda nos sirve para poner el foco en otros puntos de vista sobre la materia.
En definitiva, acotar también este trabajo al tema de las comunicaciones responde a la intención de comprender, como hemos indicado con anterioridad, si este tipo de contacto afecta finalmente a el proceso de recuperación de la vida de los presos y su reinserción en la sociedad.
- Metodología
Para llevar a cabo el siguiente trabajo y proceso de investigación se ha procedido principalmente a realizar una revisión de bibliografía y diferentes fuentes para comprender de una forma completa como es toda la legislación y normativa en derecho.
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