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LA PRAXIS JUDICIAL SEGÚN CARL SCHMITT


Enviado por   •  25 de Agosto de 2022  •  Ensayos  •  841 Palabras (4 Páginas)  •  43 Visitas

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LA PRAXIS JUDICIAL SEGÚN CARL SCHMITT

Carl Schmitt es uno de los pensadores políticos, jurídicos y filósofos  más importantes del siglo XX, en su texto “Ley y juicio” nos ofrece ciertos elementos que son de utilidad para la elaboración de un criterio legitimador de la decisión jurídica, donde se cuestiona cuando una decisión que emana de la praxis judicial es correcta.

Lo primero que tenemos que tener en consideración es que es la praxis judicial, lo que podríamos entender a grandes rasgos como un acto de decisión jurídica propia del juez y a su vez como un acto de interpretación.  Y es la propia praxis a quien corresponde decidir cuándo una decisión es correcta.

Es necesario tener cierto grado de rectitud de la decisión jurídica, y Schmitt  lo hace desde una perspectiva que reconoce que las leyes han de ser reconfiguradas de acuerdo a los casos que hacen necesario acudir a ellas. Así, Schmitt asevera que “no debe buscarse una respuesta absoluta e intemporal a la cuestión de la rectitud de una decisión, que, por ejemplo, se deduzca de la «idea» de la decisión judicial; esto además no tendría tampoco ningún valor práctico. El método de la aplicación del derecho debe descubrir la idea rectora de la praxis actual, y utilizarla de manera que sirva a modo de una suerte de autorreflexión sobre sus fines y medios. Que la praxis se haga consciente de su sentido supone un progreso científico”

El autor separa los criterios necesarios para una correcta interpretación de la ley (corrección interpretativa) y los criterios necesarios para una correcta decisión judicial (corrección de una sentencia). Asimismo, afirma que la praxis judicial y su corrección no se pueden explicar por referencia a la ley positiva, ni siquiera a la existencia de normas supra-positivas que trasciendan el derecho positivo (principios generales del derecho).

La teoría que afirma que una sentencia judicial será correcta cuando se basa en lo prescrito por la ley queda limitada a todos aquellos casos donde precisamente la ley no es suficiente para resolver el caso, o bien, cuando existen dudas respecto de qué cuerpo normativo aplicar, ausencia de normas, etc. Para Carl Schmitt, la expresión “legalidad” de una sentencia esconde una serie de presupuestos indemostrables, presunciones y ficciones que tienen el valor práctico de posibilitar una administración de justicia que se corresponda mejor con las exigencias del tráfico jurídico, pero que no reflejan un criterio objetivo, de forma que la “voluntad de la ley” no es nada más que una ficción que consiste en interpretar nuestra construcción y su resultado como la verdadera voluntad de la ley. Por ello es necesario buscar un criterio de rectitud específico de la praxis judicial que no sea el de la “legalidad”, un criterio que sólo puede deducirse de una reflexión sobre la praxis judicial misma con criterios normativos.

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