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La Promesa Como Condición Necesaria Para La Existencia De La Sociedad.


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2012  •  2.373 Palabras (10 Páginas)  •  622 Visitas

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Sebastián Alejandro Senegal Castro Cod. 04433035

La promesa y su obligatoriedad.

A lo largo del Tratado de la naturaleza humana Hume, tal como el titulo lo dice, se propone una empresa nada sencilla: explicar la naturaleza humana. Esta pretensión, propia del espíritu de la filosofía de su época, ávida de encontrar verdades, le lleva a concebir toda una teoría sobre la auténtica naturaleza humana, y ésta, a su vez, debe estar ligada con el cómo vivir, pues la pregunta por la naturaleza nos lleva a cómo vivir según la naturaleza misma, lo que permite a Hume crear no sólo una teoría de la naturaleza humana, sino usar esta en pro de desarrollar una moral, a saber, basada en el sentimiento. Así pues, la moral humeana está enormemente ligada con su idea de naturaleza correspondiente a las pasiones.

Pero, ¿qué hace Hume teniendo ya la base de su teoría, a saber, la claridad en la idea de naturaleza y moral? ¿Qué le queda por clarificar? Hume considera natural la idea de querer vivir en sociedad, pues el hombre teme a la soledad por su carácter introspectivo. Ahora bien, si se ha hecho claridad en qué es naturaleza y cómo se fundamenta la moral, el paso a dar es explicar qué hacer con estas definiciones y cómo pueden ellas aportar a la pretensión original: ¿cómo vivir? Y es en este punto donde la sociedad juega un papel determinante, pues ella es el ámbito donde se vive, y por ende, hay que hacer claridad respecto de ella. Y aquí es donde el punto se torna interesante, pues Hume señala como tres las leyes que permiten el establecimiento de la sociedad: la estabilidad de la posesión, la de su transferencia por consentimiento y la del cumplimiento de las promesas.

Mi exposición sobre lo anterior queda confirmada gracias a este corto pasaje del Libro III, Parte II de la Sección VI: “La paz y la seguridad y al seguridad de la sociedad humana dependen enteramente de la observancia estricta de estas tres leyes; allí donde no sean obedecidas será imposible establecer un buen sistema de relaciones entre hombres. La sociedad es algo absolutamente necesario para el bienestar de la humanidad, y estas son leyes igual de necesarias para el sostenimiento de la sociedad. Sea cual sea la restricción que puedan imponer a las pasiones de los hombres, son el resultado genuino de estas pasiones y constituyen tan solo la forma más elaborada y refinada de satisfacerlas.” Ahora bien, ahondar en las tres leyes sería un trabajo extenso más allá de este limitado ensayo, por lo que procuraré enunciar y explicar con claridad la tercera ley: la del cumplimiento de las promesas.

“[…] un hombre que no conozca la vida en sociedad no podría concretar jamás compromisos con otra persona, aun cuando ambos pudieran conocer intuitivamente los pensamientos del otro”. Ésta cita nos permite ver que Hume considera que la promesa solo puede surgir por convención humana y no de forma natural. En este sentido, la promesa resulta siendo algo totalmente artificial y que surge como columna para el sostenimiento de la sociedad, pues sin ésta la promesa no podría existir. Sin embargo, aquí se presenta un problema respecto de la sociedad, pues no se hace claridad sobre si ésta es natural o artificial. Lo que Hume nos dice es que el querer asociarse (es decir, el querer vivir en y formar sociedad) es algo enteramente natural en el hombre, pero la sociedad ya establecida se mantiene en pie gracias a las artificialidades que el hombre crea para que esta misma se mantenga, algunas de estas artificialidades son, por ejemplo, las instituciones que rigen la sociedad (Estado, policía, cortes, etc.) y otra, para ser específico, la promesa misma.

La promesa, tal como pretende probar Hume, no es natural ni inteligible. Para que fuera natural e inteligible, debería haber un acto mental que acompañe a la promesa y del cual dependerá la obligatoriedad de ella. En el examen de dicho acto mental se ve que no pueden ser ni la resolución de realizar una cosa, ya que por sí solo no nos impone obligación alguna; ni el deseo de realizar tal cosa, ya que se pueden adquirir obligaciones sin tener deseo alguno de adquirirlas -incluso se puede adquirir una con un sentimiento de aversión manifiesta-; ni una volición de la acción que se promete realizar, ya que la promesa siempre se refiere a un tiempo futuro y la voluntad solo tiene influencia alguna sobre las acciones presentes. Al no ser ninguno de estos el acto mental que da la obligatoriedad a la promesa, tendrá que ser, necesariamente, en la volición de la obligatoriedad misma que se da en la promesa.

Hume ya ha aclarado en secciones anteriores del libro que toda la moralidad depende de los sentimientos. Cuando hay un sentimiento de agrado por una acción decimos que es virtuosa, y cuando su no realización nos desagrada nos hallamos en la obligación de realizarla. Cualquier cambio en la obligación es un cambio en el sentimiento, de igual que con la creación de una obligación se daría una creación de un nuevo sentimiento. Pero, claro está que no podemos cambiar naturalmente nuestros sentimientos, ni siquiera por un acto de nuestra voluntad, como una promesa. Con esto queda de manifiesto que una promesa es un acto totalmente ininteligible naturalmente.

Entonces ¿cómo se hace inteligible la promesa? Una acción no puede ser exigida como un deber si no se presenta en la naturaleza humana un sentimiento capaz de producir dicha acción, por lo que Hume señala que la naturaleza humana también responde a un cierto deber. El sentimiento o motivo que puede producir la acción no será el sentido del deber. El deber supone por sí una obligación que lo precede; y si dicha acción no es exigida por una pasión, que es algo enteramente natural, no se puede exigir un sentido del deber. Como no tenemos un motivo distinto al sentido del deber que nos lleve a cumplir las promesas, como sí lo tienen las virtudes naturales, es claro que una promesa no tiene fuerza por sí sola antes del establecimiento de ella como una convención; incluso, si existiese un acto del espíritu que le perteneciese no podría producir naturalmente la obligación. Crear una nueva obligación sería crear un nuevo sentimiento; pero la voluntad no puede crear sentimientos pues es la voluntad misma la que se ve guiada por los sentimientos para realizar la acción. Por esto, también se deja ver el hecho de que no puede surgir naturalmente una obligación de una promesa. Por lo que la fuerza de la promesa, su inteligibilidad y su obligatoriedad residen en la artificialidad misma de la sociedad.

Hasta ahora hemos visto que la promesa es artificial y necesaria para la vida de la sociedad, y también por qué no es ésta inteligible naturalmente sino que sólo lo es por medio del establecimiento de las convenciones

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