Normatividad Y Racionalidad
alegreta24 de Agosto de 2013
2.850 Palabras (12 Páginas)363 Visitas
Normatividad y Racionalidad
Ana Testa
Quizás uno de los problemas centrales de la filosofía de la mente contemporánea sea cómo el pensamiento puede ser acomodado dentro de una imagen naturalista del mundo. La dimensión normativa del pensamiento hace ineludible la tarea de intentar dar cuenta de en que consiste tal dimensión y cómo puede ser articulada en dicha imagen sin asumir una perspectiva inalcanzablemente reduccionista. Es precisamente el reconocimiento de esta dimensión normativa del pensamiento y el rechazo de la idea que podemos dar cuenta de ella desde una visión cartesiana del mundo , lo que ha llevado a filósofos como Donald Davidson a proponer la idea de que no es posible construir una visión del mundo fuera del contexto de la comunicación intersubjetiva. El abandono de dicha visión no significa, para Davidson, la desaparición de los problemas a los que ella condujo sino mas bien una redefinición de los mismos en términos de una indagación acerca de la naturaleza de nuestra racionalidad.
En el trabajo “La normatividad de lo mental”, Karina Pedace emprende la compleja tarea de elucidar la noción de normatividad implicada en la compresión davidsoniana de lo mental. Para ello elige como estrategia deslindar tipos y sentidos de normatividad para precisar su aplicación en la concepción que Davidson tiene de lo mental.
Tal como lo señala Pedace esta empresa es ineludible para quien busque comprender dos tesis centrales de la filosofía de Donald Davidson: el carácter irreductible que su Monismo Anómalo otorga a lo mental y la dependencia conceptual del pensamiento respecto del lenguaje.
En primer término, “La normatividad de lo mental” reconstruye los argumentos implicados en ambas tesis:
Monismo Anómalo:
i) Dos ámbitos cuyos principios constitutivos difieran radicalmente no pueden estar conectados mediante leyes.
ii) Lo mental y lo físico son ámbitos cuyos principios constitutivos difieren radicalmente: en el primero rige el principio de racionalidad, ausente en el segundo.
iii) Por tanto, no hay leyes psicofísicas porque “los predicados mentales y físicos no están hechos el uno para el otro.
Tesis de la dependencia pensamiento y lenguaje:
(1) Para tener una creencia es necesario tener el concepto de creencia.
(2) Para tener el concepto de creencia, hay que tener lenguaje.
(3) No hay pensamiento sin lenguaje.
Luego de una detallada y clara exposición de los aspectos centrales de la filosofía de Davidson que sostienen las premisas de ambos argumentos, el trabajo se aboca a indagar que concepto de normatividad que se halla involucrado en ambos argumentos.
Acuerdo con Pedace que en ambos argumentos la noción de normatividad ocupa un lugar central y que por ello es necesario aclarar qué sentidos de normatividad están presentes en dichos argumentos. Acuerdo también con la idea de que el tipo de normatividad presente a ambos argumentos es una normatividad deontica. También acuerdo con que esa normatividad, debe ser entendida en términos de reglas constitutivas que no solo regulan sino que también crean o definen nuevas formas de conducta.
Lo que quisiera evaluar aquí es la idea de Pedace de que, así interpretada, “la posición de Davidson parece adolecer de una laguna conceptual en tanto resulta insuficiente para dar cuenta del giro normativo propio de lo mental” (p.8). Particularmente me interesa repensar la siguiente afirmación: “dado que también en el ámbito físico encontramos principios constitutivos que regulan el ámbito de aplicación de conceptos como peso, longitud, a menos que Davidson logre una elucidación adecuada de en qué consiste el “giro esencial” que fundaría la “diferencia radical” entre los dos ámbitos su argumentación a favor del anomalismo resulta insatisfactoria” (p. 8).
El interrogante que parece estar tras estas afirmaciones es el siguiente: ¿si en los en los ámbito mental y físico se hacen juicios para cuya aplicación existen criterios de corrección, entonces, cual es la diferencia entre esos ámbitos? Esto seria equivalente a preguntar, dado que en muchos juegos existen reglas, entonces ¿cual es la diferencia entre los juegos? Y la respuesta es precisamente el tipo de reglas. Las diferencias entre ámbitos no radican en el hecho de que los conceptos se apliquen -al hacer juicios- atendiendo a criterios de corrección, sino con el tipo de conceptos (ya se consideren propiedades o predicados) o de juicios que en cada caso se hagan. Y las diferencias entre juicios -que incluyen conceptos- están en los criterios para su aplicación. Las cosas cuyo comportamiento se explican en base a predicados físicos son físicas y las que se explican o comprenden en base a conceptos mentales son mentales, o dicho de otra manera, cuando se dan las condiciones para hacer enunciados que emplean predicados físicos se está en el ámbito la física.
A mi criterio parte de la preocupación se genera a partir de la comprensión que Pedace tiene acerca de Monismo de Donald Davidson. A su juicio Davidson asume “un compromiso ontológico con eventos “desnudos”, es decir, con eventos que sólo conforme a descripciones alternativas serán mentales o físicos” (p. 7). Encuentro ciertas dificultades con esta comprensión. En “Sucesos Mentales” Davidson dice:
El monismo anómalo se parece al materialismo en su afirmación de que todos los sucesos son físicos, pero rechaza la tesis, considerada generalmente esencial al materialismo, de que los fenómenos mentales admiten explicaciones exclusivamente físicas. El monismo anómalo muestra un sesgo ontológico solo en tanto admite la posibilidad de que no todos los sucesos sean mentales, mientras que insiste en que todos los sucesos son físicos. (1980, p. 271)
Pero más allá de esta afirmación, surge el siguiente interrogante ¿es posible identificar un evento más allá de su descripción? O mejor ¿como sabríamos que estamos hablando de un evento si no es a través de su descripción? El hecho que los conceptos y los juicios que usamos para referirnos a lo físico y a lo mental impliquen criterios de corrección muestra que son ámbitos conceptuales y por lo tanto están regidos por criterios normativos.
La diferencia no radica en esto, sino más bien en que esos mismos ámbitos conceptuales están a su vez regidos por principios constitutivos diferentes y que en vistas de esto dan lugar a modos de comprensión diferentes.
La Racionalidad como ideal constitutivo
¿Cuál es la peculiaridad normativa que a criterio de Davidson caracteriza el ideal constitutivo de racionalidad frente a los principios constitutivos que rigen el ámbito de lo físico?
Comparto con Pedace que en la aplicación tanto de los conceptos físicos como de los mentales existen criterios de aplicación o como se señala en el trabajo, “así como la atribución de una actitud proposicional a alguien en un momento dado está constreñida por otras asignaciones de actitudes que mantengan consistencia, la asignación de una medida de longitud a un objeto particular debe respetar, por ejemplo, la ley de transitividad involucrada en la relación “más largo que” y, de este modo, está también constreñida por otras asignaciones de medida”. Esto es, así como nos es imposible inteligiblemente asignar longitud a cualquier objeto a menos que una teoría se sostenga con respecto a los objetos de tal tipo, tampoco nos es posible atribuir ninguna actitud proposicional a un agente si no es en el marco de una teoría que tenga en cuenta sus creencias, deseos e intenciones. Pero la búsqueda de tal consistencia no es una cuestión de elección, es algo inevitable si queremos estar en posición señalar el error o irracionalidad.
Este límite, como bien señala Davidson, no lo pone la naturaleza sino nosotros cuando decidimos ver a los hombres como agentes racionales con metas y propósitos y como seres sujetos a evaluación moral.
La idea que, como bien señala Pedace, subyace a este argumento es que la posesión de actitudes proposicionales está gobernada por contriciones normativas “de coherencia, racionalidad y consistencia” en la determinación de las actitudes de un agente y estas limitaciones de racionalidad no pueden ser establecidas en un vocabulario puramente físico “no tienen eco en la teoría física”. Esto significa que ninguna caracterización puramente física de un agente no importa cuan compleja y compresiva sea, permitirá una caracterización de lo que seria racional que él crea, desee o haga en ciertas circunstancias. Y esto es suficiente para mostrar que no puede haber leyes estrictas relacionando lo mental con lo físico y al mismo tiempo
...